BOLETÍN Nº 115 - 14 de junio de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BERRIOZAR

Extracto de ayudas para alimentación en el colegio publico
de Berriozar curso 2019 2020. “Becas de comedor”

Nota: El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index). BDNS (Identificación): 456935.

–Objeto y finalidad:

La presente convocatoria tiene por objeto establecer el procedimiento para la concesión de ayudas económicas para alimentación en los colegios públicos Mendialdea 1 y 2, durante el curso escolar 2019/2020, conocidas como “becas de comedor”.

–Plazo y lugar de presentación de las solicitudes:

Las personas interesadas deberán presentar la solicitud cumplimentada en la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base (calle Kaleberri, 12 de Berriozar) que deberá ajustarse al modelo normalizado que se le facilitará.

El plazo de presentación de solicitudes tendrá lugar entre los días 17 de junio y 5 de julio de 2019, ambos inclusive, en el siguiente horario, lunes a jueves de 9.00 a 14.00 horas, y viernes de 9.00 a 12.00 horas.

–Requisitos:

Podrán solicitar las presentes ayudas municipales las unidades familiares que reúnan los siguientes requisitos:

a) Hallarse empadronadas y tener vecindad efectiva en Berriozar desde el momento de la solicitud. Deberá hallarse empadronada en Berriozar el alumno destinatario de la ayuda, y por lo menos uno de los progenitores, o tutores legales en su caso.

b) Que los menores estén escolarizados en los colegios públicos de Berriozar.

c) Haber solicitado las ayudas existentes para el mismo concepto en otros ámbitos de la Administración (Gobierno de Navarra).

d) Estar al corriente de cualquier tipo de obligación de carácter municipal en el momento previo a la concesión de la subvención o ayuda. En caso de que el beneficiario resulte con deudas municipales pendientes, se le otorgará un plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la concesión de la ayuda a fin de que pueda ponerse al corriente de las mismas.

e) Contar con unos rendimientos anuales de la unidad familiar inferiores a los establecidos según el siguiente criterio:

Se sumaran la casilla 507 de la declaración de la renta (base liquidable de la parte general) más la casilla 529 (rentas exentas), en base a ello se calculara la renta de la unidad familiar a efectos de esta ayuda. También se determinará la renta per capita a efectos de esta ayuda, que se obtendrá de dividir dicha cantidad por el número de miembros integrantes de la unidad familiar.

–Documentación a presentar:

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

La solicitud cumplimentada y ajustada al modelo normalizado que se facilitará por la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base, en la que se deberá incluir entre los demás datos una dirección de correo electrónico. Las comunicaciones que se realicen en el correo electrónico designado por la persona solicitante tendrán plenos efectos notificatorios desde el momento de su emisión.

Copia de la declaración de la renta del año anterior (renta del ejercicio 2018, declaración que se presenta en la campaña de renta de 2019).

Fotocopia cotejada con el original del libro de familia con todos sus componentes, o, en su defecto, documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento. Se comprobara de oficio la inscripción padronal.

Separación o divorcio. Se acreditaran de la siguiente manera:

1) En la separación de hecho, se deberá presentar, o bien documento notarial, o fotocopia cotejada con el original de justificantes de interposición de demanda u otros documentos que avalen dicha situación.

2) Si la separación fuera legal o divorcio, deberá presentarse fotocopias cotejadas con los originales de las sentencias judiciales que determine la misma.

En caso de existencia de hijo/a no matrimonial reconocido por el padre, deberá de presentarse fotocopia cotejada con el original de medidas de guarda y custodia y pensión de alimentos. En su defecto, justificación de interposición de demanda u otros documentos que avalen dicha situación.

Certificado de discapacidad en caso de que exista algún miembro de la unidad familiar con reconocimiento de discapacidad igual o superior al 33%.

El Ayuntamiento comprobará de oficio el empadronamiento. Se comprobará de oficio la situación de la deuda y las obligaciones con el Ayuntamiento en el momento previo a la concesión de la ayuda.

Berriozar, 22 de mayo de 2019.–El Alcade, Raúl Maiza González.

Código del anuncio: L1907053