BOLETÍN Nº 31 - 14 de febrero de 2013

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BURLADA

Regulación de ficheros de datos de carácter personal
del Patronato de Cultura y Fiestas del Ayuntamiento de Burlada

El Presidente del Patronato de Cultura del Ayuntamiento de Burlada con fecha 22 de enero de 2013, ha dictado la Resolución cuyo texto íntegro se transcribe a continuación.

"Vista la auditoria llevada a cabo en este Patronato, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 del Real Decreto 1720/2007, que desarrolla el Reglamento de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, se ha analizado el informe de auditoria y derivado del mismo se ha detectado:

La modificación de determinados ficheros inscritos en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos, que se detallan en el punto 1 del presente decreto.

La supresión de ficheros declarados, por no existir actividad en relación a la finalidad declarada.

En el ámbito de autonomía y autoorganización, que a la Administración Local reconoce el artículo 140 de la Constitución Española y de conformidad con las atribuciones de dirección del Gobierno y la Administración Municipal conferidas por el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en uso de las facultades que tiene conferidas esta Alcaldía,

RESUELVO:

1. Modificar el siguiente fichero, ya inscrito en el Registro General de la Agencia Española de Protección de Datos, según la indicación de la modificación realizada a continuación:

Fichero de información de actividades. Código de inscripción 2092950095.

Datos recogidos para realizar la comunicación de las actividades organizadas en el patronato: dirección de correo electrónico.

2. Suprimir el siguiente fichero, inscrito en el Registro General de la Agencia Española de Protección de Datos:

Fichero de reserva de salas, con código de inscripción 2092950082. Los datos tratados se bloquean para posterior destrucción.

3.º Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos, de conformidad con el artículo 20 de la Disposición Adicional 1.ª de la LOPD (LO 15/1999, de 13 de diciembre)."

Lo que notifico para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra esta resolución, cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución, o

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Burlada, 25 de enero de 2013.-El Presidente, Juan Carlos González Muñoz.

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