26. ALDIZKARIA - 2007ko otsailaren 28a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

Juzgado de Primera Instancia número Seis de Pamplona

EDICTO

En Pamplona a 1 de febrero de 2007.

Don Jose Alonso Ramos, Secretario del Juzgado de Primera Instancia número Seis de Pamplona.

Hago saber: Que en este Juzgado de Primera Instancia número Seis de Pamplona, se tramita procedimiento de Juicio ordinario con el número 824/2006 instados por la procuradora señora Uxua Arbizu Rezusta, actuando en nombre y representación de doña Ana Belen Sanz Pascual frente a don Santiago García Martín en ignorado paradero, en cuyos autos se ha dictado resolución que contiene entre otros el particular del tenor literal siguiente:

Sentencia número 14 / 07.

En Pamplona , a 30 de enero de 2007.

Vistos por el ilustrísimo don Fernando Poncela Garcia, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Seis de Pamplona y su partido, los presentes autos de Juicio ordinario número 824/2006 seguidos ante este Juzgado, a instancia de Ana Belen Sanz Pascual representada por la procuradora doña Uxua Arbizu Rezusta y asistida por la letrada doña María Isabel Urzainqui Zozaya, contra Santiago Garcia Martin.

Fallo: Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la procuradora señora Arbizu en nombre y representación de Ana Belén Sanz Pascual, frente a Santiago García Martín, en el sentido de declarar el derecho de la actora a ser reembolsada de la cantidad de 5.980,19 euros en pago de la cantidad abonada por ella en beneficio del demandado, dimanante de la obligación solidaria asumida por ambos y satisfecha exclusivamente por la actora a Caja Navarra y de condenar al demandado a que abone a la actora la suma de 5.980,19 euros, mas los intereses legales generados por dicha suma desde la fecha de interposición de la demanda y al abono de las costas procesales.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Navarra, en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así, por ésta mi sentencia de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Santiago García Martín en ignorado paradero, expido y firmo el presente.

Pamplona, 2007ko otsailaren 1a
El Secretario Judicial, José Alonso Ramos.

Iragarkiaren kodea: J0702232