BOLETÍN Nº 271 - 29 de noviembre de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

SOLCHAGA

Delegación de alcaldía por ausencia

Con fecha de 2 de noviembre, el presidente del Concejo de Solchaga ha emitido la siguiente resolución:

Visto que conforme a lo señalado en el artículo 38.3 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra corresponde a la presidencia del Concejo Abierto, designar a la persona que le vaya a sustituir, en los casos de ausencia y/o enfermedad para el ejercicio de sus atribuciones.

Visto que durante por un periodo aproximado de un mes (a mediados noviembre y diciembre) la presidencia se encontrará ausente del municipio.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 38.3 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

RESUELVO:

Primero.–Delegar en José Javier Armendáriz Recalde miembro de la Asamblea del Concejo Abierto de Solchaga, la totalidad de las funciones de la Presidencia, en los términos del 38.3 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, durante aproximadamente el periodo de un mes que la presidencia va a estar ausente del municipio.

Segundo.–La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.

Tercero.–El órgano delegado ha de informar a esta presidencia, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Cuarto.–La delegación conferida en el presente decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose esta otorgada tácitamente si no se formula ante esta presidencia expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.

Quinto.–La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de Navarra, dándose cuenta de su contenido a la Asamblea del Concejo Abierto en la primera sesión que esta celebre.

Sexto.–En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas”.

Solchaga, 12 de noviembre de 2021.–El presidente, Andrés García Díez.

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