54. ALDIZKARIA - 2005eko maiatzaren 6a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

Juzgado de lo Social número Dos de Navarra

Cédula de notificación

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Navarra.

Hago saber: Que en el procedimiento número 47/2005 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Eduardo Marcelo López Guerra, contra las empresas Pinther, S.L., Tudela de Construcción, S.A., sobre cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha, que contiene la siguiente parte dispositiva:

"Parte dispositiva:

Primero: Se despacha ejecución a instancia de don Eduardo Marcelo López Guerra, contra Pinther, S.L., por un principal de 8.519,63 euros, 511, 18 euros de intereses provisionales y 851,96 euros de costas provisionales, respondiendo juntamente con la anterior Tudela de Construcción, S.A., respecto de la suma de 7.055,07 euros de principal 423,30 euros de intereses provisionales y 705,50 euros de costas provisionales, respecto de la que también se acuerda despachar ejecución en este acto.

Segundo: Tramitándose en este Juzgado demanda de ejecución al número 118/2004, seguido frente a Tudela de Construcción, S.A., estése al resultado de la misma por lo que respecta a la citada ejecutada, en cuanto a las diligencias de averiguación de bienes y se acuerda el reembargo de bienes y embargo del sobrante que pueda producirse en aquélla a favor de la presente, y hasta cubrir el principal, intereses y costas reclamado en la presente, para cuyo efecto se llevará a dicha ejecución testimonio de la presente, interesándose diligencia de estado de dichas actuaciones.

Tercero: Por lo que respecta a la ejecutada Pinther, S.L. Se decreta el embargo del sobrante que se produzca, en su caso en la ejecutoria 127/2004 y el reembargo de los bienes allí embargados hasta cubrir principal, intereses y costas, debiendo llevarse testimonio de la presente resolución y tráigase certificación de su estado.

Cuarto: Advertir y requerir al ejecutado de las obligaciones y requerimientos que se le efectúan en los razonamientos jurídicos Cuarto y Quinto de esta resolución y de las consecuencias de su incumplimiento que se detallan en el razonamiento Sexto y que podrán dar lugar a la imposición de apremios pecuniarios en cuantía de hasta 300 euros, por cada día de retraso.

Quinto: Dar traslado de esta resolución y del escrito interesando la ejecución al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral)".

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Pinther, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 2005eko apirilaren 4a
La Secretaria Judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

Iragarkiaren kodea: J0510559