BOLETÍN Nº 141 - 26 de junio de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 107/2020, de 11 de junio, de la Directora del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, por la que se procede a la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de utilidad pública para instalación eléctrica de alta tensión en términos municipales de Lodosa y Sesma.

Con fecha 22 de julio de 2019, don Carlos Sobrino San Martín, en representación de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., ha solicitado autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de utilidad pública para la siguiente instalación eléctrica:

–Peticionario: I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U.

–Expediente: SAT11010 (4456-100706019 FS/mi).

–Ubicación de la instalación: Lodosa y Sesma.

–Finalidad: Mejorar la calidad de suministro en la zona.

–Características técnicas: Línea aérea a 13,2 kV de enlace entre apoyos número 3 y número 501 de la línea aérea a 13,2 kV denominada “Cárcar” de STR Lodosa (Cierre Sesma) (5.924 metros de conductor 100-AL1/17-ST1A, 46 apoyos, 1 OCR automático en nuevo apoyo número 460, 1 OCR automático en el apoyo existente número 283 y Seccionadores SLB en apoyo existente número 367).

–Presupuesto: 239.700,64 euros.

I.–INFORMACIÓN PÚBLICA

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se sometió la solicitud de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., junto con la relación concreta de bienes y derechos afectados por la instalación, al trámite de información pública en el Boletín Oficial de Navarra número 173, de 3 de septiembre de 2019, y en el Diario de Navarra de fecha 25 de octubre de 2019, remitiéndose asimismo a los Ayuntamientos de Lodosa y Sesma para su exposición al público.

No se han recibido alegaciones.

II.–ORGANISMOS Y EMPRESAS AFECTADAS

Remitida separata a la Confederación Hidrográfica del Ebro solicitando la emisión de informe (oficios de fechas 1 de agosto y 6 de septiembre de 2019), no se ha manifestado al respecto.

Remitida separata a la Sección de Planificación Estratégica del Medio Natural solicitando la emisión de informe (oficios de fechas 31 de julio y 5 de septiembre de 2019), no se ha manifestado al respecto.

Consta en el expediente conformidad de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., de fecha 20 de septiembre de 2019, al condicionado técnico establecido por la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH), S.A.

Consta en el expediente conformidad de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., de fecha 4 de octubre de 2019, al condicionado técnico establecido por Nedgia Navarra, S.A.

Remitida separata a la empresa Vodafone solicitando la emisión de informe (oficios de fechas 31 de julio y 5 de septiembre de 2019), no se ha manifestado al respecto.

El Servicio de Conservación, en documento de 4 de septiembre de 2019, indica que “no se observa ningún inconveniente para llevar a cabo dichas obras, siempre que se cumplan las siguientes condiciones técnicas:

–Las torres o los postes de sustentación de la línea deberán situarse a una distancia mínima de la línea exterior de delimitación de la calzada, equivalente a su altura y no inferior a 25 y 18 metros respectivamente, de forma que en su caída no afecte a la calzada.

–La altura mínima que deberá quedar entre la plataforma de la carretera y el cable más bajo en ningún caso sería inferior a 7 metros.

No obstante, previo a dicha ejecución el Promotor deberá solicitar la preceptiva autorización a este Dirección General de Obras Públicas indicando cuáles serán las afecciones a la Red de Carreteras de Navarra”.

El Ayuntamiento de Lodosa, en documento de fecha 9 de agosto de 2019, indica que “cabe la concesión de la licencia municipal de obras”.

El Ayuntamiento de Sesma informa de que se está tramitando una concentración parcelaria en una parte de las parcelas afectadas por el trazado de la línea proyectada dentro de su término municipal, lo que conlleva un cambio en la titularidad de las parcelas afectadas.

Con fecha 2 de enero de 2020, don Carlos Sobrino San Martín, en representación de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., presenta un modificado al proyecto original en base a la concentración parcelaria informada por el Ayuntamiento de Sesma, y solicita de nuevo autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de utilidad pública para el proyecto junto con el modificado, siendo las características principales de este último las siguientes:

–Cambio en la situación de los apoyos 486, 487, 488 y 489.

–Cambio en las afecciones a las parcelas afectadas por la nueva concentración parcelaria.

–Los cambios no suponen cambio en la traza y longitud de la línea, por lo que tampoco hay modificación presupuestaria respecto al proyecto original.

III.–SEGUNDA INFORMACIÓN PÚBLICA
(MODIFICADO A PROYECTO)

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se sometió la solicitud de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., junto con la relación concreta de bienes y derechos afectados por el modificado a proyecto y concentración parcelaria de Sesma, al trámite de información pública en el Boletín Oficial de Navarra número 37, de 14 de febrero de 2020, y en el Diario de Navarra de fecha 13 de febrero de 2020, remitiéndose asimismo al Ayuntamiento de Sesma para su exposición al público.

No se han recibido alegaciones.

IV.–ORGANISMOS Y EMPRESAS AFECTADAS
(MODIFICADO A PROYECTO)

Remitida separata con las modificaciones al Ayuntamiento de Sesma solicitando la emisión de informe (oficios de fechas 19 de febrero y 28 de febrero de 2020), no se ha manifestado al respecto.

Remitida separata con las modificaciones a la Confederación Hidrográfica del Ebro solicitando la emisión de informe (oficios de fechas 29 de enero y 3 de marzo de 2020), no se ha manifestado al respecto.

El Servicio de Infraestructuras Agrarias, en documento de fecha 28 de febrero de 2020, indica que “procede autorizar la legalización de instalaciones solicitada por i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U.”.

La Sección de Comunales, en documento remitido el 5 de marzo de 2020, indica que “mostramos nuestra conformidad a la autorización solicitada por el promotor”.

Consta en el expediente conformidad de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., de fecha 3 de abril de 2020, al escrito de la Mancomunidad de Montejurra de fecha 3 de febrero de 2020 por el que indica que “será preceptivo el marcaje de nuestras redes in situ”.

Consta en el expediente conformidad de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., de fecha 6 de abril de 2020, al condicionado técnico establecido por la Sección de Planificación Forestal y Educación Ambiental.

El Servicio de Conservación, en escrito de fecha 4 de febrero de 2019 reitera la obligación de solicitar la preceptiva autorización a la Dirección General de Obras Públicas previa a la ejecución por parte del promotor indicando en la solicitud las afecciones a la Red de Carreteras de Navarra.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por Resolución 52/2019, de 18 de noviembre, de la Directora General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3 (Boletín Oficial de Navarra número 234, de 27 de noviembre de 2019), en cumplimiento de lo establecido en los artículos 32 y 11 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1. Otorgar autorización administrativa a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., para la citada instalación.

2. Declarar en concreto la utilidad pública de la citada instalación, a los efectos establecidos en el artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.

3. Aprobar el proyecto presentado para la ejecución de la instalación, así como su modificado, suscritos por el Ingeniero Técnico Industrial don Félix Sánchez Ramírez, concediéndole un plazo de veinticuatro meses para la ejecución de las obras.

4. Reconocer a la empresa I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.

5. Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y su modificado, y se ajustarán a lo dispuesto en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Líneas Eléctricas de Alta Tensión.

6. Una vez ejecutado el proyecto, el peticionario deberá solicitar el acta de puesta en servicio. A esta solicitud se acompañará la documentación establecida en la normativa citada y el certificado final de obra suscrito por técnico facultativo competente.

7. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones, autorizaciones, licencias y permisos, tanto públicas como privadas, que sea necesario obtener por parte del solicitante de la instalación para efectuar la misma, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables.

8. Trasladar esta Resolución al Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, al Servicio de Conservación, al Servicio Forestal y Cinegético (Sección de Planificación Estratégica del Medio Natural) y al Servicio de Infraestructuras Agrarias (Sección de Comunales), a los efectos oportunos.

9. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

10. Notificar esta Resolución a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., a la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH), S.A., a Nedgia Navarra, S.A., Vodafone, y a los titulares de los bienes y derechos afectados, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el número de expediente.

11. Notificar esta Resolución al Ayuntamiento de Lodosa, al Ayuntamiento de Sesma, a la Confederación Hidrográfica del Ebro y a la Mancomunidad de Montejurra, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Pamplona, 11 de junio de 2020.–La Directora del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, Laura Larraya Irigoyen.

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