4. Procedimientos Judiciales
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE NAVARRA
SALA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Procedimiento ordinario 498/2017
Virginia Arias López de Lacalle, Letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.
Hago saber: que en el Recurso contencioso-administrativo, Procedimiento ordinario número 498/2017 seguido ante esta Sala, se dictó sentencia número 428/2018, de 19 de diciembre de 2018; resolución, que ha quedado firme, cuyo encabezamiento y fallo, es del tenor literal siguiente:
“Sentencia 428/2018.
Iltmos. Sr. Presidente don Francisco Javier Pueyo Calleja. Magistrados: doña María Jesús Azcona Labiano y doña Ana Irurita Díez de Ulzurrun.
Pamplona, a diecinueve de diciembre de 2018.
Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 498/2017, promovido contra la Orden Foral 35E/2017 (Boletín Oficial de Navarra 190 de 2 de octubre de 2017) de la Consejera de Relaciones ciudadanas e institucionales por la que se autoriza un gasto de 30.000 euros y se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones a Centros de investigación para la realización de investigaciones de carácter científico y recopilaciones documentales acerca de hechos violentos provocados por grupos de extrema derecha o funcionarios públicos en Navarra y para el año 2017, siendo en ello partes: como recurrente la Delegación del Gobierno en Navarra, representado y dirigido por el señor Abogado del Estado y como demandado el Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales del Gobierno de Navarra, representado y dirigido por el señor Asesor Jurídico Letrado del Gobierno de Navarra; señor Larumbe y contra La Universidad del Pais Vasco, representada y defendida por la letrada señora Blasco Cueva;
Fallamos:
Que debemos estimar y estimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Delegación del Gobierno en Navarra frente a la Orden Foral 35E/2017, de 12 de septiembre, de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Instituciones de Gobierno de Navarra que se anula por no ser conforme a derecho.
Con costas a las demandadas.”
Y para su publicación en el Boletín Oficial del Navarra, conforme a lo establecido en Artículo 72.2; 107.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, expido y firmo el presente.
Pamplona, 2 de septiembre de 2019.–La Letrada de la Administración de Justicia de la Sala, Virginia Arias López de Lacalle.
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