BOLETÍN Nº 259 - 4 de noviembre de 2020 - EXTRAORDINARIO

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.1. Leyes Forales y Decretos Forales Legislativos

DECRETO FORAL DE LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 26/2020, de 4 de noviembre, por el que se prorrogan las medidas adoptadas en el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 24/2020, de 27 de octubre, por el que se establecen en la Comunidad Foral de Navarra las medidas preventivas para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

Mediante el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, se declaró el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

El artículo 2.2 del citado real decreto atribuye el carácter de autoridad competente delegada a quien ostente la presidencia de las comunidades autónomas. Corresponde así, en nuestra Comunidad Foral, a la Presidenta del Gobierno de Navarra, de conformidad con el artículo 2.3, dictar disposiciones para la aplicación de lo previsto en los artículos 5 a 11.

El artículo 6.2 del citado real decreto establece que la autoridad competente delegada podrá, adicionalmente, limitar la entrada y salida de personas en ámbitos territoriales de carácter geográficamente inferior a la comunidad autónoma, con las excepciones que se prevén en el artículo 6.1 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

En ejercicio de estas competencias otorgadas por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, se aprobó el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 24/2020, de 27 de octubre, por el que se establecieron en la Comunidad Foral de Navarra las medidas preventivas para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2. En concreto, se estableció la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno en la Comunidad Foral de Navarra, durante el período comprendido entre las 23:00 horas y las 6:00 horas, se limitó la entrada y salida de la Comunidad Foral de Navarra, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se contemplaban en dicho decreto foral, y se limitaron las reuniones en el ámbito público a un máximo de seis personas y en el ámbito privado a la unidad convivencial, con algunas excepciones. Para la limitación de movimientos en horario nocturno se estableció la misma vigencia que el estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, y para el resto de medidas hasta el 4 de noviembre de 2020, incluido.

Según el informe del Instituto Navarro de Salud Pública y Laboral de Navarra, en la semana del 26 de octubre al 1 de noviembre se han confirmado 3.938 casos por PCR o antígeno (597 por 100.000 habitantes), sin cambios respecto a la semana anterior. El 66% de estos nuevos casos eran sintomáticos y el 68% habían sido contactos de otros casos confirmados. Los casos han disminuido en el grupo de 15 a 34 años, se han mantenido en menores de 15 años, pero han aumentado un 7% en el grupo de 55 a 74 años y un 43% en mayores de 75 años. Este aumento resulta preocupante por su posible repercusión en casos graves y en mortalidad.

La tasa de positividad de la primera PCR positiva, es decir, que el motivo de petición de la PCR no es por seguimiento a una infección ya diagnosticada anteriormente, es del 15,63% en la semana del 23 al 29 de octubre, según datos del Ministerio de Sanidad.

Con datos publicados del 2 de noviembre, Navarra es la segunda Comunidad Autónoma con mayor tasa de incidencia acumulada a los 14 días (1.193 casos por 100.000 habitantes) y, a los 7 días (592 casos por 100.000 habitantes), detrás de Melilla, con una tendencia mantenida respecto a la semana anterior.

Según el informe del Servicio Navarro de Salud-Osasubidea, del Complejo Hospitalario de Navarra, se siguen incrementando las atenciones a pacientes con COVID-19 en los servicios de urgencias hospitalarias.

De 697 pacientes atendidos en las dos semanas previas al 19 de octubre, se ha incrementado a 910 en las dos últimas semanas (incremento del 30,6%). La última semana las tasas de urgencias por personas relacionadas con COVID- 19 han disminuido ligeramente en el área de Pamplona, se mantienen en la de Tudela y se incrementan en la de Estella. El número de personas infectadas continúa incrementándose en la última quincena en comparación con las dos semanas previas al 19 de octubre.

A la vista de lo anterior, y dada la evolución de la epidemia en nuestra Comunidad, se considera necesario en este momento prorrogar las medidas contenidas en ese decreto foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra por un plazo de catorce días naturales, con el fin de seguir aplanando la curva de contagios.

Al amparo de lo previsto en el artículo 2 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

DECRETO:

Primero.–Prorrogar en los mismos términos, las medidas establecidas en el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 24/2020, de 27 de octubre, por el que se establecen en la Comunidad Foral de Navarra las medidas preventivas para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

Segundo.–La medida establecida en el artículo 1 tendrá eficacia en los mismos términos establecidos en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declaró el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2. Las medidas contempladas en los artículos 2 y 3 del Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 24/2020, que se prorroga, tendrán eficacia desde el día 5 al 18 de noviembre, ambos incluidos.

Tercero.–El presente decreto foral entrará en vigor a las 00:00 horas del día 5 de noviembre de 2020.

Pamplona, 4 de noviembre de 2020.–La Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra, María Chivite Navascués.

Código del anuncio: F2013049