BOLETÍN Nº 13 - 19 de enero de 2017

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

ESTERIBAR

Convocatoria para la provisión temporal,
mediante concurso-oposición, de un puesto de trabajo
de Encargado de Servicio Múltiples con conocimientos de euskera

Por Resolución de Alcaldía número 377/2016, de fecha 16 de diciembre, ha sido aprobada la convocatoria para la provisión temporal, mediante concurso-oposición, de un puesto de trabajo de Encargado de Servicio Múltiples con conocimientos de euskera en el Ayuntamiento de Esteribar.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de Ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

Esteribar, 16 de diciembre de 2016.–El Alcalde, Mikel Gastesi Zabaleta.

BASES

Base 1.–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, de un puesto de trabajo temporal de Encargado de Servicio Múltiples con conocimientos de euskera en el Ayuntamiento de Esteribar.

1.2. La duración del contrato, que tendrá carácter administrativo, será hasta cobertura definitiva de plaza o amortización de plaza.

El contrato tendrá un periodo de prueba de dos meses, transcurrido el cual y, si a juicio del órgano competente, no resultase apto para el desempeño de las funciones que le sean asignadas, se considerará resuelto el contrato.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel C establecidos en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y Reglamento Provisional de Retribuciones y los complementos que se contemplan en la plantilla orgánica del Ayuntamiento, y se le dará de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

1.4. El régimen de jornada de trabajo será completa y se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

1.5. El puesto de trabajo tiene perfil lingüístico preceptivo en euskera: Nivel: oral B2 y escrito B1.

1.6. La persona que resulte nombrada en virtud de esta convocatoria, desempeñará las funciones y trabajos adecuados a su nivel y categoría y a los estudios exigidos en la convocatoria, y específicamente los siguientes:

–Coordinación, planificación y seguimiento del equipo de trabajo de servicios múltiples, responsabilizándose de la eficiencia de los recursos humanos y materiales asignados. Organización y planificación del personal a su cargo.

–El designado organizará y desempeñará tareas de albañilería, fontanería, electricidad, control en el tratamiento y abastecimiento de agua, jardinería, pintura, carpintería, mantenimiento de edificios, infraestructuras y zonas verdes municipales, así como realizar labores de apoyo en otras áreas cuando sea preciso.

–Gestión y coordinación con servicios externos y coordinación de sus trabajos cuando sea necesario.

–Previsión y realización compra de material o utensilios o contratación de servicios tras el visto favorable del órgano competente, así como control de estas compras.

–Realización de pequeñas memorias, escritos y propuestas relacionadas con puesto de trabajo.

–Responsabilidad del control, inventario y mantenimiento de material, utensilios, vehículos y resto de maquinaria.

–Seguimiento y control de deficiencias, averías y desperfectos detectados en las infraestructuras, dependencias y equipamientos municipales incluso realizando propuestas y presupuestos concretos.

–Cumplir y hacer cumplir con las normas de seguridad e higiene, utilizando correctamente los equipos de protección apropiados para cada una de las tareas que se realicen.

–Fomentar y colaborar en la mejora de servicios proponiendo cuantas acciones y modificaciones contribuyan a dicha mejora.

–Conocer y aplicar las normas, procedimientos y especificaciones establecidas para la realización de su trabajo.

–Adecuarse a las exigencias que con carácter ocasional y en términos de flexibilidad horaria plante el cumplimiento del programa de trabajo establecido y las necesidades del servicio.

–Control de la revisión del correcto estado de las vías y espacios públicos, así como estado de inmuebles municipales proponiendo las necesarias tareas de mantenimiento y/o mejora.

–Control de diversas labores de apoyo y recados a los distintos servicios municipales: distribución y colocación de anuncios, bandos, publicidad municipal, bancos, traslado de documentos, transporte de enseres y traslado de personas.

–Vigilancia del término municipal en cuanto a ordenación del tráfico, estacionamiento, ocupación de la vía pública.

–Labores de mantenimiento de las instalaciones y edificios municipales, caminos y demás bienes del Ayuntamiento que consistan en diversas funciones que, sin precisar una especialización concreta, exijan un cierto conocimiento o pericia del oficio.

–Asistencia (o coordinación de la asistencia) a urgencias e imprevistos ineludibles fuera del horario laboral habitual.

–Prestación de servicios municipales de cualquier tipo y cualesquiera otras labores que le sean encomendadas por la Alcaldía o el Pleno, todas ellas en el ámbito de su competencia y dentro de su nivel y categoría.

–Fomentar la cultura energética y la aplicación de criterios medioambientales en la coordinación de trabajos de mantenimiento y reparación o sustitución de equipos, siendo la reducción del consumo energético y el aprovechamiento sostenible de los recursos medioambientales un objetivo constante a perseguir.

–Controlar mensualmente los consumos energéticos de las instalaciones públicas (electricidad, gas, gasoil, agua) proponiendo medidas para reducir los mismos.

–Control mensual de las instalaciones potabilizadoras del Ayuntamiento de Esteribar.

–Encargado de labores de control de prevención de riesgos laborales.

–Control de los contratos de suministro y de obras menores, estudio de presupuestos y control de los gastos en la ejecución de tales contratos.

–Cualesquiera otras labores de carácter municipal que, acomodadas a su categoría, le sean encomendadas.

–Y en general en todo aquello que el Ayuntamiento le requiera y que entre dentro del ámbito de su capacitación profesional.

1.7. La plaza podrá ser declarada desierta por el Tribunal cuando éste considere que ninguno/a de los/la aspirante reúne los conocimientos, aptitudes y preparación adecuadas para el desempeño del puesto de trabajo.

Base 2.–Requisitos de los/las aspirantes.

2.1. Para ser admitidos en este concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad.

b) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

c) Hallarse en posesión de la titulación que habilite para el cometido del puesto: como mínimo, del título de Bachillerato, Formación Profesional de 2.º grado o equivalente a alguno de los anteriores o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

f) Estar en posesión del carné de conducir, al menos de categoría B.

2.2. Salvo lo establecido en la base tercera, los requisitos anteriores deberán ser acreditados por el aspirante aprobado que obtenga la plaza, en el plazo y forma previstos en la base 9 de la convocatoria. Su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el proceso de selección y hasta el momento de la contratación.

Base 3.–Instancias: presentación de solicitudes.

3.1. Las Instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Esteribar, en el plazo de 30 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. A las solicitudes, que deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo I, se acompañarán los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia, que se presentará acompañada del original para su compulsa, del título exigido o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

c) Documentos originales o copias autentificadas acreditativos de los méritos alegados para la fase de concurso.

d) Fotocopia compulsada del carné de conducir, al menos de categoría B, del aspirante.

3.2. Las personas con minusvalías podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, en cuyo caso deberán indicar en la instancia la minusvalía que padecen y la adaptación solicitada.

3.3. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

Base 4.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde del Ayuntamiento de Esteribar dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Alcalde del Ayuntamiento de Esteribar dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. En la misma resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

Base 5.–Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: El Alcalde del Ayuntamiento de Esteribar, Mikel Gastesi Zabaleta.

–Suplente: Concejal/a en quien delegue.

Vocal 1.º: Concejal del Ayuntamiento de Esteribar, Jose Ramón Darias Barbarin.

–Suplente: Concejal/a en quien delegue.

Vocal 2.º: Jose Andrés Iriarte Diez.

–Suplente: Concejal/a en quien delegue.

Vocal 3.º: Encargado de Servicios Múltiples del Ayuntamiento de Huarte, Jorge Camino Unzu.

–Suplente: Persona en quien delegue.

Vocal 4.º: Arquitecto municipal, David Gomez Urrutia.

–Suplente: Arquitecto municipal, Rafael Calderon Aristu.

Vocal 5.º: Edurne Crespo Montes, trabajadora del Ayuntamiento de Esteribar.

–Suplente: Un trabajador/a del Ayuntamiento de Esteribar.

Secretaria: La Secretaria del Ayuntamiento de Esteribar, Miren Sanz de Galdeano Martinez de Eulate o persona en quien delegue.

5.2. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su válida constitución y actuación, la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá, por mayoría, todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las Bases de la convocatoria.

5.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas. Dichos Asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquéllas.

Base 6.–Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición, en la forma indicada en las presentes bases.

6.2. La fase de oposición dará comienzo en la fecha, hora y lugar que se anuncie con la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. Posteriormente, el Tribunal hará públicos oportunamente los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en los tablones de edictos municipales.

6.3. La valoración global máxima del concurso-oposición será de 100 puntos, correspondiendo 20 puntos a la fase de concurso y 80 puntos a la fase de oposición.

Base 7.–Fase de concurso.

7.1. La fase de concurso, sin carácter eliminatorio, tendrá una puntuación máxima de 20 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

A. Experiencia profesional (máximo 15 puntos):

a.1. Por cada año de servicios prestado en Ayuntamientos como servicios múltiples o encargado u otros puestos relacionados con el puesto (nivel C): 2,5 puntos hasta un máximo de 15 puntos.

a.2. Por cada año de servicios prestado en Ayuntamientos como servicios múltiples o encargado u otros puestos relacionados con el puesto (nivel D): 2 puntos hasta un máximo de 15 puntos.

a.3. Por cada año de servicios prestado en la Administración Pública relacionados con el puesto: 1 punto hasta un máximo de 8 puntos.

B. Formación complementaria (5 puntos):

b.1. Por titulación universitaria (licenciatura o diplomatura) en especialidades relacionadas con las funciones del puesto: 3 puntos como máximo 3 puntos.

b.2. Por FPII o equivalente en especialidades relacionadas con las funciones del puesto: (2 puntos) como máximo 2 puntos.

b.3. Por FPI o equivalente en especialidades relacionadas con las funciones del puesto: (1 punto) como máximo 1 punto.

b.4. Formación relacionada con las funciones del puesto de más de 30 horas: 0,10 puntos hasta un máximo de 3 puntos.

Para el cómputo de los méritos previstos en los apartados anteriores, acreditados por certificados de la Administración Pública donde trabajó el concursante, o la empresa privada legalmente constituida, se tendrán en cuenta los servicios prestados tanto en régimen laboral, eventual o fijo, como administrativo, interino o en propiedad, o como socio de un grupo personas o empresa que prestaron dichos servicios para las Administraciones Públicas.

Cuando el tiempo de experiencia acreditado no complete anualidades enteras, se obtendrá la correspondiente proporcionalidad, que se calculará por mensualidades completas y se considerarán solo aquellos casos que como mínimo acrediten una mensualidad completa por contrato.

Para el caso, que la jornada no sea completa también se calculará conforme a la proporcionalidad que corresponda.

Los documentos donde se acrediten la prestación de servicios deberán indicar expresamente si aquella lo fue a jornada completa o reducida y en éste último caso, el alcance de la misma.

7.2. Al término de la fase de concurso, se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Esteribar la puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes.

Base 8.–Fase de oposición.

8.1. La fase de oposición tendrá una puntuación máxima será de 80 puntos y constará de los siguientes ejercicios:

–Primer ejercicio: Teórico (eliminatorio). Consistirá en contestar un test relacionado con el puesto de trabajo, sobre materias de las relacionadas en el Anexo II. La puntuación máxima de este ejercicio será de 15 puntos, debiendo alcanzar un mínimo de 7,5 puntos para aprobar este ejercicio, quedando eliminados los aspirantes que no la obtengan.

–Segundo ejercicio: Informática (eliminatorio). Consistirá en realizar diversas pruebas de índole práctico relacionadas con el puesto de trabajo, sobre conocimiento de ofimática bajo entorno de Windows: Office 2007 (Word, Excel) y Outlook. La puntuación máxima de este ejercicio será de 5 puntos, debiendo alcanzar un mínimo de 2,5 en el total de las pruebas para aprobar este ejercicio, quedando eliminados los aspirantes que no la obtengan.

–Tercero ejercicio: Práctico (eliminatorio). Consistirá en realizar diversas pruebas de índole práctico en uno a varios días, relacionados con el puesto de trabajo, sobre materias de las relacionadas en el Anexo II, (a modo de ejemplo: albañilería, fontanería, electricidad, tratamiento de aguas, jardinería). La puntuación máxima de este ejercicio será de 35 puntos, debiendo alcanzar un mínimo del 50% en cada una de las pruebas para aprobar este ejercicio, quedando eliminados los aspirantes que no la obtengan.

–Cuarto ejercicio: Teórico-práctico (eliminatorio). Consistirá en la redacción por escrito de un supuesto práctico consistente en la elaboración de un diagnóstico de necesidades en relación con este puesto y sus funciones en el contexto de un municipio compuesto por Concejos como es Esteribar. La defensa de este ejercicio se hará ante el tribunal, el cual podrá formular al aspirante las preguntas relacionadas con el ejercicio que estime oportunas. La puntuación máxima de este ejercicio será de 25 puntos, debiendo alcanzar un mínimo de 12,5 puntos para aprobar este ejercicio, quedando eliminados los aspirantes que no la obtengan.

8.2. Una vez terminado cada ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, la fecha y lugar de celebración del siguiente ejercicio.

Las pruebas se realizarán mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir con el Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no compareciesen a las mismas, quedarán eliminados.

Base 9.–Relación de aprobados y propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

9.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal confeccionará una lista de aprobados, ordenados de mayor a menor puntuación, sumando las calificaciones conseguidas por cada aspirante en la fase de concurso y en la fase de oposición y la publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Esteribar.

9.2. El Tribunal elevará al Alcalde del Ayuntamiento de Esteribar propuesta de nombramiento en favor del aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación, siendo aquella de carácter vinculante. Dicha propuesta será publicada en el Boletín Oficial de Navarra.

9.3. Dentro de los quince días naturales siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá aportar en el Registro General del Ayuntamiento, los siguientes documentos:

1.–Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

2.–Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de las funciones propias del cargo. En el caso de que el aspirante hubiera alegado una minusvalía, deberá aportar una acreditación de la misma y de su compatibilidad con el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competente.

9.4. Si el aspirante designado, dentro del plazo indicado, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados, no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.

9.5. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Presidente cubrirá el puesto de trabajo con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere la Base 9.1., procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

Base 10.–Formalización de contrato.

10.1. Concluido el procedimiento selectivo y aportados por el aspirante los documentos a que se refiere la base 9.3. se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo.

Base 11.–La lista definitiva.

La lista definitiva de puntuación que superen como mínimo la prueba teórica de todas las personas candidatas podrá ser usada para contrataciones eventuales, por razones de acumulación de tareas, bajas, vacaciones o causa sobrevenida, necesidades puntuales de reforzar los servicios municipales, para lo que en ese supuesto se adecuará la contratación al puesto de trabajo de que se trate.

El funcionamiento de la bolsa se determinará por el Ayuntamiento de Esteribar con carácter previo al inicio de las pruebas.

Base 12.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos dictados en su aplicación, cabe interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra, comunicando previamente al órgano autor del mismo la intención de recurrir, o bien,

b) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra, o bien,

c) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor de este acuerdo o acto de aplicación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación de este acuerdo o acto de aplicación que se recurra.

ANEXO I

Modelo de instancia(PDF).

ANEXO II

Temario

1.–Municipio de Esteribar: Denominación y ubicación de los concejos y de los núcleos de población.

2.–Documentos administrativos. El oficio, la instancia, el certificado, el acta, el bando, el traslado de acuerdos. La notificación de los actos administrativos. Plazos y formas.

3.–Contratos de las Entidades Locales de Navarra. Ley Foral 6/2006: Disposiciones generales. Clases de contratos administrativos. Actuaciones administrativas preparatorias. Procedimiento y formas de adjudicación.

4.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de herramientas básicas de electricidad (destornilladores, tijeras, alicates, tipos de llaves, sierras, taladro portátil).

5.–Cuadros de distribución en edificios, interruptor de control de potencia, magneto térmica y diferencial.

6.–Circuitos de alumbrado básico y fluorescente: Interruptores, conmutadores, bases de enchufe, lámparas, cebadores y reactancias.

7.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de herramientas básicas de fontanería.

8.–Mantenimiento de instalaciones de fontanería y calefacción: Sanitarios, griferías, cisternas, sifones, circuitos de calefacción, llenado y purgado de aire en los circuitos, salas de calderas y elementos singulares de las mismas.

9.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de herramientas básicas de carpintero (martillos, sierras, formones, taladro eléctrico, y accesorios: lijas, colas).

10.–Operaciones básicas de carpintería: Ajustes de puertas y ventanas, cerraduras, bombines y persianas.

11.–Instalaciones de alumbrado público. Centros de mando, protecciones y dispositivos de control. Distribución de los soportes de alumbrado. Tipos de luminarias de exterior, sus características.

12.–Instalaciones interiores. Equipos de medida. Interruptores de control de potencia. Interruptores diferenciales. Instalaciones básicas de una oficina (cuadro, canalizaciones, conductores y mecanismos).

13.–Conceptos fundamentales en los que se basa la distribución de energía eléctrica.

14.–Funcionamiento de cloradores.

15.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de productos y herramientas básicas de jardinería y monte (desbrozadora, cortacésped, hacha, motosierra). Limpieza de calles y plazas y riego de zonas verdes.

16.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de productos y herramientas de limpieza y pintura (diferentes tipos de pinturas y barnices, brocha, rodillo) así como gestión de residuos.

17.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de productos y herramientas básicas de albañilería. Obras de conservación de los bienes públicos. Lectura e interpretación de planos. Replanteo de obras y reparaciones municipales.

18.–Conocimientos en materia de gestión energética, medida de consumos energéticos, recogida de datos, cálculo de ahorros energéticos, planteamiento de mejoras, uso de criterios medioambientales en la compra de equipos e instalaciones.

19.–Nociones básicas de gestión forestal integral, concretamente silvicultura, infraestructuras recreativas, ganadería extensiva y sistemas de información geográfica.

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