BOLETÍN Nº 301 - 29 de diciembre de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

AGRUPACIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS VALDEMAÑERU

Calendario laboral y declaración de días inhábiles para 2021

Mediante Resolución de Presidencia 40/2020, de 16 de diciembre, de la Agrupación de Servicios Administrativos Valdemañeru, se aprobó el calendario laboral y la declaración de días inhábiles para el año 2021, cuya parte dispositiva establece lo siguiente:

Primero.–Aprobar el calendario laboral de 2021 para el personal al servicio del Agrupación de Servicios Administrativos Valdemañeru, con base en el cómputo anual de 1.592 horas establecidas en la referida la Ley Foral 26/2012, de 26 de diciembre, quedando establecidos como festivos y permaneciendo cerradas las oficinas municipales los siguientes días:

–1 de enero: Año Nuevo.

–6 de enero: Epifanía del Señor.

–19 de marzo: San José.

–1 de abril: Jueves Santo.

–2 de abril: Viernes Santo.

–5 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

–15 de mayo: San Isidro Labrador.

–17 de mayo: Lunes siguiente a San Isidro Labrador.

–11 de octubre: Puente del Pilar.

–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

–1 de noviembre: Todos los Santos.

–3 de diciembre: San Francisco Javier.

–6 de diciembre: Día de la Constitución.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–9 de diciembre: Puente de la Inmaculada Concepción.

–10 de diciembre: Puente de la Inmaculada Concepción.

–25 de diciembre: Natividad del Señor.

–27 de diciembre: Lunes siguiente a la Natividad del Señor.

Segundo.–Se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2021, todos los sábados, domingos y los días declarados festivos en el dispositivo primero de la presente Resolución, a excepción de los días 17 de mayo, 11 de octubre, 9, 10 y 27 de diciembre de 2021, que se declaran festivos pero no inhábiles.

Tercero.–A efectos de cumplir el cómputo de horas laborales, los días 24 y 31 de diciembre la jornada laboral finalizará a las 12:00 horas.

Cuarto.–La jornada diaria habitual de trabajo será de lunes a viernes y tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 20 minutos. Se trabajará, salvo que se señale otra cosa, de 8:00 a 15:00 horas, quedando los 20 minutos de trabajo restantes para su realización, a elección del personal y con carácter flexible, entre las 7:40 y las 8:00 horas y entre las 15:00 y las 15:20 horas.

Quinto.–Proceder a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.

Cirauqui, 17 de diciembre de 2020.–El Presidente, Iñaki Arguiñano Azcona.

Código del anuncio: L2015616