7. ALDIZKARIA - 2005eko urtarrilaren 17a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

Juzgado de lo Social número Tres de Navarra

Edicto de notificación

Doña Lourdes García Ruiz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Tres de Navarra.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución 147/2004 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Marco Vinicio Churo Naranjo, contra la empresa Pinturas Antonio Hernández, S.L. y Antonio Hernández Martínez, sobre cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha, que contiene la siguiente parte dispositiva:

Se despacha ejecución a instancia de Marco Vinicio Churo Naranjo, contra Pinturas Antonio Hernández, S.L. y Antonio Hernández Martínez, por un principal de 4.942,23 euros, más 284,18 euros de intereses provisionales y la de 494,22 euros de costas provisionales.

Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes de la parte ejecutada, suficientes a cubrir las indicadas cantidades.

Se significa al deudor que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas, mediante ingreso en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banesto, oficina 0030-8025, al concepto 3160.0000.64.0147.04.

Ofíciese a los pertinentes organismos y registros públicos (Jefatura Provincial de Tráfico, Servicio de Indices del Registro de la Propiedad, Ayuntamiento y Registro de la Propiedad correspondientes al domicilio de la parte demandada), a fin de que faciliten la relación de todos los bienes o derechos de la parte ejecutada de los que tengan constancia.

Se decreta el embargo de los créditos cuyos datos más abajo se especifican, como de la titularidad de ejecutado, a cuyo efecto se librará el oportuno oficio con los insertos necesarios, debiendo cumplimentarse dentro del plazo máximo de diez días, bajo los apercibimientos legales que procedan.

Créditos que se declaran embargados:

1.º Cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública al ejecutado, por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre el Valor Añadido, o cualquier otro, hasta cubrir las cantidades objeto de apremio.

2.º Ingresos que se produzcan y saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos en las siguientes entidades, Caja Navarra, Caja Rural de Navarra, Caja Laboral Euskadiko Kutxa, Banco de Vasconia, BBVA y BSCH, así como de cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en las indicadas entidades financieras actúen como depositarias o intermediarias, hasta cubrir las cantidades objeto de apremio.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo, que contra la misma cabe recurso de reposición (5 días).

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Pinturas Antonio Hernández, S.L. y Antonio Hernández Martínez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 2004ko abenduaren 15a
La Secretaria Judicial, Lourdes García Ruiz.

Iragarkiaren kodea: J0419395