BOLETÍN Nº 87 - 9 de mayo de 2012

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO TRES DE PAMPLONA

Procedimiento 42/2011

Doña Lourdes García Ruiz Secretaria del Juzgado de lo Social número Tres de Pamplona.

Hago Saber: Que en proceso de ejecución seguido ante este Juzgado de lo Social número Tres registrado con número 42/2011, a instancia de Luz Del Carmen Nuñez Acosta y Dana Marieta García Macanchi contra Angel Luis Solchaga Pérez, en reclamación sobre Reclamación de Cantidad, en resolución de esta fecha he acordado sacar a la venta en pública subasta, los siguientes bienes embargados como propiedad de la parte demandada cuya relación y tasación es la siguiente:

Bienes que se subastan y valoración:

-Cuarto Trastero número treinta y uno, sito en el sótano segundo de la finca urbana ubicada en la calle Benjamín de Tudela número Ocho de Pamplona. Inscrita en el Registro de la Propiedad número Cuatro de Pamplona, en el tomo 815, libro 38, finca número 1468/12.

Valorado en: tres mil quinientos euros (3.500,00 euros).

Condiciones de Subasta:

Tendrá lugar en la sede de este Juzgado sito en Pamplona, C/ San Roque, s/n, primera planta, el día 8 de junio de 2012 a las 10:15 horas, en Sala de vistas 103 (Planta 1).

Si por causa de fuerza mayor se suspendiese se celebrará al día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar.

La subasta se celebrará bajo las condiciones siguientes:

Primera.-Antes de verificarse el remate podrá el deudor liberar sus bienes, pagando principal, intereses y costas.

Segunda.-Los licitadores deberán identificarse de forma suficiente, declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta y presentar resguardo de que han depositado en el Banesto, sucursal de Cortes de Navarra, 5 de Pamplona, en la cuenta 0030 1846 42 0005001274, referencia de procedimiento 3160.0000.64.0042.11,de depósitos y consignaciones de este Juzgado, o de que han prestado aval bancario, por el importe del 20% del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo de ingreso, a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la LEC.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 652.1 de la LEC, las cantidades depositadas para participar en la subasta serán devueltas una vez finalizado el acto de la subasta, excepto la que corresponda al mejor postor.

Tercera.-Desde el presente anuncio hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, que contendrá identificación en forma suficiente del postor y declaración de que conoce las condiciones de la subasta, acompañando justificante de haber efectuado el depósito a que se refiere la condición anterior. Los sobres cerrados serán abiertos al inicio de la subasta y las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente.

Cuarta.-El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieren, sin necesidad de consignar cantidad alguna.

Quinta.-Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose facultad de ceder el remate a un tercero.

Sexta.-Obra en la Secretaría de este Juzgado certificación registral en la que consta la titularidad del dominio del bien subastado y el estado de sus cargas y gravámenes, donde puede ser examinada, entendiéndose que todo licitador la acepta como bastante por el hecho de participar en la subasta.

Las cargas y gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito de los ejecutantes, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en las responsabilidades de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate, por el solo hecho de participar en la subasta.

Séptima.-En la subasta se podrán ofrecer cantidades libremente, si bien, la aprobación directa del remate sólo se producirá si la cantidad más alta de las ofrecidas fuera igual o superior al 70% del valor de los bienes subastados, sin ofrecimiento de pago aplazado. Si la postura fuese inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la LEC.

Octava.-El precio del remate deberá abonarse en el plazo de 20 días siguientes a la aprobación del mismo.

Y para que sirva de notificación al público en general y a las partes de este proceso en particular, una vez que haya sido publicado en el Boletín Oficial de Navarra, y en cumplimiento de lo establecido en leyes procesales expido la presente.

Pamplona, 18 de abril de 2012.-La Secretaria Judicial, Lourdes García Ruiz.

Código del anuncio: J1206462