BOLETÍN Nº 125 - 28 de junio de 2012

3. Administración del Estado

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO

Restricción transporte de explosivos

Con motivo de la celebración de las fiestas de San Fermín, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana,

ACUERDO:

En uso de las competencias atribuidas por el artículo 23.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 y 14 de la Ley Orgánica 1/1992, sobre Seguridad Ciudadana y artículo 39 del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación y artículo 2 del Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos, modificado por el Real Decreto 248/2010, de 5 de marzo.

Por motivos de seguridad, restringir la circulación y consumo de explosivos en la zona de la Barranca-Sakana y Cuenca de Pamplona, durante los días del 6 al 14 de julio.

En casos excepcionales o para algunas obras de gran trascendencia que se estuvieran realizando por las referidas zonas, en las que sea imprescindible el consumo y transporte de explosivos, se autorizará previa petición, siempre y cuando se realice a primeras horas del día.

Contra el presente Acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, ante el Señor Ministro del Interior.

Pamplona, 18 de junio de 2012.-La Delegada del Gobierno, Carmen Alba Orduna.

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