BOLETÍN Nº 126 - 2 de julio de 2018

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

TUDELA

Convocatoria para la constitución de dos relaciones de aspirantes al desempeño del puesto de trabajo de Ingeniero/a Superior de Caminos, Canales y Puertos o equivalente (asimilado al nivel/grupo A), una para la formación y otra para la contratación temporal

Mediante Resolución de Alcaldía número 790/2018, de 1 de junio, se aprobó la convocatoria y bases para la constitución de una relación de aspirantes a la contratación temporal de Ingeniero/a Superior (asimilado al Nivel/Grupo A), en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Tudela, durante dos años posteriores a la constitución de la misma.

La presente convocatoria se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto en la normativa que resulte de aplicación y a lo establecido en las siguientes

BASES

I.–Naturaleza y características de la plaza convocada al efecto.

1.–Naturaleza: Personal contratado con carácter temporal/Personal en situación de servicios especiales para la formación.

2.–Denominación: Ingeniero/a Superior (asimilado a Nivel/Grupo A).

3.–Ubicación en la estructura Orgánica: Área de Ordenación del Territorio (Urbanismo, Oficina Técnica y Sanidad).

4.–Funciones o tareas a desempeñar:

Las funciones a desempeñar por la persona que sea designada titular de la plaza comprenderán todas aquellas tareas encaminadas a responsabilizarse de los estudios, informes y asesoramiento técnico propios de su ámbito de competencia, en materia de obras públicas, y más en concreto, a modo de resumen, se relacionan como más significativas:

–Redactar proyectos propios relacionados con su competencia profesional, en general obras de urbanización y similares, incluidas infraestructuras de abastecimiento, saneamiento y alumbrado.

–Dirigir la contratación de obra pública que le haya sido asignada (urbanización, saneamiento, agua, movimientos de tierras, viales, etc.) redactando en su caso los pliegos de condiciones y proyectos técnicos/presupuestos que se le encomienden, así como la valoración técnica de las propuestas presentadas.

–Dirigir las obras públicas asignadas y realizar la comprobación y ejecución de mediciones y certificaciones de las obras correspondientes, al objeto de garantizar la finalización de las obras conforme a criterios establecidos (plazo, calidad, coste, seguridad, etc.).

–Supervisar y coordinar aquellas obras públicas que hayan sido contratadas a terceros y realizar la comprobación y ejecución de mediciones y certificaciones de las obras correspondientes, al objeto de garantizar la finalización de las obras conforme a criterios establecidos (plazo, calidad, coste, seguridad, etc.).

–Llevar a cabo la redacción de estudios de seguridad y/o estudios básicos de Seguridad y Salud Laboral para los proyectos que se redacten.

–Emitir actas de replanteo, confeccionar y mantener actualizados los libros de órdenes e incidencias, realizar liquidaciones, actas de recepción (provisional y definitiva), etc.

II.–Convocatoria para la constitución de una relación de aspirantes a la contratación temporal como Ingeniero/a Superior, al servicio del M.I. Ayuntamiento de Tudela.

1.–Objeto.

Esta convocatoria tiene por objeto la constitución, mediante oposición, de una relación de aspirantes a la contratación temporal para el desempeño del puesto de trabajo de Ingeniero/a Superior, con la finalidad de dar cobertura a las necesidades que se produzcan en el M.I. Ayuntamiento de Tudela.

2.–Requisitos de los aspirantes.

2.1.–Las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

A) Tener nacionalidad española, la de otro estado miembro de la Unión Europea o la de cualquiera de los Estados a los que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge o pareja de hecho (legalmente constituida) de los/las españoles/as y de los/las nacionales de los países anteriormente citados, siempre que no esté separado de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre, asimismo, que ambos cónyuges no estén separados de derecho y sean estos descendientes menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

B) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

C) Estar en posesión del título de Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes (resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención). En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

D) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

E) No hallarse inhabilitadas ni suspendidas para el desempeño de las funciones públicas, y no haber sido separadas del servicio de una Administración Pública.

2.2.–Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

2.3.–Los anteriores requisitos deberán ser acreditados documentalmente por las personas aspirantes que resulten seleccionadas y contratadas, en el momento que se les indique, con anterioridad a la formalización de los contratos. La acreditación será mediante copia compulsada. Quienes no presenten dichos documentos, salvo causas de fuerza mayor suficientemente justificadas, no podrán ser contratados/as, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

2.4.–El cumplimiento de todos los requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.

3.–Desarrollo y valoración del proceso selectivo.

El proceso de selección se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en las normas comunes a las dos convocatorias aprobadas en la presente Resolución de Alcaldía y que se detallan en el apartado IV.

4.–Llamamiento de aspirantes a la contratación temporal.

Las personas aspirantes aprobadas podrán ser llamadas, de conformidad con las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Tudela, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases; Criterios para la contratación temporal del personal al servicio del M.I. Ayuntamiento de Tudela y sus organismos autónomos, aprobados mediante acuerdo de Pleno de fecha 29 de noviembre de 2004 (publicados en Boletín Oficial de Navarra número 10, de fecha 24 de enero de 2005); y demás normativa vigente.

Las personas aspirantes seleccionadas serán contratadas con carácter temporal por el Ayuntamiento de Tudela, al amparo de lo regulado al respecto en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de Estatuto del Personal.

al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y demás normativa de aplicación, siendo dados de alta y afiliados al régimen General de la Seguridad Social.

III.–Convocatoria para la constitución de una relación de aspirantes a la formación como Ingeniero/a Superior al servicio del M.I. Ayuntamiento de Tudela.

1.–Objeto.

Esta convocatoria tiene por objeto la constitución, mediante oposición, de una relación de aspirantes para el desempeño, en situación de servicios especiales para la formación, del puesto de trabajo de Ingeniero/a Superior, con la finalidad de dar cobertura a las necesidades que se produzcan en el M.I. Ayuntamiento de Tudela.

2.–Requisitos de las personas aspirantes.

2.1.–Las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

A) Tener la condición de personal fijo al servicio de este Ayuntamiento y sus organismos autónomos y estar encuadrado en los niveles B, C, D o E.

B) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

C) Estar en posesión del título de Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes (resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención). En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.2.–El requisito de titulación exigido en el apartado 2.1.C) de esta base, deberá ser acreditado documentalmente por las personas aspirantes seleccionados en el momento que se les indique al efecto.

Quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación, de quienes no presenten dichos documentos, salvo causas de fuerza mayor suficientemente justificadas.

2.3.–El cumplimiento de todos los requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de desempeño temporal del puesto de trabajo convocado.

3.–Desarrollo y valoración del proceso selectivo.

El proceso de selección se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en las normas comunes a las dos convocatorias aprobadas en la presente Resolución de Alcaldía y que se detallan en el apartado IV.

4.–Llamamiento de aspirantes en formación.

Las personas aspirantes aprobadas podrán ser llamadas, de conformidad con las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Tudela, según lo establecido en las presentes bases; Criterios para la contratación temporal del personal al servicio del M.I. Ayuntamiento de Tudela y sus organismos autónomos, aprobados mediante acuerdo de Pleno de fecha 29 de noviembre de 2004 (Boletín Oficial de Navarra número 10, de 24 de enero de 2005).

Las personas aspirantes seleccionadas serán declaradas en situación de servicios especiales de conformidad con lo establecido en dicho acuerdo de Pleno, Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y demás normativa de aplicación.

IV.–Normas comunes a las dos convocatorias.

1.–Instancias.

1.1.–Las instancias de solicitud para participar en el proceso selectivo de la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Tudela (Plaza Vieja, número 1 o C/ El Frontón, número 1, o mediante cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación en Boletín Oficial de Navarra. Si el último día de plazo fuere inhábil se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

En caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

1.2.–Las instancias deberán ajustarse a los modelos que figuran en el anexo III (para aspirantes a contratación temporal) y anexo IV (para aspirantes a la formación en situación de servicios especiales) de la presente convocatoria, que serán facilitadas por el Servicio de Atención Ciudadana (S.A.C.), sito en Plaza Vieja, número 1 ó en oficinas de calle Escós Catalán, número 1, u obtenerlos a través de Internet, en la dirección Web www.tudela.es. En ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo para la presentación de instancias.

1.3.–Junto con la instancia de participación debidamente cumplimentada las personas aspirantes deberán aportar:

–Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

–Fotocopia compulsada de la titulación exigida.

1.4.–Las personas aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que estas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia de participación, expresando en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación de la condición legal de discapacitado/a, expedida por el órgano competente.

Se recuerda a las personas aspirantes que, en base a lo establecido mediante Disposición Adicional Séptima del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en las listas de aspirantes a la contratación temporal se reservará la primera de cada tres plazas para ser cubierta por las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 que se encuentren incluidas en la misma, siempre que hayan superado las correspondientes pruebas selectivas y que acrediten la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

1.5.–El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

1.6.–Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición de las personas interesadas.

2.–Admisión de aspirantes.

2.1.–Listas de admisión y exclusión.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el señor Alcalde-Presidente del M.I. Ayuntamiento de Tudela dictará la correspondiente Resolución aprobando la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas, y ordenará su publicación en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial (plaza Vieja, número 1) y en Internet en la dirección Web www.tudela.es. De existir alguna exclusión, se facilitarán 3 días hábiles para la subsanación de errores y, posteriormente, se publicará la lista definitiva de admisiones y exclusiones en los mismos soportes ya indicados, así como en Boletín Oficial de Navarra.

En caso de que no exista ninguna persona excluida se aprobará directamente la relación de personas aspirantes admitidas como lista definitiva.

2.2.–El hecho de figurar en las relaciones de admisión no prejuzga que se reconozca la posesión de los requisitos exigidos en las convocatorias. Cuando del examen de la documentación que deben presentar las personas aspirantes o de la que obra en poder de la Administración, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos, las personas interesadas decaerán en todos los derechos en que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria.

3.–Tribunal calificador.

3.1.–El Tribunal calificador estará compuesto de los siguientes miembros:

Presidente: Daniel López Córdoba, Concejal del Ayuntamiento de Tudela.

Presidenta suplente: Olga Risueño Molina, Concejal del Ayuntamiento de Tudela.

Vocal: Juan Pablo Galán García, Arquitecto Municipal del Ayuntamiento de Tudela.

Vocal-suplente: Amaya Pardo Huguet, Directora del Área de Ordenación del Territorio del Ayuntamiento de Tudela.

Vocal: Carlos Carrascal González, Ingeniero Superior de la Mancomunidad de Pamplona.

Vocal-suplente: Álvaro Martínez Reguera, Ingeniero Superior de la Mancomunidad de Pamplona.

Vocal: Rosa Domínguez Berges, representante de la Junta de Personal del Ayuntamiento de Tudela.

Vocal suplente: M.ª Cruz Pérez Omeñaca, representante de la Junta de Personal del Ayuntamiento de Tudela.

Secretaria: Miriam Mendoza Jiménez, Técnica Superior de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Tudela.

Secretaria suplente: Rosa Ferrer García,(Licenciada en Derecho del Ayuntamiento de Tudela.

3.2.–Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal Calificador cuando concurran las circunstancias anteriormente aludidas (artículo 24 de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre).

3.3.–El Tribunal Calificador deberá constituirse con anterioridad a la celebración de las pruebas y, a continuación, fijará fecha, hora y lugar de inicio de dichas pruebas, lo que será objeto de publicación con la debida antelación. El Tribunal no podrá actuar ni constituirse sin la asistencia de, al menos, la mayoría de absoluta de sus miembros. Asimismo, para la válida constitución y actuaciones del Tribunal se requerirá la presencia de Presidencia y Secretaría o, en su caso, de quienes les sustituyan.

3.4.–El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

3.5.–El Tribunal podrá incorporar asesoramiento especialista para todas o alguna de las pruebas. Las personas que realicen dicho asesoramiento se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquéllas.

4.–Sistema selectivo: Oposición.

4.1.–El proceso selectivo para las dos convocatorias aprobadas por la presente Resolución de Alcaldía se llevará a cabo mediante oposición, y constará de los siguientes ejercicios:

–Primer ejercicio: De carácter teórico-práctico. Consistirá en responder por escrito a un cuestionario de 30 preguntas, con varias alternativas de respuesta, siendo sólo una de ellas válida, acerca de las materias contenidas en el temario que figura en el Anexo II de la convocatoria. Penalizarán los errores. El tiempo máximo de que se dispondrá los aspirantes para la realización del primer ejercicio es de 1 hora.

–Segundo ejercicio: De carácter práctico. Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos planteados por el Tribunal calificador, acerca de las materias contenidas en el temario que figura en el Anexo II de la convocatoria. El tiempo máximo de que se dispondrá para la realización del segundo ejercicio es de 3 horas.

–Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de pruebas psicotécnicas, cuyo objetivo es la determinación del grado de adecuación de los aspirantes a las exigencias del perfil profesiográfico del puesto de trabajo objeto de la convocatoria. Se realizará con asistencia del servicio de Psicología del Instituto Navarro de Administración Pública.

4.2.–La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 120 puntos, distribuidos del siguiente modo:

Primer ejercicio: Hasta 30 puntos.

Segundo ejercicio: Hasta 70 puntos.

Tercer ejercicio: Hasta 20 puntos.

4.3.–Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminadas las personas aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima asignada a cada ejercicio.

4.4.–Los ejercicios primero y segundo se llevarán a cabo mediante el sistema de plicas, salvo decisión del tribunal calificador respecto al segundo ejercicio, que podrá optar porque, después de realizado, sea mediante lectura pública.

4.5.–El Tribunal podrá disponer que los ejercicios primero y segundo se realicen en una única sesión. Si así fuera, ambos ejercicios se realizarán de forma conjunta, procediendo a corregir, en primer lugar, la parte tipo test y, en segundo lugar, la parte de supuestos prácticos correspondiente a ejercicios tipo test que hayan resultado aprobados. No se procederá a corregir la parte de supuestos prácticos de plicas con la parte tipo test suspensa.

4.6.–Terminada la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Casa consistorial la lista de personas aspirantes aprobadas con las calificaciones obtenidas y, asimismo, indicará lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas. La relación mencionada podrá igualmente se consultada en la Web www.tudela.es, desde la reseña de la convocatoria en ofertas de empleo.

4.7.–La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que las personas aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o permisos de conducir (o documento que el Tribunal estime suficiente para acreditar la identidad de cada aspirante), quedando excluidas de la oposición las personas aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados.

4.8.–Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para las personas aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

4.9.–La calificación final o valoración final será la que resulte de sumar las puntuaciones de los todos los ejercicios.

5.–Relación de aprobados y llamamiento.

5.1.–Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública de forma separada en el Tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en la página Web municipal:

–Relación de aspirantes a la contratación temporal, por orden de puntuación obtenida.

–Relación de aspirantes a la formación, por orden de puntuación obtenida.

5.2.–Los empates en la puntuación que pudieran producirse entre las personas aspirantes aprobadas de cada una de las relaciones se resolverán de acuerdo con el criterio regulado en el Acuerdo plenario de 29 de noviembre de 2004 (publicado en Boletín Oficial de Navarra número 10 de 24 de enero de 2005), por la puntuación de mayor ponderación del conjunto de la prueba y, si persistiere el empate, éste se resolverá mediante sorteo público.

5.3.–El Tribunal calificador remitirá posteriormente a Alcaldía las dos relaciones resultantes del proceso selectivo, una para la contratación temporal y otra para la formación, a efectos de proceder al llamamiento en orden a dar cobertura a las necesidades que se produzcan en el M.I. Ayuntamiento de Tudela.

6.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

A) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

B) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

C) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Tudela, 30 de mayo de 2018.–El Alcalde-Presidente, Eneko Larrarte Huget.

ANEXO II

Temario

Parte I (General).

1.–Reglamento Orgánico del M.I. Ayuntamiento de Tudela.

2.–Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Disposiciones Generales. De los interesados en el procedimiento: La capacidad de obrar y el concepto de interesado. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo: Iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución.

3.–Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Revisión de actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Recursos Administrativos.

4.–Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Disposiciones Generales. De los órganos de las Administraciones Públicas.

5.–Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Principios de la potestad sancionadora. De la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.

6.–Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos.

7.–Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Tudela.

Parte II (Específica).

8.–Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

9.–Estructura y contenido de un Pliego de Prescripciones Técnicas para la redacción de un proyecto de construcción de una obra lineal.

10.–Planificación de Obras: Procedimientos y organización de la Dirección de Obra para el seguimiento del control de calidad, económico, de plazos, de seguridad y salud y de las determinaciones de la D.I.A.

11.–Tipos de redes y criterios de cálculo de redes. Acometidas de agua a usuarios, dimensionamiento y diseño. Acometidas de incendios.

12.–Elementos de redes, ventosas, desagües, válvulas reguladoras de presión, registro. Criterios de diseño. Materias de redes, tipología. Criterios de uso corrosión de diferentes materiales. Protecciones.

13.–Conducciones de agua. Cálculo. Criterios de diseño. Tipología de materiales. Suelos. Salidas y entradas de aire. Criterios de cálculo. Desagües.

14.–Sistemas de información geográfica. Definición. Componentes de un SIG. Modelo Cartográfico. Tipos. Aplicaciones. Sistemas de información territorial. Diferencias respecto a un SIG. Implantación. El SITNA, características y funciones.

15.–Seguridad y salud en el sector de las Obras Publicas. Normativa vigente. Estudios de Seguridad y Salud en las obras de construcción: Objeto, contenido. Planes de Seguridad y Salud en el trabajo.

16.–Real Decreto 1027/2007 por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.

17.–Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.

18.–Código Técnico de Edificación: DB SI: Seguridad en caso de incendio.

19.–Código Técnico de Edificación: DB SUA: Seguridad de utilización y accesibilidad.

20.–Código Técnico de Edificación: DB HR: Protección frente al ruido.

21.–Código Técnico de Edificación: DB HS: Salubridad.

22.–El sector eléctrico. Generación y distribución. La política de seguridad industrial. Alta y Baja tensión. Normativa aplicable. Revisiones periódicas de instalaciones de Baja Tensión.

23.–Coste de la energía eléctrica. Tarifas de alta y baja tensión. Gestión y ahorro energético.

24.–Magnitudes y unidades fotométricas. Flujo luminoso. Eficacia luminosa. Iluminancia. Luminancia. Lámparas y tipos de lámparas. Equipos auxiliares y de eficiencia energética. Características fotométricas y clasificación de las luminarias de alumbrado público.

25.–Instalaciones de alumbrado público: cimentaciones, arquetas y canalizaciones. Criterios de diseño. Cálculos eléctricos y luminotécnicos. Proyectos, materiales y unidades de obra. Ejecución y recepción de las instalaciones. Criterios de explotación de las instalaciones de alumbrado público. Mantenimiento y conservación.

Nota: Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la presente convocatoria, sin perjuicio de que el Tribunal pueda valorar adicionalmente la aportación de las modificaciones normativas que hubieran sido aprobadas con posterioridad a dicha fecha.

ANEXO III

Modelo de instancia para aspirantes a contratación temporal (PDF).

ANEXO IV

Modelo de instancia para aspirantes a la formación en situación de servicios especiales (PDF).

Código del anuncio: L1807613