BOLETÍN Nº 253 - 27 de diciembre de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 164/2019, de 2 de diciembre, del Director General de Educación, por la que se procede a la extinción de la autorización del Centro Privado de Primer Ciclo de Educación Infantil “Cinco Sentidos”, de Ansoáin, por cese de actividades.

Visto el expediente para su supresión, iniciado de oficio ante el cese de actividades del Centro Privado de Primer Ciclo de Educación Infantil “Cinco Sentidos” de Ansoáin.

Visto el informe favorable emitido por la inspección del centro en el que se pone de manifiesto que el centro se encuentra cerrado y sin señal alguna de actividad educativa, y que, además, ha sido imposible contactar con el titular del mismo.

En virtud de lo establecido por el artículo 30 del Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo, por el que se regula el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Foral de Navarra y se establecen los requisitos que deben cumplir los centros que lo imparten, así como los contenidos educativos del mismo.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 32.1 d) de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y a propuesta del Servicio de Inspección Educativa,

RESUELVO:

1.º Declarar la extinción de la autorización por cese de actividades y dar de baja en el Registro de Centros Docentes no Universitarios del Gobierno de Navarra al centro privado cuyos datos registrales se relacionan a continuación:

–Código de centro: 31013689.

–Titular: Guardería Cinco Sentidos, S.L.

–Denominación Genérica: Centro Privado de Primer Ciclo de Educación Infantil.

–Denominación Específica: Guardería Cinco Sentidos.

–Domicilio: Calle Larrazko, número 93, bajo, Parque Empresarial.

–Localidad: Ansoáin.

–Municipio: Ansoáin.

–Enseñanzas autorizadas: Primer ciclo de Educación Infantil según los contenidos educativos establecidos para Navarra por el anexo del Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo, que el centro ofertaba en el tramo de edad de 0 a 3 años.

–Composición jurídica: 1 unidad con una capacidad máxima de 8 alumnos para niños de menos de 1 año de edad, 2 unidades con una capacidad máxima de 12 alumnos para cada una para niños de 1 año a 2 años y 1 unidad con una capacidad máxima de 12 alumnos para niños de 2 a 3 años, con lo que el centro disponía de una capacidad total para 44 puestos escolares.

2.º Notificar la presente resolución al titular del centro, indicando que contra la presente resolución puede interponerse recurso de alzada ante la Consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

3.º Trasladar la presente resolución al Servicio de Inspección Educativa; a la Sección de 0 a 3 y Escuelas Rurales y a la de Centros Escolares, Financiación y Ayudas al Estudio; al Registro de Centros Docentes no Universitarios del Gobierno de Navarra, y al Negociado de Gestión de la Información Escolar.

4.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 2 de diciembre de 2019.–El Director General de Educación, Gil Sevillano González.

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