26. ALDIZKARIA - 2007ko otsailaren 28a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

Juzgado de Primera Instancia número Tres de Pamplona (Juzgado de Familia)

EDICTO

Doña Margarita Pérez-Salazar Resano, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Pamplona (Familia).

Hago saber: Que en este Juzgado de Primera Instancia número Tres de Pamplona se tramita procedimiento de modificación medidas definitivas contencioso con el número 0001103/2005 instados por la Procuradora señora Inmaculada Marcos Lazcano, actuando en nombre y representación de doña Jolanta Sitko frente a don Cezary Sitko en ignorado paradero, en cuyos autos se ha dictado resolución que contiene entre otros el particular del tenor literal siguiente:

Estimando la demanda interpuesta por la Procuradora señora Marcos, en nombre y representación de doña Jolanta Sitko, frente a don Cezari Sitko, en situación procesal de rebeldía, debo modificar y modifico el régimen de visitas entre, doña Jolanta Sitko y su hijo Santiago, concretándose a partir de esta sentencia en el siguiente:

La madre estará con su hijo de lunes a viernes de 18,00 a 20,00 horas y el sábado de 10 a 12 y de 18,00 a 20,00 horas pernoctando el niño con el padre.

No procede hacer expresa imposición de costas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ya que, si bien la expresa remisión que el artículo 775 de la LEC hace al artículo 771 parece excluir la posibilidad de recurso _al acoger el procedimiento de medidas previas par éste de modificación de medidas_, ha de entenderse que tal remisión lo es al trámite de las medidas previas pero no a aquellas características propias de las referidas medidas previas _como lo son la ausencia de recurso y la vigencia de treinta días_, y por tanto ha de realizarse una interpretación correctiva del precepto y entender que esta sentencia no tiene vigencia de los treinta días y que contra la misma cabe recurso de apelación, que se presentará ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación (artículo 457.2 LECn).

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Cezary Sitko en ignorado paradero, expido y firmo el presente por duplicado, con el fin de que su publicación se realice en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y el tablón de anuncios de este Juzgado.

Pamplona, 2007ko otsailaren 12a
La Magistrada Juez, Margarita Pérez-Salazar Resano
La Secretaria, Elena Gutiérrez Serrano.

Iragarkiaren kodea: J0702750