2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
VILLAFRANCA
Delegación de funciones de alcaldía
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre), el 21 de junio de 2019, la alcaldía ha dictado la presente Resolución:
Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes competencias:
1. El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado, disponer gastos a partir de 40.000 euros, ordenar pagos y rendir cuentas a partir de este importe, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
2. Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas.
3. Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
4. La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando el alcalde sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto, a partir de 40.000 euros cuando se trate de proyectos y contratos de obras y a partir de 15.000 euros en los contratos de suministros y servicios.
Villafranca, 5 de julio de 2019.–La Alcaldesa-Presidente, M. Carmen Segura Moreno.
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