BOLETÍN Nº 117 - 20 de mayo de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MANCOMUNIDAD DE SAKANA

Aprobación definitiva del proyecto de “Red de abastecimiento desde Urdalur a Irurtzun, Tramo Satrustegi-Etxarren” y de la relación definitiva de bienes y derechos afectados por el mismo

La Asamblea General de la Mancomunidad de Sakana, en sesión celebrada el día 29 de abril de 2021, adoptó el acuerdo que se transcribe a continuación:

“La Asamblea General de la Mancomunidad de Sakana, en sesión celebrada el día 12 de noviembre de 2020, aprobó inicialmente el proyecto y la relación de bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto de “Red de abastecimiento desde Urdalur a Irurtzun, Tramo Satrustegi-Etxarren”, inició el procedimiento expropiatorio y lo sometió a información pública por plazo de quince días.

El anuncio de información pública se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 281, de 2 de diciembre de 2020, sin que dentro de dicho periodo se haya formulado alegación alguna, por lo que procede:

Primero.–Aprobar definitivamente el proyecto de “Red de abastecimiento desde Urdalur a Irurtzun, Tramo Satrustegi-Etxarren”, así como la relación definitiva de bienes y derechos afectados por el mismo, quedando implícita en dicha aprobación la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación.

Segundo.–Solicitar al Gobierno de Navarra, como órgano competente para ello, la declaración de urgencia de los bienes y derechos afectados por la modificación, a los efectos previstos en el artículo 52 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa, debido a la necesidad de garantizar el abastecimiento de agua de consumo a las localidades de Zuazu, Etxarren, Ekai y al Valle de Arakil que cumpla las exigencias sanitarias del ámbito foral, nacional y comunitario, tal y como se pone de manifiesto en el informe de don Mikel Martínez de Zuazo Letamendi, Ingeniero Técnico E. A., redactor del Proyecto.

Tercero.–Realizar la retención de crédito necesaria para hacer frente al pago del justiprecio de los bienes y derechos afectados y demás obligaciones de contenido derivadas del procedimiento expropiatorio.

Cuarto.–Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, en dos diarios de la Comunidad Foral, insertarlo en el tablón de anuncios de la Mancomunidad y del Ayuntamiento de Arakil, a los efectos oportunos.

Quinto.–Notificar individualmente a todos los titulares de bienes y derechos afectados el presente acuerdo, significándoles que pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo, los interesados que no sean administraciones públicas podrán interponer previa y potestativamente bien recurso de reposición ante la Mancomunidad de Sakana o bien recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación de este acuerdo; o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de notificación de este acuerdo, pudiendo las Administraciones Públicas interponer este último recurso o efectuar requerimiento previo ante la Mancomunidad de Sakana en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.”

Lo que se hace público, a los efectos oportunos.

Lakuntza, 4 de mayo de 2021.–El presidente, David Oroz Alonso.

Código del anuncio: L2107455