BOLETÍN Nº 251 - 24 de diciembre de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 62/2019, de 12 de diciembre, de la Directora General de Transportes, por la que se aprueban las tarifas de los servicios interurbanos de taxi.

Mediante Resolución 1093/2018, de 5 de diciembre, del Director General de Obras Públicas, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 249, de 28 de diciembre de 2018, se aprobaron las tarifas de los servicios interurbanos de taxi, actualmente en vigor.

Con fecha 16 de septiembre de 2019, don Francisco José Asín Pérez, en representación de la Asociación Independiente de Taxistas Auto-patronos de Navarra (AITAN) presentó una instancia en el Registro General Electrónico de esta Administración solicitando la actualización de las tarifas del servicio interurbano de taxi para 2020, tomando como referencia el dato del Índice de Precios al Consumo (IPC) interanual de agosto de 2019, y su repercusión en todos los conceptos y franjas horarias.

Asimismo, solicita, dado el auge actual del ciclo-turismo en Navarra y la demanda del servicio de taxi por el colectivo de ciclo-turistas para realizar sus traslados, la aplicación, fuera de taxímetro, de un suplemento de 5 euros por cada bicicleta de adulto transportada en trayectos interurbanos.

El artículo 40.2 de la Ley Foral 9/2005, de 6 de julio, del Taxi, establece que corresponde al Departamento competente en materia de transportes la aprobación del régimen tarifario aplicable a los servicios interurbanos de taxi, previa audiencia de las asociaciones profesionales representativas del sector del taxi y de los consumidores y usuarios.

El Servicio de Planificación y Régimen Jurídico de Transportes considera adecuada la actualización de las tarifas para el año 2020 mediante el incremento del IPC interanual de agosto de 2019, que asciende al 0,9%, por lo que propone las siguientes tarifas máximas para los servicios interurbanos de taxi:

–Kilómetro recorrido: 0,61 euros.

–Hora de espera: 16,86 euros.

–Mínimo de percepción: 3,29 euros.

Los periodos de espera se computarán por fracciones de quince minutos a razón de 4,21 euros cada fracción.

En los servicios nocturnos prestados desde las 22:00 horas hasta las 7:00 horas en días laborables, así como entre las 0:00 horas y las 24:00 horas en sábados y festivos, se aumenta el importe de la tarifa en un 25% sobre la tarifa diurna en día laborable.

A su vez, el Servicio de Planificación y Régimen Jurídico de Transportes propone que se consideren como festivos, además de los establecidos en la Resolución 117/2019, de 10 de mayo, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2020 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, los días 5 de enero, 24 de diciembre y 31 de diciembre, desde las 18:00 horas.

Si las tarifas se prorrogasen para futuros años, el calendario de días considerados festivos se obtendría de la resolución dictada referente a los días festivos oficiales de cada año.

Se considera adecuada la aplicación, fuera de taxímetro, de un suplemento de 5 euros por cada bicicleta de adulto transportada en trayectos interurbanos, debiendo entregarse a la persona usuaria del servicio el recibo correspondiente a dicho suplemento.

El Servicio de Planificación y Régimen Jurídico de Transportes informa que se ha dado trámite de audiencia a las asociaciones profesionales del sector del taxi y de los consumidores y usuarios, en cumplimiento del citado artículo 40.2 de la Ley Foral 9/2005, del 6 de julio, del Taxi.

En consecuencia, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 32.1.d) de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y de conformidad con el artículo 40.2 de la Ley 9/2005, de 6 de julio, del Taxi y con lo propuesto por el Servicio de Planificación y Régimen Jurídico de Transportes,

RESUELVO:

1.º Establecer que los servicios interurbanos de taxi se realizarán con sujeción a las siguientes tarifas máximas:

–Los días laborales en horario diurno (de 07:00 a 22:00 horas):

  • Kilómetro recorrido: 0,61 euros.
  • Hora de espera: 16,86 euros.
  • Mínimo de percepción: 3,29 euros.

Los periodos de espera se computarán por fracciones de quince minutos a razón de 4,21 euros cada fracción.

–Los días laborables en horario nocturno (entre las 22:00 horas y las 7:00 horas) así como los sábados y festivos (entre las 0:00 horas y las 24:00 horas) se aumentará el importe de las tarifas en un 25% sobre la tarifa del día laborable en horario diurno.

A estos efectos, además de los establecidos como festivos en la Resolución 117/2019, de 10 de mayo, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2020 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra (Boletín Oficial de Navarra número 105, de 31 de mayo de 2019) se considerarán festivos los días 5 de enero, 24 de diciembre y 31 de diciembre desde las 18:00 horas.

Si las tarifas se prorrogaran para futuros años, el calendario de días considerados festivos se obtendría de la resolución dictada referente a los días festivos oficiales de cada año.

2.º Establecer que estas tarifas serán de aplicación desde el 1 de enero de 2020 a todos los servicios interurbanos de taxi realizados al amparo de autorizaciones para la prestación de servicios interurbanos de taxi otorgadas por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, excepto a los servicios interurbanos realizados por los titulares de las licencias de taxi pertenecientes al Área Territorial de Prestación Conjunta del Taxi en la Comarca de Pamplona quienes aplicarán las tarifas urbanas aprobadas, sin suplementos, cuando circulen por el interior del Área.

3.º Aprobar la aplicación, fuera de taxímetro, de un suplemento de 5 euros por cada bicicleta de adulto transportada en servicios interurbanos, debiendo entregarse a la persona usuaria del servicio el recibo correspondiente a dicho suplemento.

4.º Determinar que los vehículos a los que afecta la presente Resolución irán provistos de los oportunos cuadros de tarifas, que deberán ser visados por la Dirección General de Transportes.

El cuadro de tarifas vigente deberá exponerse en el interior del vehículo en lugar fácilmente visible para el usuario.

5.º Notificar esta Resolución al Servicio de Planificación y Régimen Jurídico de Transportes, al Servicio de Inspección, Gestión, Ordenación de Transportes y Movilidad, a la Asociación Teletaxi-San Fermín, a la Asociación de Taxistas de Tudela, a la Asociación Independiente de Taxistas Auto-patronos de Navarra (AITAN), a Ecotaxi, a la Asociación A.T.E. Taxistas Estella San Andrés y a la Asociación de Consumidores y Usuarios de Navarra Irache.

6.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

7.º Señalar que contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Cohesión Territorial, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación.

Las Administraciones Públicas, cuando sean interesadas en el expediente, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 12 de diciembre de 2019.–La Directora General de Transportes, Berta Miranda Ordobás.

Código del anuncio: F1916223