BOLETÍN Nº 37 - 21 de marzo de 2008

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

ARBEIZA

Aprobación inicial de las Ordenanzas reguladoras de utilización del cementerio Concejil y de los derechos y tasas por utilización y prestación de servicios, así como de la Ordenanza fiscal y regulación de utilización de caminos vecinales y pistas forestales de Arbeiza

La Junta del Concejo de Arbeiza en sesión celebrada el 9 de febrero de 2008, aprobó inicialmente la Ordenanza reguladora de utilización del cementerio Concejil y de los derechos y tasas por utilización y prestación de servicios, así como la Ordenanza fiscal y reguladora de utilización de caminos vecinales y pistas forestales de Arbeiza.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, las Ordenanzas aprobadas se someten a información pública durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que los vecinos e interesados legítimos puedan examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.

Si transcurrido el período de exposición pública no se formularan alegaciones, las Ordenanzas quedarán definitivamente aprobadas, procediéndose a la publicación de su texto íntegro en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Arbeiza, 14 de febrero de 2008.-El Alcalde-Presidente, Christophe Caro Alcalde.

Código del anuncio: L0803066