BOLETÍN Nº 7 - 11 de enero de 2013

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

PAMPLONA

Convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño,
mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de técnico de artes plásticas y patrimonio, en orden a la cobertura
de las necesidades que se produzcan
en el Ayuntamiento de Pamplona

El Director de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 28 de noviembre de 2012 aprobó la convocatoria de acuerdo con las siguientes:

BASES

1.-Se anuncia convocatoria para constituir, mediante pruebas de selección, una relación de aspirantes a desempeñar el puesto de Técnico de Artes Plásticas y Patrimonio, con el fin de dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Pamplona.

Esta relación de aspirantes a la contratación temporal tendrá carácter subsidiario respecto de cualquier otra relación de empleados fijos, existente o que se pueda constituir en el futuro, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril.

Asimismo quedará, en todo caso, supeditada a la inexistencia, en la última convocatoria pública, celebrada o a celebrarse, de personal que, habiendo superado pruebas selectivas para el ingreso como funcionarios o contratados laborales fijos para el puesto de trabajo de Técnico de Artes Plásticas y Patrimonio no hubiera obtenido plaza, dado que los aprobados sin plaza de estas convocatorias públicas gozan de un derecho preferente para la provisión temporal de puestos de trabajo.

2.-Requisitos de los participantes.

En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados afectados por los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, cuando no medie separación legal, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad establecida para la jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Bellas Artes, Filosofía, Historia, Historia del Arte, Humanidades, Historia y ciencias de la música, Teoría de la literatura y literatura comparada, Comunicación Audiovisual, Derecho, Economía, Pedagogía, Periodismo, Psicología, Publicidad y Relaciones Públicas y Sociología, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

El cumplimiento de los anteriores requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.

3.-Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria podrán presentarse en cualquiera de los Registros del Ayuntamiento de Pamplona, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las instancias deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo 1, que será facilitado en la Oficina de Atención Presencial del Ayuntamiento de Pamplona, calle Mayor, 2, pudiendo obtenerse también, a través de Internet, en la dirección www.pamplona.es, y desde el Boletín Oficial de su publicación.

En la instancia de participación, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Junto con la instancia de participación los aspirantes deberán aportar fotocopia del título exigido y del Documento Nacional de Identidad.

3.2. Los aspirantes con minusvalía deberán adjuntar a la instancia de participación, la acreditación de la condición de minusválido, expedida por órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y además, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas.

4.-Plazo de presentación de instancias.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

5.-Listas provisionales.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Área de Presidencia hará pública, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pamplona, trasera del Ayuntamiento, la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos.

A partir de dicha fecha y dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes, los aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.

6.-Listas definitivas.

Transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones y una vez resueltas las mismas, por Resolución del Director de Recursos Humanos se aprobarán las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y se harán públicas en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona, junto con la fecha y lugar de realización de las pruebas de selección previstas en la base octava de la presente convocatoria.

7.-Tribunal calificador.

7.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Fermín Javier Alonso Ibarra, Concejal Delegado de Educación y Cultura.

Vocal: Francisco Javier Briongos Ibáñez, Director Gerente de EPEL Castel Ruiz.

Vocal: Miguel López-Remiro Forcada, Director del Museo de Arte Contemporáneo de la Universidad de Navarra.

Vocal: Francisco Javier Zubiaur Carreño, Técnico superior del Museo de Navarra).

Vocal: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.

Vocal-Secretaria (sin voto): María Teresa Lasheras Balduz, Directora del Area de Educación y Cultura.

7.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Área de Presidencia, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Igualmente los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.

En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos.

7.3. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Asimismo, para la válida constitución y actuaciones del Tribunal se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario.

7.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

7.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para la prueba. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente a éstas.

8.-Desarrollo y valoración del proceso de selección.

8.1. La selección se llevará a cabo mediante la realización de las siguientes pruebas:

a) Primera prueba: consistirá en un examen teórico sobre un tema de cada una de las tres partes del Anexo 2 de la convocatoria. Se eligirán al azar dos temas de cada parte para que cada aspirante pueda elegir entre uno de ellos. La prueba se calificará con 45 puntos como máximo (15 para cada tema), quedando eliminados aquellos aspirantes que no alcancen, al menos, 8 puntos en cada uno de los temas. La duración máxima de la prueba será fijada por el Tribunal antes del comienzo de la misma.

b) Segunda prueba: consistirá en un supuesto teórico-práctico que será planteado por el Tribunal. La prueba se calificará con 55 puntos como máximo, quedando eliminados aquellos aspirantes que no alcancen, al menos, 30 puntos.

8.2. La convocatoria para las pruebas se realizará mediante llamamiento único al que los aspirantes deberán comparecer provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran quedarán eliminados.

8.3. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en su instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

9.-Relación de aprobados y llamamiento.

9.1. Terminada la calificación de la prueba, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pamplona y en el lugar de celebración de las pruebas, la relación de aprobados por orden de puntuación total obtenida y la remitirá al Director de Recursos Humanos para su aprobación, junto con el expediente completo del proceso selectivo.

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor del aspirante de mayor edad.

9.2. Los aspirantes aprobados podrán ser llamados, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Pamplona, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria, y demás normativa de aplicación.

9.3. Para el llamamiento, se tendrá en cuenta lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 3, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la redacción dada por la Ley Foral 16/2002, de 31 de mayo, por la que se regulan aspectos de acceso al empleo de las personas con discapacidad en la Comunidad Foral de Navarra.

9.4. Los contratados serán dados de alta y afiliados al Régimen General de la Seguridad Social, siendo, por tanto, de su cargo la cuota correspondiente, así como la retención del I.R.P.F. en las cuantías que procedan.

10.-Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguiente recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Pamplona, 28 de noviembre de 2012.-El Director de Recursos Humanos, Julio Sucunza Azcona.

ANEXO I

DON/DOÑA

D.N.I./CARTA DE IDENTIDAD

FECHA DE NACIMIENTO (Día, mes, año)

NACIONALIDAD

DOMICILIO ACTUAL (Calle, número, escalera, piso)

POBLACIÓN

CÓDIGO POSTAL

TELÉFONO MÓVIL

TELÉFONO FIJO

EXPONE:

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

[ ] Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

[ ] Que aporta documentación acreditativa de la condición de minusválido, expedida por organismo competente.

SOLICITA:

Ser admitido/a a la convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de Técnico de Artes Plásticas y Patrimonio, publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número ..., de fecha .............................

Protección de datos. En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de 13-XII-1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso, se utilizarán exclusivamente para el ejercicio de las competencias municipales en el procedimiento de selección y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos del Ayuntamiento de Pamplona, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General (Calle Mayor, 2. 31001-Pamplona).

Pamplona, ............... de .................................... de 20.....

(Firma)

ANEXO II

Parte 1

1. Política cultural: concepto y declaraciones internacionales. Principales acciones, ámbitos de actuación y grupos de incidencia. Interacciones con otras políticas territoriales.

2. Evolución de las políticas culturales europeas desde los años 60. La Unión Europea actual en relación con las artes, el patrimonio y la cultura.

3. Cultura y derechos culturales en la Constitución Española, en la legislación española y en la navarra. Competencias en materia de cultura de las diferentes administraciones públicas.

4. La acción cultural municipal: principales acciones, ámbitos de actuación, formas de intervención y grupos de incidencia. Interacciones y complementariedad con las actuaciones de otras entidades públicas y privadas.

5. Economía y cultura. La cultura como factor de desarrollo territorial. El papel de los servicios y actuaciones municipales de cultura.

6. Los equipamientos culturales de Pamplona (enumeración y descripción). Su papel en la política y la acción municipal de cultura.

7. Diseño de proyectos culturales públicos: fases y contenido de un proyecto cultural municipal.

8. Patrocinio y mecenazgo en la financiación de proyectos culturales municipales. El plan de patrocinio. Las ventajas fiscales. El caso concreto de las artes plásticas y visuales y el patrimonio.

Parte 2

9. La legislación española sobre patrimonio cultural y museos en particular, emanada del Gobierno central.

10. Legislación de la Comunidad Foral de Navarra en materia de patrimonio cultural y museos.

11. El museo y la colección pública: su papel en el ámbito de las artes plásticas y visuales. El caso de Navarra.

12. Las salas de exposiciones dependientes del Ayuntamiento de Pamplona. Infraestructura disponible, limitaciones y mejoras a introducir.

13. Comercio de obras de arte: principales ferias y galerías en el ámbito español, compra-venta, importación y exportación de bienes artísticos.

14. La propiedad intelectual y derechos de autor en el ámbito de las artes plásticas, visuales y del patrimonio en general en la legislación española.

15. Tipos de exposiciones y montajes requeridos.

16. La seguridad en las salas de exposiciones. Medidas para garantizarla. Requerimientos ambientales.

Parte 3

17. Panorama actual de las artes plásticas y visuales. Tendencias dominantes en el mundo occidental, con especial referencia a España.

18. Las artes plásticas y visuales en Navarra desde 1960: centros de enseñanza, de exposición y difusión; tendencias dominantes y principales creadores.

19. Los agentes culturales, públicos y privados existentes en Pamplona en el ámbito de las artes plásticas, visuales, audiovisuales, y en el patrimonio histórico-artístico. Su relación con el desarrollo cultural y la acción cultural municipal.

20. Los agentes culturales, públicos y privados, en el ámbito de las artes plásticas, visuales, audiovisuales, y en el patrimonio histórico-artístico en el contexto nacional e internacional. Su relación con el desarrollo cultural y la acción cultural municipal de Pamplona.

21. Modelos de producción y gestión de exposiciones. Sus relaciones con la acción cultural municipal. El caso de Pamplona.

22. La difusión y didáctica de las artes y el patrimonio histórico-artístico. El papel de la acción cultural municipal: objetivos, estrategias y formas de actuación. El caso de Pamplona.

23. El apoyo a la creación artística: objetivos, estrategias y formas de actuación. El papel de la acción cultural municipal. El caso de Pamplona. Propuestas para el futuro.

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