BOLETÍN Nº 73 - 13 de junio de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 147/2007, de 5 de junio, del Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, para la corrección de errores de la Orden Foral 107/2007, de 10 de mayo, del Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, de convocatoria para la concesión de quince becas de formación para titulados universitarios en el Servicio de Promoción e Imagen Turística.

Advertidos errores en la Orden Foral 107/2007, de 10 de mayo, del Consejero del Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, de convocatoria para la concesión de quince becas de formación para titulados universitarios en el Servicio de Promoción e Imagen Turística, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 65, de 25 de mayo de 2007, se procede a su subsanación mediante la publicación de la correspondiente corrección de errores.

En su virtud, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Foral 73/2005, de 16 de mayo, artículo 2.2.a), por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana.

ORDENO:

1.º Aprobar la siguiente corrección de errores de la Orden Foral 107/2007, de 10 de mayo, del Consejero del Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, de convocatoria para la concesión de quince becas de formación para titulados universitarios en el Servicio de Promoción e Imagen Turística:

En el apartado 2 de la base 6, denominada "Evaluación de la solicitudes":

_Donde dice: "Dicha comisión estudiará y valorará las solicitudes presentadas y propondrá la concesión de las becas a las personas que obtengan mayor puntuación, hasta un máximo total de 20 puntos", debe decir:

"Dicha comisión estudiará y valorará las solicitudes presentadas y propondrá la concesión de las becas a las personas que obtengan mayor puntuación, hasta un máximo total de 47 puntos".

_Donde dice: "b) Conocimientos de idiomas (euskera y lenguas extranjeras) acreditados por certificación de Escuela Oficial", debe decir:

"b) Conocimientos de idiomas (euskera y lenguas extranjeras) acreditados por certificación de Escuela Oficial: hasta un máximo total de 15 puntos".

_Donde dice: "c) Conocimientos de idiomas (euskera y lenguas extranjeras) acreditados por certificación no oficial", debe decir,

"c) Conocimientos de idiomas (euskera y lenguas extranjeras) acreditados por certificación no oficial: hasta un máximo total de 12 puntos".

2.º Publicar la presente Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

3.º Trasladar la presente Orden Foral al Servicio de Promoción e Imagen Turística, a la Secretaría General Técnica del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana y al Servicio de BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 5 de junio de 2007
El Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, Juan Ramón Corpas Mauleón.

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