BOLETÍN Nº 152 - 6 de agosto de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MEANO

Creación de ficheros de datos de carácter personal

La Junta Concejil de Meano, en sesión celebrada el día 24 de junio de 2015, adoptó el acuerdo que se transcribe a continuación, sobre creación de ficheros de datos de carácter personal:

La LOPD tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar. Es de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado.

De este modo cualquier persona, empresa o entidad que recoja, almacene o trate datos de carácter personal deberá cumplir con una serie de obligaciones o medidas que se regulan en la LOPD y el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica.

En este sentido, el artículo 9 de la LEY 15/99 establece la obligación para el responsable de ficheros o los encargados de tratamientos de “adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén expuestos ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural”.

El artículo 20 LOPD establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o diario oficial correspondiente.

Las disposiciones de creación o de modificación de ficheros deberán indicar:

–La finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo.

–Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos.

–El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.

–La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo.

–Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros.

–Los órganos de las Administraciones responsables del fichero.

–Los servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

–Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible.

En las disposiciones que se dicten para la supresión de los ficheros se establecerá el destino de los mismos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción.

El Concejo de Meano es responsable de unos ficheros con datos de carácter personal necesarios para el cumplimiento de las funciones que tiene encomendadas como entidad local.

La necesidad de proceder a adecuar tales ficheros a la legislación en materia de protección de datos, comenzando por la creación de los mismos mediante disposición general, es el motivo de la aprobación del presente acuerdo.

Atendido lo anterior, la Junta del Concejo de Meano,

ACUERDA:

Primero.–Aprobar la creación de los siguientes ficheros, cuya descripción y características se describen a continuación:

1.–Contabilidad pública:

–Finalidad y usos previstos: Llevar la contabilidad del Concejo.

–Origen de los datos y procedimiento de recogida: De los propios interesados, a través de la documentación contable.

–Personas o colectivos afectados: terceros que mantienen relación económica con el Concejo en el ejercicio contable.

–Estructura básica del fichero:

  • Datos identificativos: Nombre y apellidos, dirección, NIF, teléfono.
  • Datos económicos, financieros y de seguros.
  • Daos de transacciones de bienes y servicios.

–Sistema de tratamiento utilizado: mixto, aplicación de gestión contable y soporte papel.

–Comunicaciones de datos: al Gobierno de Navarra (Departamento Administración Local), Cámara de Comptos e interesados legítimos.

–Órgano responsable: Concejo de Meano.

–Servicio ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Concejo de Meano

–Nivel de seguridad: Básico.

2.–Obras:

–Finalidad y usos previstos: Concesión de las licencias de obras realizadas en el Concejo de Meano.

–Origen de los datos y procedimiento de recogida: los datos proceden de los propios interesados, mediante solicitud de licencia.

–Personas o colectivos afectados: solicitantes de licencia de obras.

–Estructura básica del fichero:

  • Datos identificativos: Nombre y apellidos, dirección, NIF, teléfono, firma.
  • Datos de circunstancias sociales.

–Sistema de tratamiento utilizado: Soporte papel

–Comunicaciones de datos: no Se dan.

–Órgano responsable: Concejo de Meano.

–Servicio ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Concejo de Meano.

–Nivel de seguridad: Básico.

Segundo.–Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, disponiendo la inscripción de los ficheros indicados, en el Registro correspondiente de la Agencia Española de Protección de Datos.

Meano, 15 de julio de 2015.–La Presidenta, Seila Domaica Ruiz de Azua.

Código del anuncio: L1510359