BOLETÍN Nº 209 - 22 de octubre de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 106E/2019, de 1 de octubre, del Director General de Medio Ambiente, por la que se concede la Autorización de Afecciones Ambientales al Proyecto Instalación de fibra óptica entre Cordovilla y Esquíroz, en el término municipal de Galar, promovido por Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

Con fecha 12/07/2019 ha tenido entrada en el Servicio de Territorio y Paisaje, la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales del expediente arriba citado. Dicho expediente se incluye en el Anejo 2C epígrafe M) Instalaciones de comunicación, del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo de Intervención para la protección ambiental.

El Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre establece en el artículo 36 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales.

El artículo 31.2 de dicho Decreto Foral, establece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 del Decreto Foral legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

La actuación proyectada tiene por objeto comunicar con tendido de fibra óptica la ST Cordovilla (3006-T) y la STR Esquíroz (4667-T), enganchando el cable de fibra óptica a los apoyos existentes de la línea eléctrica de 66 kv “3006-62-Cordovilla- Potasas”. Se inicia con un tramo aéreo de 770 m entre la ST Cordovilla (3006-T) y el apoyo número 5, luego un tramo subterráneo de 396 m entre los apoyos número 5 y número 7 mediante canalización existente y acaba con un tramo aéreo de 2746 m entre el apoyo número 7 y la STR Esquíroz (4667-T). Se hace necesario sustituir seis apoyos con números 3, 8, 9, 10, 14 y 15. El proyecto inicia en la ST Cordovilla, cruza la carretera PA-31 junto a la conexión con la PA-32, durante casi 700 m discurre por el norte de la A 15, va por tramo subterráneo de 396 m al sur de los altos de Cordovilla, cruza la A-15 hacia su lado sur, discurre por el norte del aeropuerto de Noain, cruza la carretera NA 6001 Esquíroz-Imarcoain, cruza el río Elorz, atraviesa la localidad de Esquíroz por el lado oeste, cruza la PA-36 Acceso al polígono comarca II, discurre por el este del polígono comarca II, hasta finalizar en la STR Esquíroz que se ubica dentro de dicho polígono.

El área de proyecto no corresponde con zona de protección para las aves según el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión. Se procederá, no obstante, con respecto a lo reglamentado por el Decreto Foral 129/1991, de 4 de abril, por el que se establecen normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas con objeto de proteger a la avifauna.

La Sección de Estrategia y Ordenación del Territorio informa que la actuación solicitada tiene la consideración de actividad permitida conforme al artículo 110.2 a) del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por lo que no requiere de autorización de actividad en suelo no urbanizable. La Sección de Impacto Ambiental y Paisaje informa favorablemente.

Vistos los informes obrantes en el expediente, y en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y por el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019, de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 96/2019, de 14 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

RESUELVO:

1.º Conceder la Autorización de Afecciones Ambientales al Proyecto Instalación de fibra óptica entre Cordovilla y Esquíroz, en el término municipal de Galar, promovido por Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

2.º La presente Autorización estará sujeta a la aplicación de las siguientes medidas:

–Para los aisladores de amarre de los nuevos apoyos, deberá utilizarse un modelo de aislador que respete la distancia de 70 cm entre elemento conductor y zona de posada.

–Se procederá a la recogida del terreno de todos los apoyos que sean sustituidos.

–Los materiales excedentes o residuos generados deberán ser gestionados adecuadamente según su naturaleza.

3.º La Autorización de Afecciones Ambientales del Proyecto estará supeditada a la constitución de una fianza por importe de 3.000 euros para garantizar la restauración o minimización de daños que pudieran ocasionarse por la actividad autorizada.

4.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

5.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º Trasladar la presente Resolución al Ayuntamiento de la Cendea de Galar, a la Sección de Guarderío (unidad de coordinación de Pamplona) y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 1 de octubre de 2019.–El Director General de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

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