BOLETÍN Nº 136 - 15 de julio de 2015

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

RESOLUCIÓN 1066/2015, de 7 de mayo, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se modifica la Resolución 809/2013, de 19 de abril, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se ejecuta la Sentencia número 580, de 8 de octubre de 2012, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, dimanante del procedimiento ordinario número 161/2011, promovido por doña Rosa María Garrido Díaz.

Mediante la Resolución citada en el encabezamiento, se procedió a la ejecución de la sentencia firme número 580, de 8 de octubre de 2012, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, dimanante del procedimiento ordinario número 161/2011. En dicha Resolución se establecía el nombramiento de la interesada como funcionaria en prácticas el 1 de septiembre de 2013, la realización de las prácticas durante el curso 2013/2014 y, en caso de superarlas, su nombramiento como funcionaria de carrera con fecha 1 de septiembre de 2011.

Con motivo de la aplicación del artículo 20 del Real Decreto-Ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y creación de empleo, se ha producido la situación que se pasa a describir en relación con personal docente que, en ejecución de sentencia, ha sido nombrado funcionario en prácticas con posterioridad al 1 de enero de 2011, cuando en realidad debió serlo con anterioridad.

Como es sabido, el artículo 20.1 del Real Decreto-Ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y creación de empleo, establece que “con efectos de 1 de enero de 2011 y vigencia indefinida, el personal que se relaciona en el artículo 2.1 del Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, excepción hecha del comprendido en la letra i), estará obligatoriamente incluido, a los exclusivos efectos de lo dispuesto en dicha norma y en sus disposiciones de desarrollo, en el Régimen General de la Seguridad Social siempre que el acceso a la condición de que se trate se produzca a partir de aquélla fecha.”

En Navarra se han convocado procesos selectivos de ingreso a la función pública docente con anterioridad a la entrada en vigor del citado artículo, de modo que preveían el nombramiento como funcionario en prácticas en fechas anteriores al 1 de enero de 2011, por lo que quienes accedieron a los cuerpos docentes tras superar esas convocatorias, no les ha sido de aplicación tal previsión, continuando incluidos en el Régimen de Clases Pasivas.

No obstante, en esos procesos selectivos ha habido casos, como el presente, en los que el ingreso se ha producido en ejecución de sentencia, por lo que el nombramiento como funcionario en prácticas, incluso la realización de las mismas, ha tenido lugar en fecha posterior, si bien, el nombramiento como funcionario de carrera ha tenido efectos retroactivos al momento en que sus compañeros de oposición fueron nombrados funcionarios de carrera, con anterioridad al 1 de enero de 2011.

La interesada no debe ver modificada su situación respecto de quienes superaron el proceso selectivo sin necesidad de acudir a los tribunales de justicia, de modo que su régimen de previsión social, en lo que a jubilación se refiere, debe ser el Régimen de Clases Pasivas del Estado, siempre que la fecha del nombramiento como funcionario en prácticas prevista en el proceso selectivo fuera anterior al 1 de enero de 2011. Así se deduce de lo informes de septiembre de 2011 y marzo de 2013 de la Subdirección General de Ordenación Normativa y Recursos, de los que consta copia en el expediente.

Por lo tanto, procede modificar la Resolución 809/2013, de 19 de abril, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, en el sentido de que en la misma conste que la fecha de efectos económicos y administrativos del nombramiento como funcionaria en prácticas de doña Rosa María Garrido Díaz, es el 1 de septiembre de 2010.

Por lo expuesto, en virtud de las facultades delegadas por Resolución 15/2011, de 3 de agosto, del Director General de Recursos Educativos del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Modificar el apartado 1.º de la Resolución 809/2013, de 19 de abril, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, que queda redactado como sigue:

“1.º Dar cumplimiento en sus propios términos a la Sentencia número 580, de 8 de octubre de 2012, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, dimanante del procedimiento ordinario número 161/2011, promovido por doña Rosa María Garrido Díaz, y en consecuencia:

A.–Incluir a doña Rosa María Garrido Díaz en la lista de aspirantes seleccionados, de la especialidad de Orientación Educativa (castellano), con una puntuación total del concurso-oposición de 7,5473 puntos, correspondiente a la convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, aprobada por Resolución 2470/2009, de 14 de diciembre, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación.

B.–Nombrar a doña Rosa María Garrido Díaz funcionaria en prácticas, con efectos económicos y administrativos de 1 de septiembre de 2010, significando que deberá realizar la fase de prácticas durante el curso 2013-2014 en el destino que elija en el acto público que a tal efecto se celebre, entre los puestos vacantes o sustituciones de carácter temporal del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de Orientación Educativa (castellano) o, en su caso, de especialidades análogas.

En caso de superar la fase de prácticas, se procederá a su nombramiento como funcionaria de carrera, retrotrayendo los efectos de dicho nombramiento a fecha 1 de septiembre de 2011, a fin de equiparar su situación a la del resto de aspirantes que superaron el procedimiento selectivo de ingreso convocado por la Resolución 2470/2009, de 14 de diciembre, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación.”

2.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Trasladar la presente Resolución a la Secretaría General Técnica, al Servicio de Recursos Económicos, al Servicio de Inspección Educativa a la Sección de Convocatorias del Servicio de Recursos Humanos, al Negociado de Plantilla de Personal, a la Tesorería General de la Seguridad Social, a Clases Pasivas del Estado, a la Mutualidad General de Funcionarios de la Administración Civil del Estado y a la interesada, significando a esta última que contra esta Resolución, puede interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Pamplona, 7 de mayo de 2015.–La Directora del Servicio de Recursos Humanos, Begoña Unzué Vela.

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