12. ALDIZKARIA - 2006ko urtarrilaren 27a

VIII. IRAGARKIAK

DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACION

Edictos de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2, y 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de la resolución del expediente sancionador número STSA05182-SA, por la que se incoa expediente sancionador a Francisco Antimasveres Campos, por infracción de la Ley Foral de Sanidad Animal, se procede por el presente a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo.

"RESOLUCION 1656/2005, de 4 de noviembre, del Director General de Agricultura y Ganadería.

A la vista de la denuncia formulada por la Guardia Civil, equipo del Seprona de Pamplona, con fecha 7 de julio de 2005 contra Francisco Antimasveres Campos por no inscripción en el Registro de Vehículos del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación y por no portar el certificado de desinfección del vehículo utilizado para el transporte.

Estas acciones constituyen presuntas infracciones a la Ley Foral 11/2000, de 16 de noviembre, de Sanidad Animal.

De conformidad con el artículo 4 del Decreto Foral 369/1997, por el que se aprueba el procedimiento sancionador en las materias de agricultura, ganadería y alimentación, y en aplicación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuciones por el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Decreto Foral 48/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación,

RESUELVO:

1.º Incoar expediente sancionador número STSA05-182-SA a Francisco Antimasveres Campos por presuntas infracciones de la Ley Foral 11/2000, de 16 de noviembre, de Sanidad Animal.

2.º Designar como Instructor del procedimiento a don Javier Lizarbe Chocarro, Técnico en Administración Pública. El nombramiento del Instructor puede ser recusado conforme al artículo 29 de la Ley 30/1992.

3.º La competencia para la resolución del expediente viene conferida al Director General de Agricultura y Ganadería, conforme al Decreto Foral 48/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

4.º De acuerdo con el artículo 6 del Decreto Foral 369/1997, se le comunica la posibilidad de reconocer voluntariamente su responsabilidad con los efectos previstos en el mismo. También puede acogerse a lo dispuesto en el artículo 12, con reducción de la sanción en un treinta por ciento de su cuantía.

5.º Notificar la presente resolución al interesado, al instructor y al denunciante, a los efectos oportunos.

PLIEGO DE CARGOS

Número expediente sancionador STSA05-182-SA

NIF: 44637219S. Nombre o razón social: Francisco Antimasveres Campos.

Dirección: Loma de Santa Lucía, 14 bajo. CP: 31013. Localidad: Pamplona.

Denunciante: Guardia Civil, equipo del Seprona. Fecha: 07/07/2005. Vehículo: Mercedes-Benz, matrícula NA-7835-AK.

Lugar de la/s infracción/es: Pamplona.

Hechos:

1) No portar el Certificado de Desinfección del vehículo utilizado para el transporte. Precepto infringido: Artículo 24.3 Ley Foral 11/2000, Sanidad Animal. Tipificación: Artículo 54.8 leve. Graduación sanción: De 120,20 a 601,01 euros. Propuesta sanción: 120,20 euros.

2) No inscripción en el Registro de Vehículos del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Precepto infringido: Artículo 24.1 Ley Foral 11/2000, Sanidad Animal. Tipificación: Artículo 54.7 f) leve. Graduación sanción: De 120,20 a 601,01 euros. Propuesta sanción: 120,20 euros.

Total infracciones: 2.

Total propuesta de sanción: 240,40 euros.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto Foral 369/1997, se le concede un plazo de quince días hábiles para formular las alegaciones que estime pertinentes en defensa de sus derechos, así como para aportar datos, informaciones o documentos y proponer la prueba que estime oportuna.

Durante dicho plazo, podrá examinar el expediente de referencia en las oficinas de la Sección de Sanidad Animal (calle Tudela, 20, de Pamplona), que consta en los documentos que se detallan en relación adjunta.

Pamplona, 2005eko azaroaren 16a
El Instructor, Javier Lizarbe Chocarro.

Iragarkiaren kodea: F0600513