BOLETÍN Nº 11 - 17 de enero de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 438E/2021, de 21 de diciembre, del director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático por la que se desiste de la tramitación del procedimiento administrativo número 0001-0053-2021-000002, relativo a la revisión de oficio de la autorización ambiental integrada de esta instalación, concedida mediante la Resolución 222E/2021, de 12 de marzo, del director general de Medio Ambiente, declarando concluido el procedimiento y acordando el archivo de las actuaciones.

Mediante Resolución 2275/2009, de 11 de noviembre, del director general de Medio Ambiente y Agua, se concedió autorización ambiental integrada a esta instalación para desarrollar las actividades de explotación de ganado vacuno de leche (3.450 cabezas de ganado vacuno adulto de leche) y planta de biometanización de residuos orgánicos.

Con fecha 18 de enero de 2013, el titular solicitó la modificación de la autorización ambiental integrada con objeto de llevar a cabo la ampliación desde 3.450 hasta 7.200 cabezas de ganado vacuno adulto de leche (12 naves de ganado) y el cambio de funcionamiento a régimen termófilo de la planta de biometanización.

Mediante la Resolución 850E/2018, de 30 de octubre, de la directora general de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, se denegó la concesión de la nueva autorización ambiental integrada solicitada para la modificación sustancial de la instalación.

La Sentencia número 333/2020, de 21 de diciembre, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, anula la Resolución 850E/2018 de 30 de octubre, de la directora general de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por no ser conforme a Derecho, y reconoce el derecho del demandante al otorgamiento de la autorización ambiental integrada solicitada en los términos recogidos en la propuesta de resolución favorable de fecha 22-12-2015, que establece los condicionamientos pertinentes a la Concesión de la Autorización.

En ejecución de la mencionada Sentencia número 333/2020, de 21 de diciembre, mediante la Resolución 222E/2021, de 12 de marzo, del director general de Medio Ambiente, se concedió nueva autorización ambiental integrada, en relación con la modificación sustancial de la instalación solicitada con fecha 18-01-2013.

Mediante la Resolución 108E/2021, de 20 de mayo, del director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, se acordó el inicio del presente procedimiento administrativo número 0001-0053-2021-000002, para la revisión de oficio de la autorización ambiental integrada de esta instalación concedida mediante la Resolución 222E/2021, de 12 de marzo, del director general de Medio Ambiente, con el fin de revisar las condiciones de funcionamiento de la instalación en relación con la gestión de las aguas residuales y de los estiércoles en la explotación de ganado vacuno, el régimen de funcionamiento de los digestores y la instalación de producción de electricidad a partir del biogás producido en la planta de biometanización y el plan de producción y gestión de estiércol y digestato.

El Auto número 163/2021, de 22 de noviembre de 2021, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, declara nula de pleno derecho la Resolución 222E/2021, de 12 de marzo, del director general de Medio Ambiente, por contrariar el contenido del fallo de la Sentencia número 333/2020, de 21 de diciembre, al no haberse concedido la autorización ambiental integrada en los términos recogidos en la propuesta de resolución favorable de fecha 22-12-2015.

Así pues, el procedimiento administrativo número 0001-0053-2021-000002 de revisión de oficio se basa en una autorización ambiental integrada concedida mediante la Resolución 222E/2021, de 12 de marzo, del director general de Medio Ambiente, que ha sido declarada nula de pleno derecho, por lo que procede desistir de su tramitación.

En consecuencia, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, procede declarar la conclusión del procedimiento y archivar las actuaciones.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 107/2019, de 8 de noviembre, del director general de Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.–Desistir de la tramitación del procedimiento administrativo número 0001-0053-2021-000002, relativo a la revisión de oficio de la autorización ambiental integrada de esta instalación, concedida mediante la Resolución 222E/2021, de 12 de marzo, del director general de Medio Ambiente, declarando concluido el procedimiento y acordando el archivo de las actuaciones.

Segundo.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Tercero.–Trasladar la presente resolución a Valle de Odieta SCL, Hibridación Termosolar Navarra SL, Ayuntamiento de Villafranca, Ayuntamiento de Marcilla, Ayuntamiento de Caparroso, Confederación Hidrográfica del Ebro, Greenpeace España, Industrias Alimentarias de Navarra, Refresco Iberia SA, Servicio de Ganadería, Servicio de Agricultura, Servicio de Territorio y Paisaje, Servicio de Biodiversidad y Sección de Guarderío de Medio Ambiente, a los efectos oportunos.

Cuarto.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

Pamplona, 21 de diciembre de 2021.–El director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, Pedro Zuazo Onagoitia.

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