BOLETÍN Nº 29 - 12 de febrero de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MANCOMUNIDAD DE VALDIZARBE/IZARBEIBARKO MANKOMUNITATEA

Calendario laboral y declaración de días inhábiles para 2020

La Comisión Permanente de la Mancomunidad de Valdizarbe/Izarbeibarko Mankomunitatea, en sesión ordinaria celebrada el día 15 de enero de 2020, aprobó por unanimidad el calendario laboral y declaración de días inhábiles del año 2020 para el personal al servicio de la Mancomunidad, cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:

De acuerdo con lo dispuesto en la Resolución 177/2019, de 10 de mayo, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2020 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, estableciéndose los siguientes días festivos durante el año 2020.

SE ACUERDA:

Primero.–Aprobar el calendario laboral de 2020 para el personal de la Mancomunidad de Valdizarbe/Izarbeibarko Mankomunitatea, estableciendo como fiestas de carácter retribuido y no recuperable para el año 2020, las siguientes:

–1 de enero: Año Nuevo.

–6 de enero: Epifanía del Señor.

–19 de marzo: San José.

–9 de abril: Jueves Santo.

–10 de abril: Viernes Santo.

–13 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

–25 de julio: Fiesta local

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

–3 de diciembre: San Francisco Javier.

–7 de diciembre: Día de la Constitución.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–25 de diciembre: Natividad del Señor.

Segundo.–Aprobar la distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo del personal al servicio de la Mancomunidad de Valdizarbe/Izarbeibarko Mankomunitatea para el año 2020, que queda fijado en 1.592 horas efectivas de trabajo y se realizará de la siguiente forma:

2.1. La jornada diaria de trabajo de lunes a viernes tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 15 minutos. Se trabajará de forma obligatoria de 8:30 a 14:00 horas, quedando el resto, hasta completar la jornada, a elección de la persona trabajadora y con carácter flexible, entre las 7:30 y las 8:30 horas y las 14:00 y las 15:30 horas.

2.2. La distribución de la jornada de trabajo señalada en el apartado anterior no se aplicará a las personas empleadas que por su jornada laboral parcial y/o por necesidades del servicio, tengan establecida algún tipo de jornada especial ni a las afectadas por alguna compensación horaria.

2.3. Cada trabajador/a podrá disponer de una bolsa de 24,75 horas a disfrutar a lo largo del año, en función de las necesidades del servicio.

Tercero.–Declarar inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2020 todos los sábados, domingos y los días señalados como festivos para las Oficinas de la Mancomunidad.

Cuarto.–Aprobar el horario de atención al público en las Oficinas de la Mancomunidad, que será de lunes a viernes, de 9:30 a 13:00 horas.

Quinto.–Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y Tablón de Anuncios y página web de la Mancomunidad.

Obanos, 22 de enero de 2020.–La Presidenta, María Aránzazu Hernández Lacalle.

Código del anuncio: L2001057