19. ALDIZKARIA - 2008ko otsailaren 11

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

Juzgado de lo Social número Uno de Pamplona

Cédula de notificación

Doña Rosa María Valencia Ederra Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Uno de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento 536/2007 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Vicente Anibal Carrión Oña y Vicente Mauricio Carrión Ortega contra la empresa Saldoco Promociones y Construcciones, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Cantidad, se ha dictado Sentencia de fecha 9-1-08 en cuya parte dispositiva aparece lo siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por Vicente Anibal Carrion Oña y Vicente Mauricio Carrion Ortega frente a la empresa Saldoco Promociones y Construcciones, S.L., debo condenar y condeno a la demandada a a abonar Vicente Anibal Carrion Oña la cantidad de 7.875 euros y a Vicente Mauricio Carrion Ortega la cantidad de 5.257 euros, mas, en ambos casos, el interés del 10% de recargo de mora. Y al FOGASA a estar y pasar por esta resolucion.

Contra esta sentencia cabe recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en el momento de la notificación pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, Cuenta: 0030 8025 0000 0000 0000 procedimiento 3158 0000 65 0536 07 en Banesto sito en la calle Cortes de Navarra, número 5 de Pamplona, y justificante de haber ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo Banco y Cuenta, esta vez con número 3158 0000 69 0536 07, la cantidad objeto de condena.

Esta última cantidad, podrá ser substituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia, Letrado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá que proceder al nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de justicia gratuita, el cual ostentará también la cualidad de representante a menos que él hubiese hecho designación expresa de éste último.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Saldoco Promociones y Construcciones, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 22 de enero de 2008.-La Secretaria Judicial, Rosa Mária Valencia Ederra.

Iragarkiaren kodea: J0801443