BOLETÍN Nº 94 - 20 de mayo de 2013

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BURLADA

Patronato de Cultura y Fiestas del Ayuntamiento de Burlada
Ayudas de colaboración con entidades culturales de Burlada
para la realización de actividades artísticas y culturales 2013

De conformidad con la Ordenanza reguladora de las Subvenciones del M.I. Ayuntamiento de Burlada, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 84, de fecha 4 de mayo de 2012, se anuncia la Convocatoria de Ayudas a entidades culturales para el ejercicio de 2013.

1.–Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto apoyar económicamente las actividades culturales que estén relacionadas con la danza, la música, el teatro, las artes plásticas, las fiestas y celebraciones tradicionales y otras análogas de naturaleza cultural o artística en la localidad de Burlada.

Quedan excluidas de la presente convocatoria:

–Los aperitivos, chocolatadas, comida y actividades similares.

–Los campamentos, estancias y viajes.

Para hacer frente a los compromisos de esta convocatoria se autorizan los créditos presupuestarios consignados en la partida 4513-48201, convocatoria ordinaria de subvenciones, quedando la convocatoria siempre supeditada a la existencia de la correspondiente consignación presupuestaria.

2.–Requisitos.

Los beneficiarios de estas ayudas deberán reunir los siguientes requisitos.

a) Ser una Asociación sin ánimo de lucro.

b) Ser una Asociación legalmente constituida antes del 1 de enero del 2013.

c) Tener domicilio social y fiscal en Burlada.

d) No podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas entidades en las que concurra algunas de las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

3.–Plazo y lugar de presentación.

3.1. Las bases podrán recogerse en la Casa de Cultura una vez aprobadas en Junta de Patronato y publicadas en el Boletín Oficial de Navarra. A partir de este momento también estarán a disposición de los interesados en la Web del Ayuntamiento www.burlada.es.

Los miembros del Patronato Municipal de Cultura y Fiestas serán informados por los medios habituales.

3.2. las solicitudes se podrán presentar en dos plazos:

Primer plazo: hasta el viernes 28 de junio.

Segundo plazo: hasta el jueves 31 de octubre.

3.3. Las solicitudes se presentarán en la Casa de Cultura de Burlada, calle Ronda de las Ventas, 1.

4.–Documentación.

4.1. Las solicitudes de ayuda se presentarán conforme al modelo de solicitud recogido en el Anexo I de esta convocatoria.

4.2. Junto a la solicitud (Anexo I) deberán presentarse los siguientes documentos:

4.2.a) Un ejemplar de sus Estatutos. Si se ha participado en anteriores convocatorias no será necesario, excepto en el caso de que los estatutos hayan sido modificados.

4.2.b) Fotocopia del CIF de la Asociación.

4.2.c) Programa detallado y presupuesto desglosado de la actividad conforme al modelo de solicitud recogido en el Anexo II de esta convocatoria. Se deberá cumplimentar la totalidad de los apartados de la ficha.

4.2.d) Certificado del representante de la entidad en el que se incluya la relación de las subvenciones que se hayan solicitado a otras entidades públicas o privadas para el desarrollo de la actividad. Se indicará si las solicitudes están pendientes de resolución o ya han sido resueltas; en cuyo caso se adjuntará copia de la resolución de concesión.

4.3. Si la solicitud de ayuda no reuniera los datos exigidos se requerirá que en el plazo de diez días se subsane, con indicación de que si no se hiciese se tendrá por desistida la petición.

5.–Comisión y criterios de valoración.

5.1. La Comisión de Valoración se compondrá en función de los criterios establecidos por el Alcalde del Ayuntamiento de Burlada, o por el Presidente del Patronato Municipal de Cultura y Fiestas en el caso de tener esta función delegada, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal reguladora de subvenciones. Estará compuesta por cinco miembros de la Junta de Patronato: dos representantes de los vocales concejales y dos representantes de los vocales vecinos, además del Presidente o persona en quién delegue. Se propiciará la rotación de los vocales que formen parte de la comisión en las diferentes convocatorias. No podrán formar parte de la misma los miembros de aquellas entidades que concurran a la convocatoria. También formará parte de la comisión el gerente del patronato Municipal de Cultura y Fiestas, con voz y sin voto.

Se comunicará a los miembros de la junta de patronato la convocatoria de las reuniones de la comisión de valoración para poder asistir a la misma, con voz y sin voto.

5.2. La Comisión tendrá en cuenta en su valoración:

–Trayectoria de la Asociación y actividades realizadas en los últimos 5 años (15 puntos).

–Calidad del programa (25 puntos).

–Coherencia entre los objetivos y las actividades propuestas (10 puntos).

–Impacto de la actividad en la ciudadanía (15 puntos).

–Viabilidad económica del programa (15 puntos).

–Capacidad de autofinanciación (10 puntos).

–Publicidad (10 puntos).

5.3. Será imprescindible cumplimentar todos los apartados de las fichas recogidas en el anexo II para poder valorar las peticiones recibidas.

6.–Concesión del importe de las subvenciones.

La cuantía máxima de las subvenciones concedidas será entendida como un porcentaje del presupuesto de la actividad y no excederá del 75% del coste. El importe de las subvenciones públicas o aportaciones privadas a una actividad determinada, no podrá superar el 100% del presupuesto aceptado; en otro caso, la subvención concedida conforme a esta convocatoria se reducirá en la cuantía que resulte necesaria para ajustarla a dicho presupuesto.

7.–Abono de las subvenciones.

7.1. El importe de las ayudas concedidas se abonará. al término del proyecto y previa su justificación, en la forma prevista en el apartado 8 de la convocatoria.

7.2. La concesión de una ayuda con cargo a un ejercicio económico determinado no significa la adquisición de derechos para la concesión de subvención en años sucesivos.

7.3. Notificada la concesión de la ayuda, si la Asociación no comunicara la renuncia a la misma de forma expresa y escrita en el plazo de quince días desde el siguiente a la notificación, se entenderá que la acepta y se compromete a desarrollar la actividad proyectada.

8.–Justificación de actividades.

8.1. Las Asociaciones presentarán en las oficinas de la Casa de Cultura, antes de las 14:00 horas del 22 de noviembre de 2013 –salvo que la actividad se realice con posterioridad a esa fecha, en cuyo caso el plazo de presentación finalizaría el 15 de enero de 2014– la siguiente documentación:

–Memoria de la actividad conforme al modelo de Justificación recogido en el Anexo III.

–Un ejemplar de todos los soportes de difusión que se hayan realizado.

–Facturas correspondientes, así como justificantes de pago de los gastos realizados. En las facturas se detallará: la entidad pagadora, fecha del gasto, concepto, importe y nombre de la empresa (D.N.I. o C.I.F.) sello y firma del expedidor. (de acuerdo con el Decreto Foral 205/2004, de 17 de mayo, que regulan las obligaciones de facturación).

–Justificación de pago de esas facturas en importe equivalente a la subvención recibida a esa fecha. El resto de justificantes de pago se presentarán, para su incorporación al expediente, en el plazo de 15 días naturales desde el abono por el ayuntamiento a la entidad, del 2.º plazo de la subvención concedida.

8.2. La no ejecución de la actividad subvencionada o la falta de justificación de la misma con la documentación señalada en los apartados anteriores y en los plazos indicados, dará lugar a la pérdida automática de la subvención concedida así como al reintegro de las cantidades abonadas en el primer plazo.

Se deberá justificar el total del gasto del presupuesto del programa aceptado. En el caso de que no se ejecute el programa en su totalidad, el importe de la subvención se reducirá en la parte proporcional a lo realmente ejecutado.

9.–Otras obligaciones de los beneficiarios.

9.1. Comunicar por escrito cualquier eventualidad en el desarrollo de la actividad subvencionada, en el momento en que aquella se produzca.

9.2. Mencionar en la documentación y propaganda impresa la colaboración del Patronato de Cultura y Fiestas del Ayuntamiento de Burlada, y en su caso, de la Casa de Cultura de Burlada, colocando los logotipos correspondientes que les serán facilitados.

El incumplimiento de alguna de las obligaciones prevista en estas bases supondrá la anulación de la ayuda o en su caso, la reducción en la parte proporcional a lo no justificado, pudiendo ello dar lugar a la devolución de la cantidad percibida inicialmente o a la reducción de la segunda parte de la subvención.

El concurrir a esta convocatoria implica aceptar las bases que la conforman.

Burlada, 6 de mayo de 2013.–El Presidente, Juan Carlos González Muñoz.

ANEXO I

Modelo de solicitud

Ayudas de colaboración con Agrupaciones Culturales de Burlada
para la realización de actividades artísticas y culturales 2013

Don/Doña .............................................., DNI/NIF ............. con domicilio en ................................ calle ............................. Código Postal ......... teléfono ................ Correo electrónico ............................... en nombre propio o en representación de (táchese lo que no proceda) .................. DNI/NIF .......... con domicilio en ............................ calle ............................... Código Postal .......... Correo electrónico .................................. teléfono ..................., fax ................

Convocatoria de subvenciones a entidades culturales y artísticas 2013.

Conforme a lo previsto en las bases reguladoras:

Declara no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 7 de la Ordenanza General de Subvenciones.

Autoriza al Ayuntamiento a facilitar los datos del solicitante a las entidades, organismos o particulares que tengan competencias relacionadas con el objeto de la convocatoria a la que concurren (SGAE, ...).

Adjunta la siguiente documentación (señalar con X).

Ficha de Actividad” (programa y plan de financiación, según indica el Punto 4.2.c) de las bases, Anexo II).

Documentación acreditativa exigida en los puntos 4.2.a), 4.2.b), y 4.2 d) de las bases.

N.º de cuenta corriente al que se tenga que realizar la transferencia.

SOLICITA:

–La concesión de las ayudas que correspondan para las actividades cuya documentación se adjunta.

En ................ a .......... de ................. 2013

Firma Fecha

ANEXO II

Ficha de actividad

(Cumplimentar una ficha por cada actividad para la que se solicita subvención).

Entidad organizadora:

Año de fundación:

Número de miembros en 2013:

Número de miembros en 2011:

Número de miembros en 2012:

Título de la actividad:

Breve explicación de las razones que justifiquen la actividad:

Descripción de la actividad:

Objetivos de la actividad:

Público al que se dirige (estimación del número de personas a las que llegará la actividad, realista y prudente)

Fecha de realización:

Lugar:

Difusión de la actividad (Especificar el tipo de publicidad que se va a hacer y si se usarán para nuevas tecnologías y en su caso cuales).

Plan de financiación:

GASTOS:

CONCEPTO

IMPORTE

TOTAL GASTOS

INGRESOS:

CONCEPTO

IMPORTE

TOTAL GASTOS

Firma Fecha

ANEXO III

Justificación subvención realización de actividades culturales

Memoria de las actividades que incluya el resumen y balance de Gastos e Ingresos.

ACTIVIDADES

FECHA, HORA Y LUGAR REALIZACIÓN

N.º DE PARTICIPANTES

Gastos de la actividad:

PROVEEDOR

NIF

CONCEPTO

N.º FACTURA

FECHA EMISIÓN

IMPORTE

Ingresos de la actividad:

ENTIDAD FINANCIADORA

IMPORTE

Valoración de la actividad:

Firma Fecha

Código del anuncio: L1306568