BOLETÍN Nº 57 - 25 de marzo de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 59/2019, de 6 de febrero, del Director General de Educación, por la que se dictan instrucciones que regulan de manera experimental la organización y funcionamiento del Programa de Inserción Socioeducativa y Profesional (PISEP) para el colectivo de menores extranjeros no acompañados en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Ante el creciente número de menores extranjeros no acompañados (MENA) que están llegado en los últimos años a nuestra Comunidad sin referentes adultos que asumieran su cuidado, es preciso adoptar nuevos modelos de intervención que den respuesta a las características y necesidades de los MENA acogidos en Navarra.

Al hablar de menores extranjeros no acompañados optamos por la definición acogida por el Comité de Ministros del Consejo de Europa en su Recomendación CM/Rec(2007)9 a los Estados miembros sobre los proyectos de vida a favor de los menores inmigrantes no acompañados, de 12 de julio de 2007: “los menores que están separados de ambos padres y otros parientes y no están al cuidado de un adulto al que, por ley o costumbre, incumbe esa responsabilidad”. La llegada de los menores extranjeros no acompañados a nuestro país se inscribe en el contexto del actual fenómeno inmigratorio y las características de estos jóvenes -extranjeros y sin la figura de un adulto que asuma la responsabilidad de su cuidado- dan lugar a un conjunto de necesidades específicas que representan un nuevo reto para las Administraciones públicas, que solo alcanzará el éxito si dichas Administraciones trabajan de forma coordinada. Parte integrante de este nuevo modelo de intervención supone la articulación de programas que tengan un doble objetivo, sociolaboral y de cualificación profesional, que faciliten en última instancia la transición a la vida adulta del menor en su territorio de acogida.

Entre los elementos clave para afrontar este reto con garantías de éxito, podemos destacar: la formación e inserción laboral. Por la edad y expectativas de estos jóvenes, la formación para el empleo figura como una de las prioridades en la intervención llevada a cabo. Además de las actividades formativas, deben fomentarse actuaciones dirigidas a la orientación laboral. Estos jóvenes parten de un gran desconocimiento y muchas expectativas equivocadas sobre sus posibilidades formativas y de empleo. Por otro lado, un problema que afecta no sólo a esta población, sino a un alto porcentaje de jóvenes con su misma cualificación, es la dificultad para conseguir un empleo. Este hecho genera un importante desajuste en estos jóvenes, dado que puede ser vivido como un fracaso en su proyecto migratorio, impidiendo la consecución de un permiso de trabajo que permita su permanencia legal en nuestro país una vez alcanzada la mayoría de edad. Asimismo, otro factor clave para la integración social y cultural es el manejo del idioma y cultura del país de acogida. Por otra parte, es preciso destacar el trabajo destinado a la adquisición de habilidades sociales y la autonomía, y la atención a problemas psicológicos.

Por ello, es preciso insistir en la necesidad de una adecuada coordinación entre las Administraciones públicas de Navarra, por ser uno de los aspectos clave en la intervención con esta población que permitan dar una respuesta integrada a este enorme reto. Para ello, es necesario promover el acceso a la plena ciudadanía de estos jóvenes, fomentando su autonomía, mediante procesos de formación y de acompañamiento personalizado y de estructuras adaptadas a sus necesidades que faciliten su incorporación al mercado laboral.

La integración social de los MENA es una exigencia dentro de una sociedad que desee ser digna de merecer dicho nombre; es la sociedad que ni excluye, ni margina, ni desfavorece, ni empobrece. La ciudadanía es una cualidad de pertenencia a una comunidad, un estatus de igualdad en dignidad mediante garantías formales en el ejercicio de los derechos civiles, políticos y sociales.

El PISEP es fruto de la solicitud del Departamento de Derechos Sociales al Departamento de Educación de atender de la forma más idónea a este colectivo de menores, que se encuentra bajo el ámbito de competencia de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, entre cuyas responsabilidades figuran el impulso de políticas en materia de promoción, atención y protección a la infancia y a la adolescencia y de programas de actuación en materia de atención a menores en dificultad y conflicto social y ejecutar los mismos.

El Programa denominado PISEP se centra en la adquisición de competencias clave, en la formación y actualización de competencias profesionales, en el desarrollo de valores de cooperación, solidaridad, en la capacitación profesional y en proporcionar experiencias de éxito a estos menores que están provistos de una gran potencialidad a pesar de haberse socializado en un contexto muchas veces poco propicio para el desarrollo de su empleabilidad y competencia personal y de encontrase con numerosas barreras.

Por ello, este programa requiere la intervención del Departamento de Educación al objeto de que una de las medidas a desarrollar sea un programa dirigido fundamentalmente a la adquisición de competencias que faciliten la inserción sociolaboral de estas personas. La financiación de los costes del programa corresponde en su totalidad al Departamento de Derechos Sociales.

La inserción sociolaboral es uno de los principales ejes de integración social, al ser un proceso de crecimiento personal durante el cual cada joven debe conseguir su propia autonomía que engloba el proyecto profesional, para lo que se precisa adquirir las capacidades adecuadas para ejercer la profesión que contribuya al desarrollo completo de la persona. La inserción sociolaboral y los procesos que se generan tienen consecuencias importantes para los jóvenes porque en parte determinan sus oportunidades de desarrollo personal, su carrera profesional y su bienestar psicológico. Se convierte así en uno de los retos más importantes que se le plantea a nuestra sociedad.

El actual marco normativo estatal posibilita la articulación del Programa que se propone. Por un lado, la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional dispone en su artículo 12 la posibilidad de realizar ofertas formativas a grupos con especiales dificultades de integración laboral que pueden ser ofertadas en centros de formación profesional, configurados a partir de módulos incluidos en los títulos de formación profesional y de otra formación no referida al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Por otro lado, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación establece en su preámbulo que la atención a la diversidad es un principio que debe regir toda la enseñanza básica para proporcionar al alumnado una educación adecuada a sus características y necesidades. Y en el Título II, capítulo I, referido al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, establece que las administraciones educativas desarrollarán programas específicos para el alumnado que presenta graves carencias lingüísticas o de competencias básicas a fin de facilitar su integración.

El desarrollo normativo en Navarra realizado mediante la Orden Foral 93/2008, de 13 de junio, del Consejero de Educación, reguladora de la atención a la diversidad en los centros educativos posibilita en su artículo 31 el establecimiento de Programas de inserción socioeducativa. Además, la Orden Foral 66/2016, de 6 de junio, del Consejero de Educación, que regula la ordenación y el desarrollo de la Formación Profesional Básica en Navarra promueve el desarrollo de estrategias de intervención socioeducativas concretadas en modelos organizativos adaptados al proyecto socioeducativo.

La Directora del Servicio de Formación Profesional presenta informe favorable para la aprobación de las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento del Programa de Inserción Socioeducativa y Profesional (PISEP) para el colectivo de menores extranjeros no acompañados (MENA) en los centros educativos de la Comunidad Foral de Navarra y para que se apruebe el correspondiente gasto asociado al Programa, financiado por el Departamento de Derechos Sociales.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Aprobar las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento del Programa de Inserción Socioeducativa y Profesional (PISEP) para el colectivo de menores extranjeros no acompañados (MENA), que se recogen en los anexos 1 y 2.

2.º Aprobar el gasto asociado a este Programa por un importe total de 166.394,65 euros, con cargo a las siguientes partidas del presupuesto de gastos de 2019:

400000 41000 1220 322000 Retribuciones del personal contratado temporal: 124.920,91 euros.

400000 41000 1600 322000 Seguridad Social. 41.473,74 euros.

3.º Trasladar la presente Resolución y sus anexos a la Dirección General de Inclusión y Protección Social, a la Dirección General de Observatorio de la Realidad Social, de Planificación y de Evaluación de las Políticas Sociales, al Servicio Navarro de Empleo - Nafar Lansare, al Servicio de Formación Profesional, al Servicio de Ordenación, Orientación e Igualdad de oportunidades, al Servicio de Inspección Educativa, al Servicio de Evaluación, Calidad, Formación, Igualdad y Convivencia, al Servicio de Multilingüismo y Enseñanzas artísticas, al Servicio de Recursos Económicos, al Servicio de Recursos Humanos, al Servicio de Infraestructuras educativas, al Servicio de Tecnologías educativas y Sistemas de información y a la Sección de Presupuestos y Gestión económica, a los efectos oportunos.

4.º Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 6 de febrero de 2019.–El Director General de Educación, Roberto Pérez Elorza.

ANEXO 1

Características generales del Programa de Inserción Socioeducativa
y Profesional (PISEP)

1. Finalidad del Programa de Inserción Socioeducativa y Profesional.

El Programa tiene como finalidad dar respuesta a las características y necesidades del colectivo de menores extranjeros no acompañados acogidos en Navarra en los aspectos relativos al ámbito sociolingüístico asociado a competencias clave, de orientación profesional y de cualificación profesional.

Mediante este Programa se propiciará, además, el desarrollo de las competencias básicas de este alumnado que le permita alcanzar los objetivos generales del curso de la Educación Secundaria Obligatoria de referencia para cada alumna y alumno.

2. Objetivos generales.

Los objetivos generales de la atención a este alumnado son:

a) Formación educativa que minimice desajustes y frustraciones que dificulten su posterior adaptación a un contexto educativo más reglado.

b) Formación en orientación laboral específica y adaptada, que facilite la toma de decisiones por parte de estas personas menores.

c) Cualificación profesional de nivel uno.

d) Formación en lengua castellana, ya que el manejo del idioma es un mecanismo clave para la integración social y cultural.

e) Conocimiento de la cultura receptora, mediante una selectiva programación de actividades extraescolares.

f) Capacitación específica relativa a habilidades sociales y de autonomía.

g) Vigilancia específica a través de los profesionales del equipo de orientación del centro docente a los problemas psicológicos que pueden surgir.

3. Perfil del alumnado.

Este programa está dirigido al colectivo de menores extranjeros no acompañados menores de 18 años acogidos en Navarra.

4. Incorporación al Programa. Criterios de admisión.

El Departamento de Educación realizará una valoración educativa, por parte del Servicio de Ordenación, orientación e igualdad de oportunidades, para encuadrar a cada alumna y alumno en un curso de referencia de la ESO que permita, en su caso, una futura propuesta de incorporación a un ciclo de FP Básica o a un Taller Profesional y su progresión en el sistema educativo.

Los criterios de admisión al PISEP serán los siguientes:

1.º La edad: a mayor edad, mayor preferencia en la admisión.

2.º Las preferencias del alumnado respecto de los perfiles profesionales que se oferten, de mayor a menor preferencia de elección.

La admisión se realizará teniendo en consideración los criterios referidos.

5. Duración del Programa de Inserción Socioeducativa y Profesional.

La duración del Programa en el curso 2018-2019 será desde enero hasta junio de 2019.

6. Ratio de alumnado.

El grupo estará formado, con carácter general, por un máximo de 8 alumnos y alumnas.

7. Profesorado y Profesionales del Programa y sus funciones.

La formación que se incorpora en este programa se estructura en torno a tres ámbitos:

–Ámbito sociolingüístico asociado a competencias clave.

–Ámbito de formación profesional asociada a la formación para el empleo y referida a unidades de competencia de nivel 1.

–Ámbito de habilidades sociales y autonomía personal para la orientación profesional.

Para impartir docencia en el módulo sociolingüístico asociado a competencias clave de este Programa serán necesarios los requisitos exigidos para impartir el módulo de Comunicación y Sociedad en los ciclos de Formación Profesional Básica.

Para impartir docencia en los módulos asociados a unidades de competencia de nivel 1 serán necesarios los requisitos exigidos para impartir en los correspondientes módulos asociados establecidos en los títulos profesionales básicos en los que están incluidos los módulos.

Para responsabilizarse del módulo de Habilidades sociales y autonomía personal para la orientación profesional será necesario estar en posesión del título de Técnico Superior en Integración Social o equivalente.

Las características del alumnado aconsejan que el equipo docente sea reducido para facilitar el conocimiento del alumnado y la coordinación que posibilite establecer criterios comunes de actuación y un trabajo coherente de los contenidos de los diferentes módulos del Programa.

El profesorado y profesionales del programa desarrollarán las siguientes funciones:

–Planificar y programar la intervención socioeducativa y profesional.

–Desarrollar los contenidos propios de sus módulos, proponiendo enfoques globalizadores, interdisciplinares y cercanos a los intereses del alumnado.

–Elaborar la memoria final de curso incluyendo propuestas de mejora.

–Coordinar y evaluar el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado.

A este profesorado y profesionales se les proporcionará asesoramiento y una formación específica por parte del Servicio de Ordenación, Orientación e Igualdad de oportunidades.

Las plazas de profesorado tendrán la consideración de plazas de difícil provisión.

8. Organización del Programa de Inserción socioeducativa y Profesional.

La distribución de los módulos tendrá la siguiente organización horaria semanal:

–Módulo sociolingüístico asociado a las Competencias Clave: 10 horas.

–Módulos asociados a unidades de competencia de nivel 1: 12 horas.

–Módulo de Habilidades sociales y autonomía asociado a la orientación profesional: 3 horas.

9. Escolarización, evaluación y promoción en el Programa de Inserción Socioeducativa y Profesional.

El alumnado que cursa el Programa estará matriculado en el centro público en el que se desarrolle el mismo.

La evaluación del alumnado que cursa un PISEP se regirá por lo establecido, con carácter general para el alumnado de Talleres Profesionales y de Formación Profesional Básica. Para cada curso habrá dos sesiones de evaluación final y el consejo de orientación deberá tomarse de entre las siguientes posibilidades.

SITUACIÓN AL FINAL DEL CURSO

POSIBLES DECISIONES (*)

Superados todos los módulos

–Promoción al curso de la ESO que corresponda en las condiciones que se determine por el Servicio de Ordenación, Orientación e Igualdad de oportunidades.

–Propuesta de incorporación a ciclos de Formación Profesional Básica, según la normativa vigente.

–Propuesta de incorporación a Talleres Profesionales, según la normativa vigente.

En cualquier otro caso

–Propuesta de incorporación a ciclos de Formación Profesional Básica, según la normativa vigente.

–Propuesta de incorporación a Talleres Profesionales, según la normativa vigente.

(*) Cualquier otra posibilidad no reflejada en esta tabla deberá ser decidida conjuntamente por el Servicio de Inspección Educativa, el Servicio de Ordenación, Orientación e Igualdad de Oportunidades y el Servicio de Formación Profesional.

El tutor o tutora del alumnado del Programa de Inserción Socioeducativa y Profesional informará por escrito, según el modelo extraído del sistema de gestión Educa, a los representantes legales del alumnado de la evaluación trimestral de los procesos de enseñanza- aprendizaje.

El centro educativo en el que está matriculado el alumnado hará constar la evaluación trimestral y final en su expediente académico. El Departamento de Orientación realizará el seguimiento de la evolución integral de este alumnado en el centro.

10. Centros para el establecimiento del Programa de Inserción Socioeducativa y Profesional.

Se autoriza la impartición del PISEP en los centros públicos siguientes:

–C.I. Burlada FP.

–I.E.S. Huarte.

–C.I.P. Virgen del Camino.

–C.I. María Ana Sanz.

11. Financiación del Programa de Inserción Socioeducativa y Profesional.

El PISEP será cofinanciado por el Departamento de Derechos Sociales y por el Departamento de Educación:

–El Departamento de Educación aportará los espacios, equipamientos e instalaciones de los centros de formación profesional, corriendo con la totalidad de los gastos derivados del uso de los mismos, así como los correspondientes al trabajo desempeñado por equipos directivos y personal de administración y servicios.

–El Departamento de Derechos Sociales asumirá la totalidad de los gastos en concepto de personal necesario para el desarrollo de los módulos integrantes de este Programa, para lo cual dotará de la financiación necesaria al Departamento de Educación al objeto de tramitar la ampliación de las partidas necesarias para contratar al personal necesario:

a) Módulo sociolingüístico asociado a las Competencias Clave: personal docente.

b) Módulos asociados a unidades de competencia de nivel 1: personal docente.

c) Módulo de Habilidades sociales y autonomía personal asociado a la orientación profesional: cuya persona responsable estará en posesión del título de Técnico Superior en Integración Social o equivalente.

ANEXO 2

Referencia para el currículo

1. Referencia para el Módulo asociado a competencias clave.

La referencia para el desarrollo de este módulo serán las competencias clave.

2. Referencia curricular de los Módulos asociados a Unidades de Competencia de Nivel 1.

Los Certificados de Profesionalidad y Unidades de competencia de referencia asociados a cada uno de los perfiles profesionales del PISEP son los que se relacionan a continuación:

a) PISEP de Instalaciones eléctricas. Cualificación Profesional de referencia: Operaciones auxiliares de montaje de instalaciones electrotécnicas y de telecomunicaciones en edificios, con las siguientes unidades de competencia:

–UC0816-1: Realizar operaciones de montaje de instalaciones eléctricas de baja tensión y domóticas en edificios.

–UC0817-1: Realizar operaciones de montaje de instalaciones de telecomunicaciones.

b) PISEP de Cocina: Cualificación Profesional de referencia: Operaciones básicas de cocina, con las siguientes unidades de competencia:

–UC0255-1: Ejecutar operaciones básicas de aprovisionamiento, preelaboración y conservación culinarios.

–UC0256-1: Asistir en la elaboración culinaria y realizar y presentar preparaciones sencillas.

c) PISEP de Mantenimiento de vehículos. Cualificación Profesional de referencia: Operaciones auxiliares de mantenimiento en electromecánica de vehículos, con las siguientes unidades de competencia:

–UC0620-1: Efectuar operaciones de mecanizado básico.

–UC0623-1: Desmontar, montar y sustituir elementos mecánicos simples del vehículo.

–UC0624-1: Desmontar, montar y sustituir elementos eléctricos simples del vehículo.

d) PISEP de Almacén. Cualificación Profesional de referencia: Actividades auxiliares de almacén, con las siguientes unidades de competencia:

–UC0432-1: Manipular cargas con carretillas elevadoras.

–UC1325-1: Realizar las operaciones auxiliares de recepción, colocación, mantenimiento y expedición de cargas en el almacén de forma integrada en el equipo.

–UC1326-1: Preparar pedidos de forma eficaz y eficiente, siguiendo procedimientos establecidos.

La estructura horaria de los diversos módulos correspondientes a las unidades de competencia se determinará en las correspondientes programaciones de aula.

Asimismo, atendiendo a las características del alumnado al que va dirigido este programa y existiendo la posibilidad de incorporación de más personas al mismo en otros momentos del curso, queda abierta la posibilidad de otros perfiles profesionales, siempre supeditada a la correspondiente financiación por parte del Departamento de Derechos Sociales, ampliando la oferta de estos Programas, con sus correspondientes Cualificaciones y Unidades de competencia.

3. Referencia curricular del Módulo de Habilidades sociales y autonomía para la inserción sociolaboral.

La propuesta curricular coherente con el Programa para la enseñanza del módulo de Habilidades sociales y autonomía para la inserción sociolaboral al alumnado destinatario del mismo debe permitirle desarrollar determinadas capacidades y adquirir ciertos aprendizajes cuya ausencia o falta de dominio puede afectar directamente a sus posibilidades de desarrollo personal para la inserción sociolaboral.

a) Finalidades.

Esta propuesta de currículo se orienta hacia las siguientes finalidades:

–Entrenar en habilidades de comunicación, utilizando vías eficaces, transmitiendo la información o conocimientos adecuados y respetando la autonomía y competencia de las personas con las que interactúan.

–Promover habilidades de autonomía personal y social.

–Desarrollar estrategias para la inserción sociolaboral.

Este planteamiento hará posible un mejor conocimiento del alumno en lo relativo a sus habilidades comunicativas y de autonomía personal y social previas y permitirá una mejor incorporación a la sociedad de acogida y al mercado laboral.

Así pues, se hace necesario concretar algunas de las dimensiones curriculares básicas que permitan, al Técnico superior responsable del módulo, planificar y programar una enseñanza eficaz orientada a facilitar a este alumnado la adquisición de las habilidades sociales y el nivel de autonomía adecuado para su inserción sociolaboral en las mejores condiciones posibles.

b) Objetivos generales.

Los objetivos generales identifican el conjunto de dimensiones sobre las que deberá configurarse la práctica educativa:

–Implementar estrategias y técnicas para favorecer la comunicación y relación social con su entorno, relacionándolas con los principios de la inteligencia emocional y social.

–Desarrollar estrategias de gestión de conflictos y resolución de problemas seleccionándolas en función de las características del contexto.

–Entrenar habilidades de autonomía personal y social.

–Adquirir habilidades de la vida diaria, correspondientes a las diferentes fases del proceso de promoción de autonomía.

–Utilizar estrategias, técnicas e instrumentos de inserción sociolaboral.

–Adquirir las habilidades sociales y habilidades de autonomía personal y social, que les permitan la incorporación sociolaboral.

c) Principios metodológicos.

Este módulo aporta la dimensión de competencia comunicativa, la formación necesaria para el entrenamiento de habilidades de autonomía personal, social y laboral, para lo que requiere una metodología activa. La importancia de la adquisición de las habilidades sociales necesarias para interactuar adecuadamente con otras personas, adaptando su comportamiento a las características de las mismas y del contexto, requiere un trabajo centrado en lo procedimental (saber hacer) y actitudinal (saber ser), dando respuesta a la función de la competencia social del alumnado en el ámbito de sus relaciones interpersonales y a la función de gestión de conflictos, y a promover el desarrollo de habilidades de autonomía personal y social para su inserción sociolaboral.

Por ello, el carácter de este módulo es eminentemente experiencial: los contenidos (saber) son apoyo, pero están supeditados a lo procedimental y actitudinal.

d) Principios para la evaluación.

En cuanto a la evaluación, es importante evaluar la adquisición de competencias transversales que le permitan alcanzar los objetivos generales de este módulo. Para ello es fundamental evaluar los aspectos actitudinales.

La evaluación comprenderá la evaluación inicial para conocer las competencias del alumnado en el momento de partida, la continua y formativa para analizar los logros alcanzados a lo largo del proceso, así como para detectar y corregir las dificultades encontradas para establecer modificaciones, y la evaluación final para comprobar los objetivos alcanzados.

e) Contenidos-Bloques temáticos.

Tienen como objetivo el aprendizaje de habilidades comunicativas y la adquisición de autonomía personal y social que contribuyan a la integración sociolaboral del alumnado.

Los ámbitos en que se estructura el módulo con sus correspondientes descriptores, son los siguientes:

–Estrategias y técnicas de relación social y comunicación: Comprender el proceso dinámico de la comunicación. La comunicación como proceso circular. Canales y filtros. / Adquirir las habilidades sociales básicas del proceso de comunicación interpersonal: escucha activa y respuesta empática. La inteligencia emocional.

–Entrenamiento de habilidades de autonomía personal y social: Desarrollar la autonomía personal. Autonomía, dependencia y autodeterminación. / Conocer las alteraciones emocionales y conductuales, y necesidades psicológicas asociadas a la pérdida de autonomía. / Adquirir habilidades de autonomía personal y social.

–Habilidades de la vida diaria: Ejecutar las diferentes habilidades de la vida diaria. / Desarrollar técnicas de entrenamiento de habilidades de la vida diaria: habilidades de autocuidado y de organización de la vida cotidiana. / Implementar la alfabetización tecnológica. / Adaptarse al entorno.

–Entrenamiento en habilidades sociolaborales: Desarrollar habilidades de autonomía personal para la inserción sociolaboral. / Adquirir habilidades elementales de comportamiento en el puesto de trabajo. / Entrenar la búsqueda activa de empleo.

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