152. ALDIZKARIA - 2004ko abenduaren 20a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Tudela

E D I C T O

Se hace saber: Que en este Juzgado se sigue juicio de faltas, por falta de amenazas (620), habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"En Tudela, a 28 de abril de 2004. Vistos por doña María Montserrat García Blanco, Magistrado-Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de los de Tudela, los presentes autos de juicio de faltas número 288/2003, seguidos por falta de coacciones, en el que han sido parte el Ministerio Fiscal, en representación de la acción pública, doña Isabel Granero Badillo, don Javier Callado Rodríguez y don Oscar Santos Tomás Granero, en calidad de denunciantes y denunciados todos ellos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Constitución:

Fallo: Debo de absolver y absuelvo a doña Isabel Granero Badillo y don Javier Callado Rodríguez y debo de condenar y condeno a don Oscar Santos Tomás Granero, como autor responsable de dos faltas de coacciones, previstas y penada en el artículo 620-2 del Código Penal, a la pena de quince días de multa, con una cuota diaria de 3 euros, por cada una de ellas y que en caso de impago, dará lugar a una responsabilidad penal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, así como al pago de las costas causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Navarra, que, en su caso, deberá interponerse ante este Juzgado, en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo".

Y para que sirva de notificación a Oscar Santos Tomás Granero, hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente.

Tudela, 2004ko azaroaren 10a
La Magistrado-Juez, María Montserrat García Blanco.

Iragarkiaren kodea: J0417647