BOLETÍN Nº 47 - 9 de marzo de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

OLAZTI/OLAZAGUTÍA

Calendario laboral para 2020

Vista la Resolución 117/2019, de 10 de mayo, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2020 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Teniendo en cuenta la competencia que me concede el artículo 21.1 h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 84.1 del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra,

RESUELVO:

Primero.–Aprobar el calendario de días festivos durante el año 2020 para el personal al servicio del Ayuntamiento de Olazti/Olazagutia, estableciendo como fiestas de carácter retribuido y no recuperable para el año 2020, las siguientes:

–1 de enero: Año Nuevo.

–6 de enero: Epifanía del Señor.

–19 de marzo: San José.

–20 de marzo: Puente de San José.

–9 de abril: Jueves Santo.

–10 de abril: Viernes Santo.

–13 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–29 de septiembre: San Miguel.

–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

–3 de diciembre: San Francisco Javier (Día de Navarra).

–4 de diciembre: Puente del Día de Navarra.

–7 de diciembre: día siguiente al Día de la Constitución.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–25 de diciembre: Natividad del Señor.

Las oficinas municipales permanecerán cerradas todos los sábados y domingos del año, así como, los días declarados festivos anteriormente relacionados y contemplados en el calendario laboral para el año 2020.

El horario de atención al público de las oficinas será de 10:00 a 14:00 horas.

Se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos durante el año 2020 todos los sábados y domingos y los días declarados festivos para las oficinas municipales.

Segundo.–La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo para el personal municipal, queda fijado en 1.592 horas efectivas de trabajo, se realizará de la siguiente forma:

–La jornada diaria de trabajo será de lunes a viernes y tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 20 minutos. Se trabajará de forma obligatoria de 8:00 a 15:00 horas, quedando los 20 minutos de trabajo restantes para su realización, a elección del personal y con carácter flexible, entre las 7:40 y las 8:00 horas y entre las 15:00 y las 15:20 horas.

–Se establece flexibilidad horaria como medida para la conciliación familiar, comprendiendo la parte fija del horario entre las 9:00 y las 14:00 horas, quedando el tiempo restante para su realización, a elección del empleado/a y con carácter flexible, entre las 7:00 y las 9:00 horas y las 14:00 y las 16:30 horas.

–Cada trabajador/a dispondrá de una bolsa de 6 horas 40 minutos a disfrutar a lo largo del año, en función de las necesidades del servicio.

Tercero.–Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Olazti/Olazagutia y dar traslado a los/as delegados/as de personal de este Ayuntamiento.

Olazti/Olazagutia, 28 de febrero de 2020.–El Alcalde, Roberto Martínez Mendia.

Código del anuncio: L2003211