BOLETÍN Nº 7 - 11 de enero de 2013

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 2019/2012, de 20 de diciembre, del Rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se ordena publicar el "Reglamento Regulador de las Prácticas Externas de los Estudiantes de la Universidad Pública de Navarra" aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2012.

En uso de las competencias que me han sido conferidas por el artículo 40 de los Estatutos de la Universidad aprobados por Decreto Foral 110/2003 de 12 de mayo, se ordena la publicación del acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2012 por el que se aprueba el "el Reglamento Regulador de las Prácticas Externas de los Estudiantes de la Universidad Pública de Navarra", por lo que se transcribe a continuación:

"REGLAMENTO REGULADOR DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS
DE LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA
DE NAVARRA

El Real Decreto1707/2011 establece el marco legal que regula las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios y que sustituye al Real Decreto 1497/1981 de 19 de junio y al 1845/1994 de 9 de septiembre que hasta el momento regulaban los programas de Cooperación Educativa habilitando a universidades y empresas e instituciones a establecer convenios para facilitar la realización de prácticas de estudiantes universitarios en empresas. El nuevo Real Decreto desarrolla, precisa y aclara aspectos como los objetivos de las prácticas, las entidades colaboradoras y los destinatarios, requisitos, tutorías y contenidos de los convenios de cooperación, haciéndose, por tanto, necesaria la adaptación de los compromisos adquiridos hasta el momento al nuevo marco legal existente en esta materia.

El presente reglamento especifica los requisitos y condiciones que deben cumplir las prácticas que realicen los estudiantes de la Universidad Pública de Navarra en empresas e instituciones para que sean consideradas prácticas formativas y puedan ser reconocidas como tales por parte de la UPNA, sin perjuicio de que cada centro docente pueda establecer una normativa complementaria de aplicación en el propio centro. Esta normativa complementaria no podrá contradecir la establecida con carácter general por la Universidad Pública de Navarra.

TÍTULO I

Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 1. Definición y características de las prácticas externas.

Las prácticas académicas externas constituyen una actividad de naturaleza formativa realizada por los estudiantes universitarios, supervisada y, en su caso, evaluada, por la Universidad, cuyo objetivo es que dichos estudiantes apliquen y complementen los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.

Artículo 2. Fines.

Con la realización de las prácticas académicas externas se pretenden alcanzar los siguientes fines:

a) Contribuir a la formación integral de los estudiantes complementando su aprendizaje teórico y práctico de aula.

b) Facilitar el conocimiento de la metodología de trabajo adecuada a la realidad profesional en que los estudiantes habrán de operar, contrastando y aplicando los conocimientos adquiridos.

c) Favorecer el desarrollo de las competencias profesionales.

d) Obtener una experiencia práctica que facilite la inserción en el mercado de trabajo y mejore su empleabilidad futura.

e) Favorecer los valores de la innovación, la creatividad y el emprendimiento.

Artículo 3. Modalidades de prácticas académicas externas.

Las prácticas académicas externas podrán ser curriculares y extracurriculares.

a) Las prácticas curriculares se configuran como actividades formativas integrantes del Plan de Estudios de que se trate.

b) Las prácticas extracurriculares, reguladas por el Real Decreto 1707/2011, son aquellas que los estudiantes podrán realizar con carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aún teniendo los mismos fines que las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de Estudios.

Artículo 4. Duración y horarios de realización de las prácticas.

1. La duración de las prácticas será la siguiente:

a) Las prácticas externas curriculares tendrán la duración que establezca el Plan de Estudios correspondiente. No obstante la duración de la estancia en la empresa podrá extenderse por el tiempo necesario para la realización del TFG y/o para conseguir la formación complementaria de 6 ECTS prevista en el plan de estudios siempre que lo autorice el Centro responsable de la titulación a la que se vincula la práctica y no alteren los objetivos formativos previstos en los planes de estudios.

b) Las prácticas externas extracurriculares tendrán preferentemente una duración no superior al cincuenta por ciento del curso académico, asegurando el correcto desarrollo y seguimiento de las actividades académicas del estudiante.

2. Los horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con las características de las mismas y las disponibilidades de la entidad colaboradora. Los horarios, en todo caso, serán compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación desarrollada por el estudiante en la universidad.

Artículo 5. Destinatarios de las prácticas y requisitos para su realización.

1. Podrán realizar prácticas académicas externas:

a) Los estudiantes matriculados en cualquier enseñanza impartida por la Universidad Pública de Navarra.

b) Los estudiantes de otras universidades españolas o extranjeras que, en virtud de programas de movilidad académica o de convenios establecidos entre las mismas, se encuentren cursando estudios en la Universidad Pública de Navarra.

2. Para la realización de las prácticas externas los estudiantes deberán cumplir, en su caso, los siguientes requisitos:

a) Estar matriculado en la enseñanza universitaria a la que se vinculan las competencias generales y/o transversales y las competencias específicas a adquirir por el estudiante en la realización de la práctica.

b) En el caso de prácticas externas curriculares, estar matriculado en la asignatura vinculada, según el Plan de Estudios de que se trate.

c) En el caso de prácticas externas extracurriculares, preferentemente haber superado al menos el 50% de los créditos previstos en el plan de estudios de la titulación.

d) No mantener ninguna relación contractual con la empresa, institución o entidad pública o privada o la propia universidad en la que se van a realizar las prácticas.

TÍTULO II

Convenios de Cooperación Educativa

Artículo 6. Convenios de Cooperación Educativa.

1. Para la realización de las prácticas externas, la universidad Pública de Navarra y, en su caso, las entidades gestoras de prácticas a ellas vinculadas, suscribirán Convenios de Cooperación Educativa con entidades colaboradoras tales como, empresas, instituciones y entidades públicas y privadas en el ámbito nacional e internacional y fomentarán que éstas sean accesibles para la realización de prácticas de estudiantes con discapacidad procurando la disposición de los recursos humanos, materiales y tecnológicos necesarios que aseguren la igualdad de oportunidades.

2. Los convenios establecerán el marco regulador de las relaciones entre el estudiante, la entidad colaboradora, la universidad y, en su caso, la entidad gestora de prácticas vinculada a esta última. En sus estipulaciones, convenios específicos o anexos en los que se concretará la práctica de cada estudiante deberán aparecer:

a) El proyecto formativo objeto de la práctica a realizar por el estudiante.

b) El régimen de permisos a que tenga derecho con arreglo a la normativa vigente.

c) Las condiciones de rescisión anticipada de la práctica en caso de incumplimiento de sus términos.

d) En su caso, el régimen de suscripción y pago de seguros, tanto de accidentes como de responsabilidad civil.

e) La protección de sus datos.

f) La regulación de los eventuales conflictos surgidos en su desarrollo.

g) Los términos del reconocimiento de la universidad a la labor realizada por los tutores de la entidad colaboradora.

3. En el caso de realizarse las prácticas en la Universidad Pública de Navarra no procede la formalización del Convenio de Cooperación educativa. En ese caso se formalizará únicamente un documento de estipulaciones, similar al anexo o convenio específico, en el que se recojan todos los aspectos señalados en el punto 2 del presente artículo.

TÍTULO III

Órganos con competencias en materia prácticas externas

Artículo 7. Vicerrectorado con competencias en materia de prácticas externas y empleabilidad.

Corresponde al Vicerrectorado con competencias en materia de prácticas externas, en colaboración con el Servicio de Estudiantes y Apoyo Académico, los Centros y la Fundación Universidad Sociedad:

a) Asegurar el cumplimiento de la normativa de la Universidad Pública de Navarra en relación a la realización de las prácticas y proyectos formativos propuestos.

b) Velar por la aplicación de los criterios de reconocimiento de créditos recogidos en esta Normativa.

c) Suscribir los convenios especificados en el Título II. Los documentos de estipulaciones anexos al convenio, anexos o convenios específicos podrán ser firmados por los directores de los centros.

Artículo 8. Comisión de prácticas externas de los Centros.

1. Cada Centro podrá tener una Comisión de prácticas externas formada por:

-Presidente: el Decano o Director del Centro o persona en quien delegue.

-Vocales: los Subdirectores o Vicedecanos responsables de las titulaciones impartidas en el Centro y con responsabilidad en el programa de practicas externas de la titulación.

2. Corresponde a esta Comisión.

a) Establecer los procedimientos de configuración de la oferta, difusión, solicitud y adjudicación de las prácticas externas de conformidad con criterios objetivos previamente fijados y garantizando, en todo caso, los principios de transparencia, publicidad, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades. En el caso de prácticas curriculares serán los Centros los encargados de establecer los procedimientos, pudiendo contar con la colaboración de la Fundación Universidad Sociedad.

b) Establecer los procedimientos para la designación de los tutores académicos de la UPNA.

c) Informar a los tutores académicos de los programas formativos de las prácticas.

d) Participar en la organización de seminarios y sesiones informativas sobre los distintos programas y acciones en el ámbito de prácticas externas y empleabilidad.

e) Proponer al Vicerrectorado con competencia en esta materia la modificación de la presente normativa.

f) Cualesquiera otras materias, en el ámbito de las prácticas externas, no previstas específicamente en esta normativa.

3. La Comisión de prácticas de los Centros podrá solicitar la colaboración de La Fundación Universidad Sociedad, quien nombrará un responsable de prácticas que será el encargado de coordinarlas para asegurar el objetivo formativo de la actividad.

Artículo 9. Tutores de prácticas y su designación.

1. Para la realización de las prácticas externas los estudiantes contarán con un tutor de la entidad colaboradora y un tutor académico de la UPNA.

2. El tutor designado por la entidad colaboradora deberá ser una persona vinculada a la misma, con experiencia profesional y con los conocimientos necesarios para realizar una tutela efectiva. No podrá coincidir con la persona que desempeña las funciones de tutor académico de la Universidad.

3. La designación de tutor académico de la UPNA, que será único para cada estudiante y práctica, se hará de acuerdo con los procedimientos establecidos por sus Centros.

a) Para las prácticas curriculares el tutor académico deberá ser un profesor que imparta docencia en la titulación en la que se encuentre matriculado el estudiante y, en todo caso, afín a la enseñanza a la que se vincula la práctica.

b) En el caso de las prácticas extracurriculares, el tutor académico será preferentemente un profesor de la universidad que imparta docencia en la misma rama de conocimiento de la enseñanza cursada.

Artículo 10. El proyecto formativo y el compromiso de estudios.

1. El proyecto formativo deberá fijar las competencias a desarrollar, tanto las de carácter general como las específicas, vinculándolas a los contenidos teórico-prácticos cursados en el currículo. Para cada proyecto formativo se deberá rellenar la ficha correspondiente (Anexo 1), en función de los objetivos previstos en la ficha docente recogida en el plan de estudios o en su defecto los establecidos por el Centro.

2. En todo caso, se procurará que el proyecto formativo se conforme siguiendo los principios de inclusión, igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.

3. El compromiso de estudios en el que se concreta la realización de cada práctica académica externa incluirá, además del proyecto formativo las particularidades de cada práctica que hayan sido pactadas previamente por el tutor académico y el estudiante (Anexo 2).

Cuando en la estancia prevista se incluya la realización del Trabajo Fin de Grado, el proyecto formativo deberá recoger los contenidos previstos en las fichas docentes de la titulación y el compromiso de estudios deberá recoger los aspectos referentes a la evaluación y reconocimiento.

TÍTULO V

Derechos y obligaciones

Artículo 11. Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas.

1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán los siguientes derechos:

a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un tutor de la universidad y por un tutor de la entidad colaboradora, según los términos previstos en el Artículo 9 de esta normativa.

b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la Universidad.

c) A la obtención de un informe por parte de la entidad colaboradora donde ha realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento (Anexo 3).

d) A percibir, en los casos en que así se estipule, la aportación económica de la entidad colaboradora, en concepto de bolsa o ayuda al estudio.

e) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la legislación reguladora de la materia.

f) A recibir, por parte de la entidad colaboradora, información de la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales.

g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación, previa comunicación con antelación suficiente a la entidad colaboradora.

h) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las prácticas en igualdad de condiciones.

i) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con la situación de discapacidad.

j) A reconocer como prácticas curriculares la experiencia laboral aportada por el estudiante.

k) Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente y/o en los correspondientes Convenios de Cooperación Educativa suscritos por la Universidad y, en su caso, la entidad gestora de prácticas vinculada a la mima, con la entidad colaboradora.

2. Asimismo y, durante la realización de las prácticas académicas externas los estudiantes deberán atender al cumplimiento de los siguientes deberes:

a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la universidad.

b) Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones de sus dos tutores, y cumplir las actividades acordadas con la entidad colaboradora conforme a las líneas establecidas en dicho Proyecto.

c) Mantener contacto con el tutor académico de la universidad durante el desarrollo de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como hacer entrega de la memoria final de las prácticas, prevista en el artículo 15 de esta normativa y, en su caso, de los documentos e informes de seguimiento intermedio que le sean requeridos.

d) Incorporarse a la entidad colaboradora de que se trate en la fecha acordada, cumplir el horario previsto y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.

e) Guardar la confidencialidad y el secreto profesional requeridos en relación con la información interna de la entidad colaboradora.

f) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de la entidad colaboradora, salvaguardando el buen nombre de la universidad a la que pertenece.

g) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente y/o en los correspondientes Convenios de Cooperación Educativa suscrito por la Universidad y, en su caso, la entidad gestora de prácticas vinculada a la misma, con la entidad colaboradora.

Artículo 12. Derechos y deberes del tutor de la entidad colaboradora.

1. El tutor de la entidad colaboradora tendrá derecho a:

a) Ser considerado amigo de la universidad, eximiéndole de las cuotas previstas para optar a esta denominación y al disfrute de los derechos inherentes a ésta condición.

b) Tener acceso a la universidad para obtener la información y el apoyo necesarios par el cumplimiento de los fines propios de su función.

c) Certificación por parte de la Universidad de su participación como tutor en el programa de prácticas.

d) Aquellas otras consideraciones específicas que la universidad pueda establecer en el correspondiente Convenio de Cooperación Educativa.

2. Asimismo tendrá los siguientes deberes:

a) Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo establecido en el proyecto formativo.

b) Supervisar sus actividades, orientar y controlar el desarrollo de la práctica con una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje.

c) Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de la entidad y de la normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.

d) Coordinar con el tutor académico de la universidad el proyecto formativo y el desarrollo de las actividades establecidas en el convenio de cooperación educativa, incluyendo aquellas modificaciones que puedan ser necesarias para la adaptación de la práctica al contexto profesional específico de la institución, así como la comunicación y resolución de posibles incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de la misma y el control de permisos para la realización de exámenes.

e) Emitir el informe final a que se refiere el artículo 14 de esta normativa.

f) Proporcionar la formación complementaria que precise el estudiante para la realización de las prácticas.

g) Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el desarrollo de la práctica.

h) Facilitar y estimular la aportación de propuestas de innovación, mejora y emprendimiento por parte del estudiante.

i) Facilitar al tutor académico de la universidad el acceso a la entidad para el cumplimiento de los fines propios de su función.

j) Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del estudiante como consecuencia de su actividad como tutor.

k) Prestar ayuda y asistencia al estudiante, durante su estancia en la entidad, para la resolución de aquellas cuestiones de carácter profesional que pueda necesitar en el desempeño de las actividades que realiza en la misma.

Artículo 13. Derechos y deberes del tutor académico de la universidad.

1. El tutor académico de la universidad tendrá los siguientes derechos:

a) Al reconocimiento efectivo de su actividad académica de acuerdo con la normativa interna.

b) A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas así como del proyecto formativo y de las condiciones bajo las que se desarrollará la estancia del estudiante a tutelar.

c) Tener acceso a la entidad según lo que se establezca en el convenio y de acuerdo a los procedimientos o normas de funcionamiento que tenga establecida la entidad colaboradora.

2. Asimismo, tendrá los siguientes deberes:

a) Realizar el Compromiso de Estudios conforme con el estudiante.

b) Velar por el normal desarrollo del Compromiso de Estudios, garantizando la compatibilidad del horario de realización de las prácticas con las obligaciones académicas, formativas y de representación y participación del estudiante.

c) Hacer un seguimiento efectivo de las prácticas coordinándose para ello con el tutor de la entidad colaboradora y vistos, en su caso, los informes de seguimiento.

d) Autorizar las modificaciones que se produzcan en el Compromiso de Estudios.

e) Llevar a cabo el proceso evaluador de las prácticas del estudiante tutelado de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16 de esta normativa.

f) Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca como consecuencia de su actividad como tutor.

g) Informar al órgano responsable de las prácticas externas en el Centro de las posibles incidencias surgidas.

h) Supervisar, y en su caso solicitar, la adecuada disposición de los recursos de apoyo necesarios para asegurar que los estudiantes con discapacidad realicen sus prácticas en condiciones de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.

TÍTULO VII

Informes, evaluación y reconocimiento

Artículo 14. Informe de seguimiento intermedio e informe final del tutor de la entidad colaboradora.

1. El tutor de la entidad colaboradora realizará y remitirá al tutor académico de la universidad un informe final, a la conclusión de las prácticas, que recogerá el número de horas realizadas por el estudiante y en el cual podrá valorar los siguientes aspectos referidos, en su caso, tanto a las competencias genéricas como a las específicas, previstas en el correspondiente proyecto formativo según el Anexo 3 de esta normativa.

2. En el caso de prácticas cuyo periodo formativo sea superior a los tres meses, podrá elaborarse un informe intermedio de seguimiento cuando así se establezca entre ambos tutores (académico y de la entidad colaboradora).

Artículo 15. Memoria final de las prácticas del estudiante.

El estudiante elaborará y hará entrega al tutor académico de la universidad una memoria final (Anexo 4), a la conclusión de las prácticas, en los que deberán figurar, entre otros, los siguientes aspectos:

a) Datos personales del estudiante.

b) Entidad colaboradora donde ha realizado las prácticas y lugar de ubicación.

c) Descripción concreta y detallada de las tareas, trabajos desarrollados y departamentos de la entidad a los que ha estado asignado.

d) Valoración de las tareas desarrolladas con los conocimientos y competencias adquiridos en relación con los estudios universitarios.

e) Relación de los problemas planteados y el procedimiento seguido para su resolución.

f) Identificación de las aportaciones que, en materia de aprendizaje, han supuesto las prácticas.

g) Evaluación de las prácticas y sugerencias de mejora.

Artículo 16. Evaluación de las prácticas.

El tutor académico de la universidad evaluará las prácticas y a los estudiantes que haya tutelado durante el curso académico.

a) Para la evaluación del estudiante, el tutor académico tendrá en cuenta el compromiso de estudios, la memoria presentada por el estudiante y el informe emitido por el tutor de la práctica en la empresa o institución. Esta evaluación se plasmará según el Anexo 5 que será remitido al Centro para la cumplimentación del acta oficial.

b) Para la evaluación de la práctica, el tutor académico remitirá al responsable de calidad de la titulación el correspondiente informe de valoración. (Anexo 6)

c) En caso de que la estancia hay permitido la realización del TFG, la evaluación deberá realizarse conforme a su normativa.

Artículo 17. Reconocimiento académico y acreditación.

1. Finalizadas las prácticas externas, la Universidad a través del Centro, emitirá un documento acreditativo de las mismas que contendrá, al menos, los siguientes aspectos:

a) Titular del documento.

b) Entidad colaboradora donde se realizaron las prácticas.

c) Descripción de la práctica especificando su duración y fechas de realización.

d) Actividades realizadas.

e) Aquellos otros que la universidad considere conveniente.

2. El Suplemento Europeo al Título recogerá las prácticas externas realizadas por cada estudiante.

Artículo 18. Oferta, difusión y adjudicación de las prácticas externas.

1. La Universidad establecerá los procedimientos de configuración de la oferta, difusión, solicitud y adjudicación de las prácticas externas de conformidad con criterios objetivos previamente fijados y garantizando, en todo caso, los principios de transparencia, publicidad, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades. En el caso de prácticas curriculares serán los Centros los encargados de establecer los procedimientos, pudiendo contar con la colaboración de la Fundación Universidad Sociedad.

2. En la organización y desarrollo de las prácticas se procurará que la realización de las mismas conlleven el menor sobresfuerzo económico para los estudiantes.

TÍTULO VIII

Garantía de calidad

Artículo 19. Garantía de calidad de las prácticas externas.

1. El Sistema de Garantía Interna de la Calidad (SGIC) de los Títulos de la Universidad Pública de Navarra articulará el procedimiento que garantice la calidad de las prácticas externas que realicen los estudiantes. Dicho procedimiento incluirá mecanismos, instrumentos y órganos o unidades dedicados a la planificación, seguimiento, recogida y análisis de información sobre el desarrollo de las prácticas y la revisión de sus resultados.

2. El procedimiento mencionado contemplará, entre otros aspectos, la elaboración, según se describe en el Real Decreto1707/2011 de:

-La memoria final de las prácticas elaborada por el estudiante.

-El informe de seguimiento intermedio y/o final del tutor de la práctica de la entidad colaboradora.

-El informe de valoración y aprovechamiento de la práctica elaborado por el tutor académico.

-El informe de valoración general de los diferentes convenios de prácticas externas llevados a cabo en la Universidad Pública de Navarra.

TÍTULO VII

Disposiciones adicionales

Primera.-Cita en género femenino de los preceptos de esta normativa.

Las referencias a personas, colectivos o cargos académicos figuran en la presente normativa en género masculino como género gramatical no marcado. Cuando proceda, será válida la cita de los preceptos correspondientes en género femenino.

Segunda.-Situaciones no contempladas.

Las situaciones no contempladas en la presente normativa, serán resueltas por el Rector o Vicerrector en quien delegue".

Pamplona, 20 de diciembre de 2012.-El Rector, Julio Lafuente López.

ANEXO 1
1. ERANSKINA

Proyecto formativo de prácticas en empresa
Enpresa praktikei buruzko prestakuntza proiektua

-Datos de la empresa / Enpresaren datuak:

Razón social / Sozietate-izena:

Dirección / Helbidea:

C.P. / P.K.:

Población / Herria edo hiria:

Teléf. / Tel.:

Mail / Posta elektronikoa:

Actividad empresa / Enpresaren jarduera:

N.I.F./C.I.F. / I.F.Z./I.F.K.:

Número trabajadores / Langile kopurua:

Persona de contacto / Harremanetarako pertsona:

-Perfil de la demanda / Eskariaren profila:

Denominación y breve descripción de la práctica / Praktikaren izena eta azalpen laburra:

Número Prácticas / Praktika kp.:

Periodo práctica (meses) / Praktika-aldia (hilabeteak):

Horas semanales / Zenbat ordu emango diren astean:

Desde / Lehen eguna:

Hasta / Azken eguna:

-Perfil del candidato / Izangaiaren profila:

Titulación/Especialidad / Titulazioa/Espezialitatea:

Idiomas / Hizkuntzak:

Informática / Informatika:

Formación complementaria / Prestakuntza osagarria:

Carnet de conducir / Gida-baimena: SI/BAI [ ] NO/EZ [ ].

Vehículo propio / Ibilgailua: SI/BAI [ ] NO/EZ [ ].

Localidad de residencia / Bizilekua:

Otros requisitos / Beste betekizun batzuk:

-Objetivos educativos / Hezkuntza helburuak:

-Competencias a desarrollar / Garatu beharreko gaitasunak:

Competencias transversales a adquirir por el estudiante / Ikasleak hartu behar dituen zeharkako gaitasunak:

Competencias generales y específicas a adquirir por el estudiante / Ikasleak hartu behar dituen gaitasun orokorrak eta berariazkoak:

DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES A REALIZAR /
EGIN BEHARREKO JARDUEREN AZALPENA

Firma del Responsable del Centro y Sello / Ikastegiko arduradunaren sinadura eta zigilua:

Fecha / Eguna:

ANEXO 2
2. ERANSKINA

Compromiso de estudios de prácticas en empresa
Enpresa praktikei buruzko ikasketa konpromisoa

-Curso académico / Ikasturtea:

-Estudiante / Ikaslea:

Apellidos, Nombre / Deiturak eta izena:

Titulación / Titulazioa:

Teléf. / Tel.: ......................... Mail / Posta elektronikoa:

-Empresa / Enpresa:

Razón social / Sozietate-izena:

Actividad empesa / Enpresaren jarduera:

Tutor de la entidad colaboradora / Erakunde laguntzailearen tutorea:

Teléf. / Tel.: ......................... Mail / Posta elektronikoa:

-Universidad / Unibertsitatea:

Tutor académico o supervisor / Irakaskuntza tutorea edo ikuskatzailea:

Departamento / Saila:

Teléf. / Tel.: ........................ Mail / Posta elektronikoa:

-Compromiso / Konpromisoa:

Denominación y breve descripción de la práctica / Praktikaren izena eta azalpen laburra:

Periodo práctica (meses) / Praktika-aldia: (hilabeteak):

Horas semanales / Zenbat ordu emango diren astean:

Desde / Lehen eguna: ................ Hasta / Azken eguna:

Prácticas curriculares / Curriculum praktikak [ ].

Extracurriculares / Curriculumaz kanpoko praktikak [ ].

Créditos de formación complementarias previstas en el artículo 12 del RD 1393/2007.

1393/2007 EDko 12. artikuluan ezarritako prestakuntza osagarrirako kredituak.

-Objetivos educativos / Hezkuntza helburuak:

-Competencias a desarrollar / Garatu beharreko gaitasunak:

Competencias transversales a adquirir por el estudiante / Ikasleak hartu behar dituen zeharkako gaitasunak:

Competencias generales y específicas a adquirir por el estudiante / Ikasleak hartu behar dituen gaitasun orokorrak eta berariazkoak:

DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES A REALIZAR /
EGIN BEHARREKO JARDUEREN AZALPENA

Firma del Responsable del Centro / Ikastegiko arduradunaren sinadura:

Fecha / Eguna:

Firma del tutor académico / Irakaskuntza tutorearen sinadura

Fecha / Eguna:

Firma del estudiante / Ikaslearen sinadura:

Fecha / Eguna:

ANEXO 3
3. ERANSKINA

Informe de la entidad colaboradora: prácticas en empresa
Erakunde laguntzailearen txostena: praktikak enpresetan

-Curso académico / Ikasturtea:

Razón social de la empresa / Enpresaren sozietate-izena:

Tutor de la entidad colaboradora / Erakunde laguntzailearen tutorea:

Teléf. / Tel.: ........................... Mail / Posta elektronikoa:

Apellidos y Nombre del estudiante / Ikaslearen izen-deiturak:

Titulación / Titulazioa:

Teléf. / Tel.: .......................... Mail / Posta elektronikoa:

Tutor académico o supervisor / Irakaskuntza tutorea edo ikuskatzailea:

Departamento / Saila:

Teléf. / Tel.: .......................... Mail / Posta elektronikoa:

-Práctica / Praktika:

Denominación y breve descripción de la práctica / Praktikaren izena eta azalpen laburra:

Periodo práctica (meses) / Praktika-aldia: (hilabeteak):

Horas semanales / Zenbat ordu emango diren astean:

Desde / Lehen eguna: .................. Hasta / Azken eguna:

-Criterios para la evaluación del estudiante / Ikaslea ebaluatzeko irizpideak:

POCO

SATISFACTORIO /

EZ OSO

GOGOBETEKOA

SATISFACTORIO /

GOGOBETEKOA

MUY

SATISFACTORIO /

OSO

GOGOBETEKOA

a) Capacidad técnica

Gaitasun teknikoa

b) Capacidad de aprendizaje

Ikasteko gaitasuna

c) Administración de trabajos

Lanen administrazioa

d) Habilidades de comunicación oral y escrita. Demuestra un buen nivel de expresión oral y escrita, particularmente en el ámbito de su especialidad

Ahozko eta idatzizko komunikazioari buruzko trebetasunak.Ahozko eta idatzizko adierazpen maila ona du, bereziki bere espezialitatearen esparruan

e) Sentido de la responsabilidad

Erantzukizunaren sena

f) Facilidad de adaptación

Egokitzeko erraztasuna

g) Creatividad e iniciativa

Sormena eta ekimena

h) Implicación personal. Trabaja de forma autónoma con responsabilidad e iniciativa

Norberaren parte-hartzea. Era autonomoan lan egiten du arduraz eta ekimenez

i) Motivación

Motibazioa

j) Receptividad a las críticas

Kritikekiko harmena

k) Puntualidad. Cumple con el calendario y el horario de las prácticas

Puntualtasuna. Praktiken egun eta orduak betetzen ditu

l) Relaciones con su entorno laboral.

Harremanak bere lan ingurunearekin

m) Capacidad de trabajo en equipo. Muestra predisposición a la cooperación y al trabajo en equipo

Talde-lanerako gaitasuna. Lankidetzarako eta taldeko lanerako jarrera azaltzen du

Otros aspectos que se consideren oportunos / Egokitzat jotzen diren beste alderdi batzuk.

Firma del tutor de la entidad colaboradora / Erakunde laguntzaileko tutorearen sinadura:

Fecha / Eguna:

ANEXO 4
4. ERANSKINA

Informe del estudiante: prácticas en empresa
Ikaslearen txostena: praktikak enpresetan

-Curso académico / Ikasturtea:

Apellidos y Nombre del estudiante / Ikaslearen izen-deiturak:

Titulación / Titulazioa:

Teléf. / Tel.: ............................ Mail / Posta elektronikoa:

Razón social de la empresa / Enpresaren sozietate-izena:

Tutor de la entidad colaboradora / Erakunde laguntzailearen tutorea:

Teléf. / Tel.: .......................... Mail / Posta elektronikoa:

Tutor académico o supervisor / Irakaskuntza tutorea edo ikuskatzailea:

Departamento / Saila:

Teléf. / Tel.: ......................... Mail / Posta elektronikoa:

-Práctica / Praktika:

Denominación de la práctica / Praktikaren izena:

Periodo práctica (meses) / Praktika-aldia: (hilabeteak):

Horas semanales / Zenbat ordu eman dituzun astean:

Desde / Lehen eguna: ................ Hasta / Azken eguna:

-Actividades realizadas / Egindako jarduerak:

Descripción concreta y detallada de las tareas, trabajos realizados y departamentos donde se han realizado / Zereginei, egindako lanei eta horiek egin dituzten sailei buruzko azalpen zehatz eta xehetua

Relación de los problemas planteados y el procedimiento seguido para su resolución / Planteatutako arazoen zerrenda eta arazoak konpontzeko erabilitako prozedura

-Aspectos relativos a tu evolución durante la práctica (*) / Praktikan izan duzun bilakaerari buruzko alderdiak (*)

AL INICIO DE
LA PRÁCTICA /

PRAKTIKAREN HASIERAN

AL FINALIZAR LA PRÁCTICA /

PRAKTIKAREN AMAIERAN

1

2

3

4

1

2

3

4

Conocimientos / Ezagutzak:

Conocimientos teóricos

Ezagutza teorikoak

Aplicación práctica de conocimientos

Ezagutzen aplikazio praktikoa

Otras herramientas: lengua extranjera

Beste tresna batzuk: atzerriko hizkuntza

Actitudes / Jarrerak:

Motivación e interés

Motibazioa eta interesa

Responsabilidad

Erantzukizun printzipioa

Integración en la empresa

Integrazioa enpresan

Actitud positiva ante el trabajo

Lanarekiko jarrera positiboa

Habilidades / Trebetasunak:

Planificación y Organización del trabajo. Gestión del tiempo

Lanaren plangintza eta antolaketa. Denboraren kudeaketa

Creatividad

Sormena

Comunicación interpersonal

Pertsona arteko komunikazioa

Comunicación escrita

Idatzizko komunikazioa

Trabajo en equipo y toma de decisiones

Talde-lana eta erabakiak hartzea

Resolución de problemas

Arazoak konpontzea

Tolerancia a la tensión

Tentsioarekiko tolerantzia

(*) El número 1 representa el menor grado de satisfacción, siendo el número 4 el de mayor.

(*) 1. zk. gogobetetasun-maila txikiena da, eta 4. zk. gogobetetasun-maila handiena.

EVALUACIÓN DE LAS PRÁCTICAS / PRAKTIKEN EBALUAZIOA

Pésimo / Txarra Óptimo / Ona

1. Valora las funciones que has realizado durante las prácticas

(Si son acordes a tu nivel académico, cualificadas y si ha habido una evolución o han sido actividades reiterativas)

Balioets itzazu praktiketan bete dituzun eginkizunak

(Zure ikasketa mailari dagozkion, kualifikatuak diren eta bilakaera bat izan den edo jarduera errepikatuak izan diren)

1

2

3

4

2. Valora la duración de las prácticas

(En función de los conocimientos adquiridos si te han parecido Adecuadas, cortas o largas)

Balioets ezazu praktiken iraupena

(Hartutako ezagutzen arabera egokiak diren, laburrak edo luzeak)

1

2

3

4

3. Valora el aprovechamiento de las prácticas

(Si te han aportado formación práctica, si crees estar mejor preparado que antes para acceder a un trabajo cualificado)

Balioets ezazu praktiken probetxamendua

(Prestakuntza praktikoa eman dizuten, lehen baino hobeki prestatua zauden lan kualifikatu bat lortzeko)

1

2

3

4

4. Valora la tutorización de la empresa

(Valora a tu tutor en la empresa, accesibilidad, cercanía, Transmisión de conocimientos, si ha facilitado tu tarea)

Balioets ezazu enpresaren tutorizazioa

(Balioets ezazu enpresako tutorea, bere hurbil-erraztasuna, hurbiltasuna, ezagutzen transmisioa, zure lana erraztu duen)

1

2

3

4

5. Valora condiciones generales de las prácticas

(Valora el horario, flexibilidad, clima laboral, remuneración, Condiciones...)

Balioets itzazu praktiken baldintza orokorrak

(Balioets itzazu ordutegia, malgutasuna, lan giroa, lansariak, baldintzak...)

1

2

3

4

6. ¿Has quedado satisfech@ con la estancia práctica?

Gogobetegarria izan da praktika egonaldia?

Sí / Bai

No / Ez

Sugerencias y otros aspectos que se consideren oportunos / Egokitzat jotzen diren beste alderdi batzuk.

Firma del estudiante / Ikaslearen sinadura:

Fecha / Eguna:

ANEXO 5
5. ERANSKINA

Acta prácticas en empresa
Enpresa batean egindako praktiken akta

-Curso académico / Ikasturtea:

Razón social de la empresa / Enpresaren sozietate-izena:

Tutor académico / Irakaskuntza tutorea:

Departamento / Saila:

-Práctica / Praktika:

Denominación de la práctica / Praktikaren izena:

-Datos del estudiante / Ikaslearen datuak:

Nombre y Apellidos / Izena eta deiturak:

Titulación/Especialidad / Titulazioa/Espezialitatea:

-Calificación / Kalifikazioa:

Firma del tutor académico / Tutorearen sinadura:

Fecha / Eguna:

ANEXO 6
6. ERANSKINA

Informe del tutor académico referente a la práctica
Irakaskuntza tutoreak praktikari buruz egindako txostena

-Curso académico / Ikasturtea:

Razón social de la empresa / Enpresaren sozietate-izena:

Tutor de la entidad colaboradora / Erakunde laguntzailearen tutorea:

Teléf. /Tel.: ........................... Mail / Posta elektronikoa:

Tutor académico o supervisor / Irakaskuntza tutorea edo ikuskatzailea:

Departamento / Saila:

Teléf. / Tel.: ......................... Mail / Posta elektronikoa:

-Práctica / Praktika:

Denominación de la práctica / Praktikaren izena:

Periodo práctica (meses) / Praktika-aldia(hilabeteak):

Horas semanales / Zenbat ordu emango diren astean:

Desde / Lehen eguna: ................. Hasta / Azken eguna:

Actividad empresa / Enpresaren jarduera:

-Perfil del estudiante / Ikaslearen datuak:

Titulación/Especialidad / Titulazioa/Espezialitatea:

EVALUACIÓN DE LAS PRÁCTICAS / PRAKTIKAREN EBALUAZIOA

Pésimo / Txarra Óptimo / Ona

1. Cumplimiento del proyecto formativo

Prestakuntza proiektuaren betetze maila

1

2

3

4

2. Valoración de las funciones realizadas durante las prácticas

(Si son acordes al nivel académico, cualificadas y si hay una evolución.)

Praktiketan burutu behar diren zereginen balorazioa

(Egokiak ote diren ikasketa mailari begira, kualifikatuak ote diren eta bilakaera bat egongo ote den)

1

2

3

4

3. Valoración de la duración de las prácticas

(En función de los conocimientos adquiridos si son cortas o largas)

Praktiken iraupenaren balorazioa

(Hartutako ezagutzen arabera egokiak, laburrak edo luzeak diren)

1

2

3

4

4. Valoración del aprovechamiento de las prácticas

(Si es formación práctica)

Praktiken onuraren balorazioa

(Prestakuntza praktikoa ba ote den)

1

2

3

4

5. Valoración de la tutorización de la empresa

Enpresaren tutorizazioaren balorazioa

1

2

3

4

6. Valoración de las condiciones generales de las prácticas

(Horario, flexibilidad, clima laboral, remuneración, condiciones...)

Praktiken baldintza orokorren balorazioa

(Ordutegia, malgutasuna, lan giroa, lansariak, baldintzak...)

1

2

3

4

Sugerencias y otros aspectos que se consideren oportunos / Egokitzat jotzen diren beste alderdi batzuk.

Firma del tutor académico / Tutorearen sinadura:

Fecha / Eguna

Código del anuncio: F1218011