BOLETÍN Nº 43 - 1 de marzo de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TULEBRAS

Calendario laboral y declaración de días inhábiles para 2022

De conformidad con lo que dispone la Ley Foral 26/2012, de 26 de diciembre, y el Decreto Foral 624/1999, de 27 de diciembre, que regula el cómputo anual de la jornada de trabajo para los empleados al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, sometidos al ámbito de aplicación del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra; la Resolución 140/2021, de 9 de abril, de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo pro la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2022 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, y restante normativa de aplicación sobre fiestas laborables y sobre días inhábiles en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra,

Esta alcaldía ha resuelto:

1. Aprobar el calendario laboral de días festivos en el año 2022 para los empleados del ayuntamiento de Tulebras.

1.1. A efectos de calendario se han señalado como días festivos los siguientes: (Fiestas de carácter retribuido y no recuperable en la Comunidad Foral de Navarra).

–1 de enero: Año Nuevo.

–6 de enero: Epifanía del Señor.

–14 y 15 de abril: Jueves Santo y Viernes Santo.

–18 de abril: Lunes de Pascua.

–25 de julio: Santiago Apóstol.

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

–1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.

–3 de diciembre: Festividad de San Francisco Javier, Día de Navarra.

–6 de diciembre: Día de la Constitución.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–26 de diciembre: Segunda Fiesta de Navidad.

1.2 Fiesta de carácter Local:

–20 de agosto: Celebración de la festividad de San Bernardo.

2. El horario de atención al público en las oficinas municipales de Tulebras será los martes y viernes de las 11:00 a las 13:00 horas, salvo que por circunstancias de servicio hubiera que variarlo ocasionalmente, lo cual se comunicará con la debida antelación.

No obstante, las oficinas permanecerán cerradas los días en el 16 al 19 de agosto.

3. La distribución de la jornada de trabajo se fijará por la alcaldía en función de las necesidades del servicio, debiendo respetarse en todo caso el cómputo anual de jornada establecido legalmente (1.592 horas).

4. Cuando el personal municipal sea requerido por la alcaldía por necesidades del servicio para la realización de trabajos fuera del horario establecido, o en días considerados festivos o no laborables en el calendario, tales trabajos se compensarán con tiempo de descanso, o se retribuirán como horas extraordinarias, conforme al artículo 51 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, y su desarrollo reglamentario.

5. Las vacaciones se concederán por los órganos competentes, alcaldía, estableciendo uno o dos periodos largos.

El trabajador deberá indicar a lo largo del mes de enero las fechas que prefieren para sus vacaciones, al objeto de coordinar y organizar debidamente los servicios.

6. Todas las ausencias y las salidas del centro de trabajo por motivos particulares deben responder a alguno de los supuestos contemplados en el Reglamento de vacaciones, licencias y permisos del personal funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral 11/2009, de 9 de febrero, y modificado por Decreto Foral 71/2017, debiendo presentar justificante de ello en el ayuntamiento.

7. Tanto la falta de puntualidad en el inicio o fin de la jornada de trabajo, como la dedicación parcial de tiempo de la jornada de trabajo a asuntos particulares, debidamente autorizados, podrán compensarse a elección del empleado, mediante la recuperación en tiempo de trabajo de un periodo de tiempo adicional igual al utilizado, o mediante el descuento de los importes proporcionales correspondientes en los haberes del empleado.

De la misma forma podrá actuarse en el caso de que tales disminuciones del tiempo efectivo de trabajo no hayan sido autorizadas, sin perjuicio de la aplicación de las determinaciones del Reglamento de régimen disciplinario en la materia.

8. Ordenar la publicación de la presente resolución en el tablón de anuncios oficiales del ayuntamiento y en el Boletín Oficial de Navarra y notificarlo a los empleados para su conocimiento

Tulebras,10 de febrero de 2022.–El alcalde, Andrés Planillo Torres.

Código del anuncio: L2202105