137. ALDIZKARIA - 2005eko azaroaren 16a

V. ESTATUKO ADMINISTRAZIOA

Dirección Provincial de Navarra de la Tesorería General de la Seguridad Social

UNIDAD DE RECAUDACION EJECUTIVA 02

Anuncio de subasta de bienes inmuebles (TVA-603). (Expediente de subasta 25/04)

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 02 de Pamplona.

Hace saber: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor don Javier Murugarren Clavijo por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:

Providencia: Una vez autorizada, con fecha 1 de agosto de 2005, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 14 de diciembre de 2005, a las nueve treinta horas, en Avenida Conde Oliveto, 7-5, Pamplona, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio ("Boletín Oficial del Estado" del día 25).

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluido el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:

1._Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta serán los indicados en la providencia de subasta.

2._Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley.

3._Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.

4._Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas hasta las catorce horas del día 13 de diciembre de 2005. Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta.

5._Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito.

6._Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta.

7._El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación.

8._La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieren formalizado para la constitución del depósito.

9._Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración.

10._Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de 30 días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho.

11._Mediante el presente Edicto, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.

12._En lo no dispuesto expresamente en el presente anuncio de subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado.

Advertencias:

1._La subasta se realizará por la anotación de embargo letra F.

2._El importe de las hipotecas a favor de "La Caixa" y "Caja Rural de Navarra" son a fecha 24 de junio y 11 de octubre de 2005 respectivamente, por lo que dado el tiempo transcurrido, estos han podido experimentar algún incremento o variación.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado" del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, ("Boletín Oficial del Estado" del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.

RELACION ADJUNTA DE BIENES QUE SE SUBASTAN

Deudor: Murugarren Clavijo Javier

Finca número: 01.

_Datos finca urbana:

Piso primero letra A, escalera izquierda de la casa número 1 de la Travesía de Bayona en Pamplona. Superficie útil de 109,57 metros cuadrados.

_Datos Registro:

Número Registro: Pamplona, 2.

Número tomo: 1070.

Número libro: 342.

Número folio: 093.

Número finca: 17006.

Importe de tasación: 308.430,01.

_Cargas que deberán quedar subsistentes:

Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona "La Caixa". Hipoteca. Importe: 150.460,80.

Caja Rural de Navarra. Hipoteca. Importe: 147.496,90.

Tipo de subasta: 10.472,31.

Finca número: 02.

_Datos finca urbana:

1/40ava parte indivisa de local sótano destinado a garaje, denominado 1.ºA, de la casa número 1 de la Travesía de Bayona en Pamplona, con acceso mediante rampa desde la calle Monasterio de Urdax.

_Datos Registro:

Número Registro: Pamplona, 2.

Número tomo: 847.

Número libro: 119.

Número folio: 137.

Número finca: 1926.

Importe de tasación: 13.112,25.

Tipo de subasta: 13.112,25.

Pamplona, 2005eko urriaren 27a
El Recaudador Ejecutivo, Juan Carlos Riezu Barásoain.

Iragarkiaren kodea: E0522067