BOLETÍN Nº 77 - 22 de junio de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

ORDEN FORAL 155/2007, de 21 de mayo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que reconoce oficialmente a la Sociedad Cinófila de Navarra y a la Asociación Circulo de Cazadores y Criadores de Pachón Navarro, la gestión del libro genealógico de la raza canina Pachón Navarro.

La Sociedad Cinófila de Navarra, con CIF G31594559 y la Asociación Circulo de Cazadores y Criadores de Pachón Navarro, con CIF G31802721 solicitan ser consideradas entidades colaboradoras con el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, para llevar la gestión del libro genealógico de la raza canina Pachón Navarro.

La Orden Foral 270/2006 de 14 de agosto, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se reconoce el estándar racial y funcional de la raza canina Pachón Navarro, además de reconocer el estándar racial de la citada raza, crea el libro genealógico de la misma, y cita las obligaciones que deben cumplir las asociaciones que lleven la gestión del libro genealógico.

El Real Decreto 558/2001 de 25 de mayo, regula el reconocimiento oficial de las organizaciones o asociaciones de criadores de perros de raza pura raza, indica los requisitos que deben cumplir estas asociaciones par ser reconocidas.

El Real Decreto1557/2005 de 23 de diciembre modifica el Real Decreto 558/2001 e indica que el reconocimiento oficial de las asociaciones que pretendan llevar libros genealógicos de una raza canina española, corresponderá al órgano competente de la Comunidad Autónoma en la que radique el origen de la raza.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Artículo 1.º Reconocer oficialmente a la Sociedad Cinófila de Navarra con NIF G31594559, y a la Asociación Circulo de Cazadores y Criadores de Pachón Navarro con NIF G31802721 para llevar la gestión del libro genealógico de la raza canina Pachón Navarro.

Artículo 2.º La Sociedad Cinófila de Navarra y la Asociación Circulo de Cazadores y Criadores de Pachón Navarro, se comprometen, a cumplir lo establecido en la Orden Foral 270/2006 de 14 de agosto, del Consejero de Agricultura, Ganadería y alimentación, por la que se reconoce el estándar racial y funcional de la raza canina Pachón Navarro, y en concreto lo que establece su articulo 3.

Artículo 3.º Este reconocimiento podrá ser revocado si, como consecuencia de los controles que se realicen por parte de la administración, se comprobara el incumplimiento total o parcial de la reglamentación en la que se basa esta Orden Foral

Artículo 4.º Contra esta Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a partir de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra o a partir de su notificación al interesado.

Artículo 5.º Publicar esta Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 21 de mayo de 2007
El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, José Javier Echarte Echarte.

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