15. ALDIZKARIA - 2006ko otsailaren 3a

VIII. IRAGARKIAK

8.1. BESTELAKO IRAGARKI OFIZIALAK

PAMPLONA

Requerimiento edificio número 47/49/51 de la calle Descalzos de Pamplona

El Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 4 de enero de dos mil seis, adoptó la siguiente resolución:

"Visto el informe emitido con fecha 1 de diciembre de 2005 por los Servicios Técnicos Municipales de la Oficina de Rehabilitación de Viviendas, sobre la visita de inspección al edificio número 47/49/51 de la calle Descalzos de Pamplona efectuada el día 17 de noviembre de 2005, mediante el que se ha comprobado que presenta los siguientes desperfectos:

_Elementos constructivos sueltos (teja, mortero de agarre y alguna pieza de ladrillo) en borde de hastial de tejado que recae sobre la terraza-azotea del edificio de calle Descalzos número 53.

_Regular estado y aparente deterioro de vigueta de borde de madera en ese punto.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en el artículo 19 de la Ley 6/98 de 13 de abril sobre Régimen de Suelo y Valoraciones, he resuelto:

1._Ordenar a los propietarios del edificio número 47/49/51 de la calle Descalzos que procedan en el plazo de cuarenta y cinco días a la ejecución de las siguientes obras:

_Repaso, fijación o eliminación de elementos sueltos en el citado borde que garantice la no caída sobre la terraza.

_Cierre de ladrillo en oquedad existente en hastial eliminando posibilidad de entrada y salida de palomas.

_Revisión de vigueta de madera de borde, planteando en su caso su apuntalamiento, refuerzo o sustitución.

Antes del inicio de las obras deberán presentar documento que las defina y justificante de contratación del Director de obra.

2._Apercibir a los propietarios del citado inmueble que, de no efectuar las obras requeridas en el punto anterior en el plazo establecido, podrá el Excelentísimo Ayuntamiento actuar en ejecución sustitutoria a partir del día siguiente en que venza el plazo, girándose en este caso las tasas correspondientes, por importe equivalente al 132% de los gastos que se originen, o iniciar la imposición de multas coercitivas por lapsos mensuales.

Según lo previsto en el artículo 10.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios que se opongan o demoren la ejecución de las órdenes dictadas, responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse.

3._Apercibir igualmente a los propietarios, que la inejecución de las obras requeridas en el plazo indicado, supondrá además la incoación de expediente sancionador, como presuntos responsables de una falta leve tipificada en el artículo 211.5 de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sancionada con multa de de 300,00 a 6.000,00 euros.

4._Indicar a los propietarios que estas obras de reparación son parte de las necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio descrito al vigente Decreto Foral sobre financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda.

Para la ejecución de estas obras podrán acogerse a las ayudas de rehabilitación, siempre que se ejecuten junto con aquéllas necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio, a cuyo efecto pueden informarse en la Oficina Municipal de Rehabilitación de Viviendas, sita en la calle Eslava número 1."

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

_Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

_Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

_Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 y 59.5 apartado a) de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, 2006ko urtarrilaren 19a
La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.

Iragarkiaren kodea: L0601069