BOLETÍN Nº 19 - 11 de febrero de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCION 32/2008, de 21 de enero, del Director del Servicio de Calidad Ambiental, por la que se concede, con condiciones, la Autorización de Afecciones Ambientales al proyecto de construcción de nueva STR Sangüesa, de 66/13Ž2 kV en la parcela 398 del polígono 6 de Sangüesa, promovido por Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. en Bilbao.

Con fecha 7 de noviembre de 2007 tuvo entrada en este Servicio la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales del expediente arriba citado, referente a sustitución de STR, de 66/13Ž2 kV en la misma parcela de Sangüesa.

El proyecto se incluye en el Anexo 2C, apartado I de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, por lo que se somete al régimen de Autorización de Afecciones Ambientales.

En el artículo 28 de dicha normativa se establece que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales.

Así mismo, en el artículo 25.2 de dicha Ley Foral 4/2005 se establece que la autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente a actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. El Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo informa favorablemente la propuesta.

Vistos los informes que figuran en el expediente, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 28.1 de la indicada Ley Foral 4/2005, que me han sido delegadas por Orden Foral 426/2007, de 10 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Otorgar a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. en Bilbao, la Autorización de Afecciones Ambientales para la construcción de nueva STR Sangüesa, de 66/13Ž2 kV en la parcela 398 del polígono 6 de Sangüesa, promovido por Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

2.º La validez de la presente Autorización estará sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones y medidas correctoras:

-Los materiales de desguace de la actual STR y otros materiales sobrantes y residuos, deberán transportarse a vertedero autorizado.

-El promotor adoptará las medidas preventivo-correctoras indicadas en el Estudio de Afecciones Ambientales y contratará, con cargo a sus presupuestos, un Técnico Ambiental competente, con las funciones de:

a) Responsabilizarse de la concreción del Plan de Vigilancia Ambiental y su puesta en práctica,

b) Asesorar a la Dirección de Obra para compaginar el desarrollo de las actuaciones propuestas o imprevistas con las determinaciones ambientales establecidas,

c) Informar a la Dirección General de Medio Ambiente y Agua, mediante informe previo, informes mensuales en fase constructiva, informes semestrales, en sus dos primeros años de la fase de funcionamiento e informe final.

-Respecto a las infraestructuras y servidumbre que pudieran quedar afectadas por la ejecución de la pretendida actividad o que pudieran condicionar dicha ejecución, la empresa promotora se proveerá, de modo previo a la ejecución de las obras, de cuantas autorizaciones fueren precisas de los órganos competentes en razón de la materia de que se trate.

3.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

4.º Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra a los efectos de Autorización de Afecciones Ambientales.

5.º Trasladar esta Resolución al Servicio de Calidad Ambiental, al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio, al Guarderío de Medio Ambiente, al Ayuntamiento de Sangüesa y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 21 de enero de 2008.-El Director del Servicio de Calidad Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.

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