BOLETÍN Nº 100 - 28 de mayo de 2012

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

CENDEA DE OLZA

Aprobación definitiva de modificación pormenorizada
del Plan Municipal en parcela 479 de Ibero

El Ayuntamiento de la Cendea de Olza, en su sesión celebrada el día 12 de abril de 2012, adoptó el acuerdo cuya parte dispositiva dice así:

"Primero.-Aprobar definitivamente el expediente de modificación pormenorizada del Plan Municipal de la Cendea de Olza en la parcela 479 del polígono 4, promovido por Caja d Ahorros y Monte de Piedad de Navarra, documento redactado por la arquitecta Silvia Barbarin, así como la documentación complementaria redactada por la misma arquitecta y presentada en este ayuntamiento en fecha 14 de noviembre de 2011.

Segundo.-El presente acuerdo será publicado, junto con las normas urbanísticas incluidas en el mismo, en el Boletín Oficial de Navarra y se remitirá una copia del expediente, debidamente diligenciado, al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra en el plazo de quince días."

NORMATIVA URBANISTICA

Alcance y propuesta de modificación

La modificación afecta a una superficie registral de 439 m² y catastral de 331 m², dentro de la cual se encuentra una edificación de vivienda en dos plantas y un garaje en planta baja. Coincide con las subunidades 7 y 8 de la parcela catastral 479.

Esta superficie pasará a formar parte a todos los efectos del suelo urbano consolidado, rigiéndose por lo establecido en el artículo 104 de las Normas Urbanísticas del Plan Municipal y demás artículos de referencia.

(Artículo 104. Suelo urbano consolidado.

1.-Definición.

Constituyen este suelo aquellas parcelas que en la actualidad se encuentran edificadas o son susceptibles de edificación por Actuación Directa, dentro del perímetro del suelo urbano, y que se reflejan en el plano de información correspondiente.

2.-Tipo de ordenación.

En la documentación gráfica adjunta se define, para cada una de las parcelas, la calificación de edificación regulada por la Normativa.

3.-Previsión de aparcamientos.

El casco urbano consolidado tiene una capacidad entre las viviendas existentes y las previstas de 92 viviendas. Es obligatorio la creación de una plaza de aparcamiento por cada 100 metros cuadrados de vivienda, fuera de espacio público. El artículo 2.3.1 del Decreto Foral 589/1999 establece la obligatoriedad de la creación como mínimo de una plaza de aparcamiento en espacio público por vivienda. En la localidad existen 1.280 m lineales de calle con una anchura superior a 8 m, lo que permite el tráfico en doble sentido y un aparcamiento en línea. Esto implica una capacidad de aparcamiento para 256 vehículos, con lo que se cumple lo establecido en el decreto.)

La misma superficie se sustraerá de la parcela de equipamiento educativo que constituye el centro Isterria, que seguirá rigiéndose por lo recogido en el artículo 105.7 de las Normas Urbanísticas.

La normativa escrita no sufre por tanto modificación, al margen de que el número total de viviendas pasaría de 92 a 93.

La modificación afecta por lo tanto a la documentación gráfica del planeamiento, alterándose los planos 1.10 Categorización del Suelo y 4.2 Ordenación de Ibero.

La normativa grafica vigente y modificada se adjuntan al presente documento escrito.

Cendea de Olza, 26 de abril de 2012.-El Alcalde-Presidente, Pedro M.ª Azparrren Ocaña.

Código del anuncio: L1206512