BOLETÍN Nº 34 - 12 de febrero de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 4E/2021, de 13 de enero, del Director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático por la que se deniega la autorización para la modificación significativa de la instalación de explotación porcino de cebo, cuyo titular es Fuente Malo Francisco Javier y Pascual Sesma Elisa, ubicada en término municipal de Caparroso.

Esta instalación dispone de autorización ambiental integrada concedida mediante la Resolución 670/2008, de 31 de marzo, del Director General de Medio Ambiente y Agua, actualizada posteriormente por la Resolución 513E/2014, de 13 de noviembre, del Director General de Medio Ambiente y Agua, con objeto de de poder llevar a cabo el proyecto de ejecución de nueva nave de producción para ampliación en 1.600 plazas.

Con fecha 17/07/2019, el titular notificó el proyecto de modificación de su instalación para nueva nave de producción (ampliación en 1600 plazas). Con fecha 05/08/2019, el Servicio de Economía Circular y Agua dictaminó que dicha modificación era no sustancial, de acuerdo a los criterios establecidos en el artículo 25 del Reglamento de desarrollo de la Ley 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, aprobado mediante el Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por lo que no era preciso otorgar una nueva autorización ambiental integrada, pero sí significativa, por dar lugar a cambios importantes en las condiciones de funcionamiento de la instalación, que deben ser contemplados en la autorización ambiental integrada que ya dispone, de forma que es preciso modificar ésta. La documentación presentada se consideró suficiente para la tramitación del procedimiento administrativo de modificación de la autorización ambiental integrada, por lo que se inició dicho procedimiento.

El expediente ha sido tramitado conforme a lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, aprobado por el Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre.

Con fecha 8 de octubre de 2020, el Servicio de Territorio y Paisaje emitió informe desfavorable por incumplimiento de la Normativa Urbanística Particular del Plan Municipal de Caparroso, por el siguiente motivo:

–La explotación cumple las condiciones de localización establecidas en el Decreto Foral 148/2003, de 23 de junio, en particular, las distancias mínimas a mantener por las instalaciones ganaderas respecto a los núcleos de población de Traibuenas y Caparroso.

–Pero, de acuerdo al informe del Servicio de Ganadería, de 22 de noviembre de 2019, la actuación no cumple con las distancias mínimas a otras explotaciones ganaderas, según el Decreto Foral 31/2019, de 20 de marzo, por el que se establecen las condiciones higiénico-sanitarias, de bienestar animal y ordenación zootécnica de las explotaciones ganaderas y sus instalaciones, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra. En concreto se incumplen las siguientes distancias:

  • Existe una explotación de engorde de pollos (ES310650000114) ubicada a 32 m, de pequeña capacidad (20.000 plazas). El D.F. 31/2019 establece una distancia mínima de 100 m entre granjas de aves y de porcino (700 m si se trata de explotaciones de gran capacidad).
  • Existe una explotación de porcino (ES310650000003) de gran capacidad (grupo 3.º) a 523 m. El D.F. 31/2019 establece una distancia mínima de 1.500 m entre explotaciones de gran capacidad de porcino.

–Por ello, y a los solos efectos territoriales, la ampliación de la explotación de porcino situada en la parcela 258 del polígono 4 de Caparroso, promovida por Francisco Javier Fuente Malo y Elisa Pascual Sesma, es incompatible urbanísticamente con la Normativa Urbanística Particular del Plan Municipal de Caparroso, que indica (artículo 28.6): “Se estará a lo dispuesto a lo que determine la legislación sectorial vigente, actualmente por el D.F. 148/2003, de 23 de junio, por el que se establecen las condiciones técnicas ambientales de las instalaciones ganaderas en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra”.

En consecuencia, procede la denegación de la autorización para la modificación significativa solicitada.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de diez días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 107/2019, de 8 de noviembre, del Director General de Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.–Denegar la autorización para la modificación significativa de la instalación de explotación porcino de cebo, cuyo titular es Fuente Malo Francisco Javier y Pascual Sesma Elisa, ubicada en término municipal de Caparroso, con objeto de llevar a cabo el proyecto de ejecución de una nueva nave de producción (ampliación en 1.600 plazas).

Segundo.–Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Tercero.–Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución

Cuarto.–Trasladar la presente Resolución a Fuente Malo Francisco Javier y Pascual Sesma Elisa, al Ayuntamiento de Caparroso, a Greenpeace, al Servicio de Ganadería, al Servicio de Territorio y Paisaje, al Servicio de Biodiversidad, al Servicio de Guarderío de Medio Ambiente y al Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, a los efectos oportunos.

Pamplona, 13 de enero de 2021.–El Director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, Pedro Zuazo Onagoitia.

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