BOLETÍN Nº 34 - 19 de marzo de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

PAMPLONA

Convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 5 plazas del puesto de trabajo de Licenciado en Derecho al servicio Ayuntamiento de Pamplona

La Junta de Gobierno Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 6 de marzo de 2007, aprobó la convocatoria de conformidad con las siguientes:

1._Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, que se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de la convocatoria, la provisión, mediante oposición, de 5 plazas del puesto de trabajo de Licenciado en Derecho al servicio del Ayuntamiento de Pamplona, distribuidas en los siguientes turnos:

_2 plazas en turno libre.

_2 plazas en turno de promoción.

_1 plaza en turno de de reserva para personas con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100.

1.2. Las plazas que se convocan son las siguientes:

_1 en el Area de Economía, identificada en la plantilla orgánica con el número 100505-1.

_1 en el Area de Presidencia, identificadas en la plantilla orgánica con el número 100505-7.

_2 en el Area de Urbanismo y Vivienda, identificadas en la plantilla orgánica con los números 100505-2 y 100505-5.

_1 en el Area de Servicios Sociales y Mujer, identificada en la plantilla orgánica con el número 100505-4.

No obstante las plazas que se ofertarán en el acto de elección de vacantes a las que se refiere la base 8 de la convocatoria serán las que hayan resultado del procedimiento de concurso de traslado aprobado por Resolución del Director del Area de Presidencia de 5 de octubre de 2006.

1.3. Las vacantes del turno de promoción que queden desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas se acumularán a las del turno libre.

Del mismo modo, las vacantes del turno de reserva para personas con discapacidad que queden desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumularán a las del turno que proceda, siguiendo el orden de distribución establecido en el artículo 15.3 del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Por otra parte, si en el turno de promoción o en el de reserva para personas con discapacidad resultan más aspirantes aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de estos turnos optarán a las vacantes del turno libre en estricta concurrencia con los aspirantes de éste, de acuerdo con la puntuación final obtenida.

Asimismo, podrán optar a la vacante del turno libre en la forma señalada en el párrafo anterior, los aspirantes del turno de promoción que no reúnan los requisitos específicos exigidos para participar en en el mismo, en el momento en que finalice el plazo de presentación de documentos al que se refiere el apartado 7.2. de la convocatoria.

1.4. Los aspirantes que obtengan plaza adquirirán la condición de funcionario con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia de personal del Ayuntamiento de Pamplona.

1.5. Los puestos de trabajo estarán dotados con las remuneraciones correspondientes al nivel A, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones aplicables al Ayuntamiento de Pamplona.

1.6. Los aspirantes que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas y resultar nombrados para las plazas del puesto de trabajo convocadas, ingresen en el Ayuntamiento de Pamplona y adquieran la condición de funcionarios, serán afiliados y dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

Los funcionarios que resulten nombrados para las plazas convocadas y estén afiliados al Régimen de Derechos Pasivos y Asistencia Sanitaria y Social al que se refiere el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y demás disposiciones complementarias, podrán optar por mantenerse en el mismo o afiliarse al mencionado régimen de la Seguridad Social.

1.7. Los aspirantes que obtengan plaza tendrán el deber de residir en el lugar de destino, a cuyo efecto fijarán efectivamente su domicilio en el término municipal de Pamplona.

1.8. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

1.9. Asimismo es objeto de la presente convocatoria constituir, con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, relaciones de aspirantes a la contratación temporal, conforme a lo dispuesto en las bases 3, 10 y 11 de esta convocatoria.

2._Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y dentro del plazo de presentación de documentos al que se refiere el apartado 7.2. de la convocatoria y hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los siguientes requisitos:

2.1.1. Requisitos para los aspirantes del turno libre.

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados afectados por los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, cuando no medie separación legal, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Ser mayor de edad.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en la fecha mencionada en posesión de credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.1.2. Requisitos para los aspirantes del turno de promoción.

Los aspirantes del turno de promoción deberán reunir asimismo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y dentro del plazo de presentación de documentos al que se refiere el apartado 7.2. de la convocatoria y hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, además de los requisitos señalados en el apartado anterior, los siguientes:

a) Ostentar la condición de personal fijo perteneciente a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.

c) Tener cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.

2.1.3. Requisitos de los aspirantes del turno de reserva para personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.

Los aspirantes del turno de reserva para personas con discapacidad, además de los requisitos señalados en el apartado 2.1.1, deberán tener reconocida oficialmente una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.

2.2. Salvo lo dispuesto en la base tercera, los anteriores requisitos deberán acreditarse por los aspirantes aprobados que sean propuestos para su nombramiento, en el plazo y forma previstos en la base séptima.

3._Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en los Registros del Ayuntamiento de Pamplona, (Calle Mercado 7-9, calle Zapatería 40, calle S. Saturnino, 2), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria, que será facilitado en el Servicio de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, en Internet www.pamplona.es, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para su presentación.

El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación de la condición legal de discapacitado, expedida por órgano competente.

3.3. A la instancia se acompañará el justificante de haber abonado en la cuenta del Ayuntamiento de Pamplona la cantidad de 25 euros en concepto de pago de tasa por formalización de expediente y derechos de examen El pago podrá realizarse mediante abono o transferencia a las cuentas del Ayuntamiento de Pamplona en las siguientes entidades financieras: Caja Navarra (2054 0152 31 1100003684), Caja Laboral Popular (3035 0039 34 0390900005) y Caja Rural de Navarra (3008 0001 14 1103447429) o en la Tesorería Municipal, calle Mercado 7-9, 2.º planta, en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

_Nombre y apellidos del aspirante.

_DNI/NIF.

_Número de cuenta en la que se efectúa el abono.

_Concepto: Oposiciones.

_Puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

_La falta de pago de la tasa determinará la exclusión del aspirante.

3.4. Los aspirantes que soliciten participar en la convocatoria por el turno de promoción y tengan la condición de personal fijo perteneciente a una Administración Pública de Navarra distinta a la del Ayuntamiento de Pamplona, deberán unir a la instancia, además, certificación acreditativa de los requisitos señalados en las letras a), b) y c) del apartado 2.1.2 de esta convocatoria

3.5. Los aspirantes que soliciten participar en la convocatoria por el turno de promoción deberán adjuntar, además, certificación acreditativa de los requisitos señalados en el apartado 2.1.2.c) de la convocatoria

4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Director del Area de Presidencia dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director del Area de Presidencia dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5._Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

_Presidente: Don José Iribas Sánchez de Boado, Concejal Delegado de Economía, Presidencia y Participación Ciudadana.

_Suplente: Don Juan José Unzue Gaztelu, Concejal Especial de Función Pública.

_Vocal: Un Asesor Jurídico de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona

_Suplente: Un Asesor Jurídico de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona

Vocal: Don Gonzalo Pérez Remondegui, Director de la Asesoría Jurídica del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona.

Suplente: Don Juan Luis Guijarro Salvador, Letrado del Area de Economía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona.

_Vocal: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.

_Suplente: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.

_Vocal-Secretario: Don Miguel Angel Cuesta Jorquera, Titular del Organo de Apoyo a la Junta de Gobierno Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona.

_Suplente: Doña María Pilar Gay-Pobes Vitoria, Letrada del Area de Urbanismo y Vivienda del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona.

El Tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6._Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de octubre de 2007. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: De carácter práctico, consistirá en redactar, durante el tiempo máximo de 5 horas, 2 dictámenes o informes jurídicos sobre los aspectos que determine el Tribunal en relación con las materias del temario de la oposición.

Segundo ejercicio: De carácter teórico, consistirá en exponer por escrito, durante el tiempo máximo de 5 horas, 3 temas escogidos al azar uno de la Parte I, uno de la Parte II y uno de la Parte IV de que consta el temario:

Tercer ejercicio: De carácter teórico y práctico. Se llevará a cabo mediante el sistema de plicas y consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo máximo de cuatro horas, a un cuestionario de 50 preguntas sobre la materia incluida en el temario. De ellas, 25 serán de respuesta predeterminada y las otras 25 de respuesta abierta. Todas ellas podrán tener naturaleza teórica o bien práctica, comportando la respuesta, en éste último caso, una valoración jurídica de lo planteado en la pregunta.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 100 puntos, distribuidos del siguiente modo:

Primer ejercicio: Hasta 30 puntos. Cada supuesto tendrá una puntuación máxima de 15 puntos.

Segundo ejercicio: Hasta 30 puntos. Cada tema tendrá una puntuación máxima de 10 puntos.

Tercer ejercicio: Hasta 40 puntos. El Tribunal valorará cada pregunta hasta 0,80 puntos.

6.4. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima asignada a cada uno de los ejercicios. Igualmente, en cualquier caso y en todos los ejercicios, quedará eliminado el aspirante que sea calificado con 0 puntos en cualquiera de los temas o supuestos de la oposición.

6.5. Los ejercicios primero, segundo de la oposición se realizarán por escrito y serán leídos por los aspirantes al Tribunal en acto público.

6.6. Terminada la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona y en el del lugar de celebración la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, la fecha, lugar y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.

6.7. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento que el Tribunal considere suficiente, quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados. Quedarán también excluidos los aspirantes que no concurran a la lectura de los ejercicios en la fecha fijada por el Tribunal.

7._Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal publicará la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en la oposición, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pamplona y en el del lugar de su celebración, y elevará al Director del Area de Presidencia, junto con la relación anterior y el expediente completo, propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes aprobados con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas.

Los empates que se produzcan en el resultado final de las pruebas selectivas se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en los ejercicios de la oposición, considerados sucesivamente y por su orden.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de notificación de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar al Area de Presidencia los siguientes documentos:

7.2.1. Aspirantes que no ostenten la condición de personal fijo al servicio del Ayuntamiento de Pamplona o de sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, salvo que se hubiera presentado con anterioridad.

c) Documento acreditativo de la condición de discapacitado de grado igual o superior al 33 por 100, en el caso de figurar incluido en la propuesta por el turno de reserva correspondiente y no haberlo presentado con anterioridad.

d) Informe expedido por los servicios médicos del Ayuntamiento de Pamplona acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Los aspirantes con discapacidad deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

e) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

g) Tarjeta de residencia en caso de ciudadanos que pertenezcan a la Unión Europea.

h) Permiso de residencia y trabajo, en caso de ciudadanos de países que no pertenezcan a la Unión Europea.

i) Libro de familia en el caso de ciudadanos incluidos en el párrafo segundo de la base 2.1.a)

Los aspirantes que ostenten la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Aspirantes que ostenten la condición de personal fijo del Ayuntamiento de Pamplona o de sus organismos autónomos:

a) En su caso, fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

b) Documento acreditativo de la condición legal de discapacitado de grado igual o superior al 33 por 100, en el caso de figurar incluido en la propuesta por el turno de reserva correspondiente y no haberlo presentado con anterioridad.

c) La documentación que para ser nombrado para el puesto de Auxiliar Administrativo al servicio del Ayuntamiento de Pamplona sea requerida por el Area de Presidencia.

Los aspirantes con discapacidad deberán aportar, además, una acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la Junta de Gobierno Local cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8._Elección de vacantes.

8.1. Los aspirantes que cumplan lo dispuesto en la base anterior comunicarán, en el plazo que a tal efecto les señale el Area de Presidencia, su preferencia por las vacantes de puesto de trabajo convocadas o aquellas que les sustituyan en atención a las necesidades del servicio, y se les pongan de manifiesto.

8.2. Los aspirantes que superen las pruebas selectivas por el turno de promoción, tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir las vacantes objeto de convocatoria sobre los aspirantes que no procedan de este turno.

8.3. Los aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 tendrán preferencia en la elección de vacantes sobre los aspirantes del turno libre.

9._Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión.

9.1. La Junta de Gobierno Local nombrará funcionarios del Ayuntamiento de Pamplona para desempeñar el puesto de trabajo de Licenciado en Derecho, y adjudicará las vacantes, mediante Resolución, a los aspirantes que den cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

9.2. Dicho nombramiento se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

9.3. Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario del Ayuntamiento de Pamplona. En tales supuestos se estará a lo establecido en el apartado 7.4. de la convocatoria.

9.4. En el caso de aspirantes que adquieran la condición de funcionarios y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4. de la convocatoria.

9.5. En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores no se modificará la elección de vacantes realizada con carácter previo al nombramiento, adjudicándose directamente a los nuevos funcionarios las plazas resultantes de dichas situaciones.

10._Listas de aspirantes a la contratación temporal.

10.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal, comunes para todas las Areas y organismos autónomos del Ayuntamiento de Pamplona:

_Lista de aprobados sin plaza

_Lista de aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo.

10.2. Listas de aprobados sin plaza.

La Dirección del Area de Presidencia constituirá con los aprobados sin plaza del proceso selectivo, una lista de aspirantes a la contratación temporal de acuerdo con el procedimiento establecido en la base 11 de esta convocatoria

Asimismo, remitirá esta lista a los órganos competentes de los organismos autónomos, para su gestión de conformidad con las normas que resulten de aplicación.

10.3. Aspirantes que no superen todos los ejercicios del proceso selectivo.

De conformidad con el procedimiento establecido en la base undécima de esta convocatoria, la Dirección del Area de Presidencia, constituirá una lista de aspirantes a la contratación temporal con los aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria.

11. Procedimiento de constitución de listas de aspirantes a la contratación temporal.

11.1. Recibido el expediente del Tribunal Calificador, por Resolución del Director del Area de Presidencia, se concederá a los aprobados sin plaza del procedimiento selectivo de ingreso, así como a los aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria, un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación de dicha Resolución, para presentar la documentación que se indica a continuación:

_Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria, del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención o certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias de participación en el procedimiento de ingreso.

Dicha Resolución se publicará, conjuntamente con los listados del personal afectado, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona (Plaza del Mercado, trasera del Ayuntamiento).

Quienes dentro del plazo indicado no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, no serán incluidos en las listas de aspirantes a la contratación temporal y decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

11.2. El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

11.3. Finalizado el plazo de presentación de documentación, por Resolución del Director del Area de Presidencia, se aprobarán, en su caso, las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal, que se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona (Plaza del Mercado, trasera del Ayuntamiento):

a) Lista de aprobados sin plaza.

b) Lista de aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria, que no hayan resultado aprobados sin plaza.

11.4. El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

12._Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguiente recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

ANEXO I

Don/doña ..................................., mayor de edad, D.N.I./Carta de identidad ....................., fecha de nacimiento (dia/mes/año) ..................., natural de (municipio/provincia) ....................., nacionalidad ................., domicilio actual (calle, numero, escalera, piso) ................., teléfono ....................., teléfono de trabajo ..............

Expone:

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Solicita:

Ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 5 plazas del puesto de trabajo de Licenciado en Derecho al servicio del Ayuntamiento de Pamplona, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ......., de fecha ................ ......., en el turno que se indica:

f Turno libre

f Turno promoción *

f Turno restringido minusválidos *

(*) Unicamente cuando lo contemple la convocatoria.

Protección de datos._ En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de 13-XII-1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso, se utilizarán exclusivamente para el ejercicio de las competencias municipales en el procedimiento de selección y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos del Ayuntamiento de Pamplona, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General (calle Mercado, 7-9. 31001, Pamplona).

Pamplona, ......... de ............................... de 20....

(Firma)

ANEXO II

Temario

PARTE I

Derecho Constitucional y Comunitario Europeo. Derecho privado navarro. Derecho mercantil y societario

1._Las fuentes del Derecho Público en España: enumeración, ordenación y principios que las informan. La Constitución como norma jurídica.

2._La Ley. Concepto y clases. La reserva de Ley. Decretos Leyes y Decretos Legislativos.

3._Otras fuentes del Derecho Público: los Tratados Internacionales. Los principios generales del Derecho. La jurisprudencia. La costumbre en el Derecho Público.

4._La Constitución Española de 1978. Proceso de elaboración. Características. Estructura. Los principios constitucionales. Los valores superiores en la Constitución española y los principios del artículo 9. La reforma de la Constitución. Significado del estado social y democrático de derecho.

5._El sistema electoral español. El contencioso electoral. Las instituciones de democracia direcuenta Las instituciones de democracia semidirecta: Iniciativa popular y referéndum en el Derecho Constitucional español. Examen de estas dos últimas figuras en el Derecho navarro.

6._El pluralismo político. Los partidos políticos. El pluralismo sindical. Los sindicatos. Otras formas de reconocimiento de la pluralidad social y económica en la Constitución española.

7._La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. La iniciativa autonómica. Creación, modificación y disolución de las Comunidades Autónomas.

8._Los Estatutos de Autonomía. Naturaleza. Caracteres. Contenido. Procedimiento de reforma. La distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. El control del Estado sobre las Comunidades Autónomas.

9._La potestad legislativa del Estado y de las Comunidades Autónomas. Sistemas de relación entre el ordenamiento estatal y el autonómico. Leyes Básicas, leyes marco, leyes de transferencia o delegación y leyes de armonización. Las leyes autonómicas.

10._El Tribunal Constitucional. Composición, organización y funcionamiento. Competencias. El control de constitucionalidad de las normas con rango legal: El recurso de inconstitucionalidad y la cuestión de inconstitucionalidad. El control previo de los Tratados Internacionales.

11._Los conflictos constitucionales entre órganos del Estado. Los conflictos constitucionales de competencia entre los órganos centrales del Estado y las Comunidades Autónomas y de éstas entre sí. Impugnación de disposiciones y resoluciones de las Comunidades Autónomas. Los conflictos en defensa de la autonomía local.

12._El Poder Judicial. La función judicial en la Constitución de 1978. Principios constitucionales de la organización y funcionamiento del poder y la función judiciales. El Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal.

13._Los derechos y deberes de los ciudadanos en la Constitución. Derechos fundamentales y las libertades públicas en la Constitución española. Derechos y deberes ordinarios. Los principios rectores de política económica y social.

14._La protección de los derechos en la Constitución. La vía judicial. El "habeas corpus". El recurso de amparo constitucional.

15._El Defensor del Pueblo. Competencias y formas de actuación.

16._El proceso de Unión Europea. Antecedentes, objetivos y naturaleza jurídica de la organización comunitaria. El Derecho comunitario originario: los Tratados constitutivos. El Derecho comunitario derivado: Reglamentos, Directivas y otras fuentes.

17._La organización de la Comunidad Europea. El Parlamento. El Consejo Europeo. La Comisión Europea. El Consejo (de Ministros). El Tribunal de Justicia. Otras instituciones comunitarias.

18._Los derechos y libertades de los ciudadanos de la Unión Europea. La ciudadanía europea.

19._Medios financieros de la Comunidad Europea. Financiación de la Comunidad Europea: el Presupuesto de la Comunidad. Las ayudas de Estado y su control por la Unión europea.Los fondos comunitarios: clases y finalidades.

20._La Compilación del Derecho Civil Foral o Fuero Nuevo de Navarra. Elaboración y procedimiento de reforma. Las fuentes del Derecho civil navarro. La condición civil foral de navarro: concepto y efectos, adquisición, conservación pérdida y recuperación. La condición foral navarra de las personas jurídicas.

21._Las fundaciones: concepto. La competencia de Navarra en materia de fundaciones. Elementos esenciales de las fundaciones de Derecho navarro. Constitución de la fundación. Organos: el patronato y el protectorado.

22._La propiedad y la posesión. Limitaciones de la propiedad en Derecho navarro. Las comunidades de bienes y derechos. La comunidad pro indiviso. Las servidumbres en Derecho navarro. El derecho de superficie. Los retractos y otros derechos de adquisición preferente.

23._La competencia de Navarra en materia de asociaciones y sociedades. Régimen jurídico de las asociaciones. Las sociedades cooperativas en Navarra.

24._Las sociedades mercantiles en general. Concepto legal de sociedad mercantil. Diferencias con la sociedad civil. Clases. Sociedades irregulares y en formación. El Registro Mercantil.

25._La Sociedad Anónima. La Sociedad Anónima Europea.

26._La Sociedad de Responsabilidad Limitada. La Sociedad Limitada Nueva Empresa. La Sociedad unipersonal.

PARTE II

Derecho Administrativo General

1._La Administración Pública en la Constitución española de 1978. Su inserción en el Poder Ejecutivo. Principios constitucionales de organización y funcionamiento.

2._La Administración Pública y el Derecho. El principio de legalidad. Potestades regladas y discrecionales.

3._Administración Pública y jurisdicción: el principio de autotutela.

4._La potestad reglamentaria de la Administración Pública. El Reglamento. Concepto y clases. Relaciones entre la Ley y el Reglamento. Los límites de la potestad reglamentaria. La defensa jurídica contra los reglamentos ilegales: las vías penal y contencioso-administrativa y la excepción judicial.

5._Las personas jurídicas públicas. Tipología de los entes públicos en el ordenamiento jurídico español. La capacidad de los entes públicos.

6._La relación jurídico-administrativa. Concepto y caracteres. Nacimiento, modificación y extinción de las relaciones jurídico-administrativas. Elementos de la relación jurídico-administrativa.

7._Las situaciones jurídicas subjetivas en el Derecho Administrativo. Situaciones activas, potestad, derecho subjetivo e interés legítimo. Situaciones pasivas y mixtas.

8._El administrado. Concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Participación de los ciudadanos en la Administración.

9._El acto administrativo. Concepto. Clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo.

10._El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza. La Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento administrativo Común: Ambito de aplicación y principios informadores. Los interesados. Términos y plazos.

11._El procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación.

12._Los procedimientos administrativos especiales: el procedimiento para la elaboración de las disposiciones de carácter general. Las reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales.

13._La eficacia de los actos administrativos. Presunción de validez. Condiciones de eficacia. El silencio administrativo. Ejecutividad y suspensión. La ejecución de los actos administrativos.

14._La teoría de la invalidez del acto administrativo. Actos nulos y anulables. La convalidación del acto administrativo. La revisión de oficio.

15._Las formas de la acción administrativa. El fomento y sus medios. La Ley General de Subvenciones y su reglamento de desarrollo.

16._La actividad administrativa de limitación. Evolución del concepto. Principios que lo informan. Manifestaciones de la actividad de limitación. Las autorizaciones. Las concesiones.

17._La potestad sancionadora de la Administración. Principios generales. El procedimiento sancionador.

18._El condicionamiento administrativo de los derechos de los españoles. La Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana. Suspensión de los derechos y estados excepcionales.

19._El servicio público. Evolución del concepto. Servicio público y prestaciones administrativas.

20._Los modos de gestión del servicio público. La gestión direcuenta El contrato de gestión de servicios públicos. Las empresas públicas y las empresas mixtas.

21._El dominio público. Concepto y naturaleza. Elementos. Régimen jurídico.

22._La responsabilidad patrimonial de la Administración pública. Evolución y régimen actual.

23._Los recursos administrativos. Los recursos de alzada y de reposición. El recurso extraordinario de revisión.

24._La jurisdicción contencioso-administrativa. Evolución histórica y régimen español vigente. Naturaleza. Extensión y límites.

25._El recurso contencioso-administrativo. Las partes. Objeto del recurso contencioso-administrativo. Procedimiento contencioso-administrativo: en primera o única instancia y el abreviado. La sentencia y su ejecución.

26._La organización administrativa. Principios constitucionales. Los órganos administrativos: concepto y clases. Competencia y traslación de competencias. La jerarquía. La desconcentración. Centralización y descentralización administrativa. Coordinación y control.

27._Las relaciones entre las Administraciones Públicas. Principios generales. La colaboración, cooperación y coordinación interadministrativas. Las Conferencias Sectoriales y otros órganos de cooperación. Los convenios de colaboración y los planes y programas conjuntos.

28._La Administración Corporativa. Colegios Profesionales y Cámaras oficiales en Navarra. La Administración Institucional. Los organismos autónomos. Las entidades públicas empresariales. Especial referencia a su régimen en Navarra.

29._El régimen de organización de los municipios de gran población: ámbito de aplicación; organización y atribuciones del pleno; el alcalde y los tenientes de alcalde; organización y atribuciones de la Junta de Gobierno Local; la Asesoría Jurídica.

30._El Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Pamplona.

31._Adquisición, suspensión y pérdida de la condición de miembro de la Corporación. Derechos y deberes. Grupos políticos. Registro de intereses. Constitución, vigencia y finalización del mandato corporativo.

32._El Registro de Documentos. Los expedientes. La publicidad de los actos y acuerdos. La formalización de las actas y certificaciones. Las reclamaciones y recursos contra los actos y acuerdos de las Corporaciones Locales.

33._Los vecinos y el padrón municipal. Gestión, comprobación, control y revisión del padrón municipal. El Consejo de Empadronamiento. El padrón de españoles residentes en el extranjero. Sanciones administrativas.

34._El Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario: análisis de su contenido.

PARTE III

Legislación administrativa y presupuestaria, Derecho Laboral

1._La protección de datos personales en Europa y España. La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales.

2._La expropiación forzosa. Evolución histórica. Concepto. Naturaleza y justificación. Elementos: sujetos, objeto, causa y contenido.

3._El procedimiento expropiatorio. Referencia a los procedimientos especiales. Las garantías del particular.

4._La organización de la Administración General del Estado. Los órganos superiores. Presidente y Vicepresidente del Gobierno. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. Los Ministros. Mención a otros órganos.

5._Los órganos territoriales de la Administración General del Estado. Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas. Los Subdelegados del Gobierno en las provincias.

6._El presupuesto: concepto, naturaleza y clases. El presupuesto español, fuentes de su ordenación jurídica, contenido y principios básicos de su estructura.

7._El gasto público: principios constitucionales en la materia. Limitación de los créditos presupuestarios para gastos. Procedimiento para la ejecución del gasto público.

8._Los ingresos públicos: clasificación. La Deuda Pública: concepto, clases y régimen jurídico.

9._Los tributos: concepto, naturaleza y clases. Estudio especial del impuesto. El ordenamiento tributario español: principios generales.

10._Gestión, liquidación, recaudación e inspección de los tributos. La revisión de los actos tributarios en vía administrativa. Infracciones y sanciones tributarias. El delito fiscal.

11._El Derecho del Trabajo. Naturaleza y caracteres. Principios fundamentales que regulan la relación laboral.

12._Las fuentes del Derecho del Trabajo. El Estatuto de los Trabajadores. Convenios Colectivos.

13._El contrato de trabajo: concepto, naturaleza y modalidades. La contratación laboral en las Administraciones Públicas.

14._Suspensión y extinción del contrato de trabajo: sus causas. El despido.

15._La Seguridad Social. Normas generales y campo de aplicación. Entidades gestoras, servicios comunes, entidades colaboradoras y organismos autónomos de la Seguridad Social.

16._Régimen General de la Seguridad Social. Campo de aplicación. Afiliación y cotización. Acción protectora: contingencias protegibles y régimen de prestaciones.

PARTE IV

Derecho Público de Navarra

1._El régimen foral de Navarra. Su evolución (1512-1982): Navarra, de reino a Comunidad Foral. Especial referencia a las Leyes de Fueros, en particular la Ley Paccionada de 1841.

2._Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. Proceso de elaboración. Naturaleza y significado. El Título Preliminar. La reforma.

3._El Parlamento o Cortes de Navarra. Composición, organización y funciones. La función de control del Parlamento sobre el Gobierno.

4._La iniciativa legislativa. Leyes Forales. Naturaleza y clases. El procedimiento legislativo. La iniciativa legislativa popular. La iniciativa legislativa de los Ayuntamientos.

5._La Diputación Foral o Gobierno de Navarra. Funciones. El Presidente. Su elección. Los Consejeros. La Administración de la Comunidad Foral. Decretos y Ordenes Forales. Actos y recursos.

6._La Administración de Justicia de Navarra. Organización. El Tribunal Superior de Justicia de Navarra. Relaciones de la Comunidad Foral de Navarra con el Estado y con las Comunidades Autónomas.

7._La Cámara de Comptos de Navarra. Organización y competencias. Sus relaciones con el Tribunal de Cuentas del Reino.

8._Ley Foral del Vascuence y su desarrollo reglamentario. El uso del vascuence en las Administraciones Públicas de Navarra. La Ordenanza reguladora de la utilización y fomento del vascuence del Ayuntamiento de Pamplona. La Ley Foral de símbolos de Navarra.

9._El régimen del convenio económico. Los Convenios Económicos: Historia y naturaleza jurídica. Los principios de la autonomía tributaria de Navarra. El vigente Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.

10._El Consejo de Navarra. Origen y justificación. Naturaleza y caracteres. Composición. Organización. Competencias. Funcionamiento.

11._El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra. Origen y justificación. Carácter de la institución. Elección, cese y sustitución. Prerrogativas e incompatibilidades. Competencias. Funcionamiento de la institución. Relaciones con el Parlamento y con el Defensor del Pueblo designado por las Cortes Generales.

12._Bienes de las Entidades Locales de Navarra (I): Concepto, clasificación y régimen jurídico. Calificación jurídica. Alteración. Adscripción. Adquisición. Defensa, conservación y recuperación.

13._Bienes de las Entidades Locales de Navarra (II): Inventario y registro de los bienes. Utilización y aprovechamiento; en particular las concesiones administrativas. Enajenación y gravamen.

14._Las competencias de Navarra. Su ordenación en el Amejoramiento del Fuero: clasificación y principios. La Junta de Transferencias.

15._La protección del medio ambiente: competencias de la Comunidad Foral de Navarra. Actividades sometidas a Licencia Municipal de actividad clasificada. Licencia municipal de apertura. Inspección de las actividades sometidas a intervención ambiental. Restauración de la legalidad ambiental. Competencias sanitarias de los municipios.

16._La protección pública a la vivienda en Navarra: concepto, ámbito y descripción de la protección, modalidades de actuaciones protegibles. Régimen jurídico de las viviendas de protección oficial. La rehabilitación de viviendas. El fomento de la rehabilitación de viviendas del Ayuntamiento de Pamplona: líneas generales de su ordenanza reguladora.

17._Función pública: naturaleza y contenido de la relación jurídico funcionarial. El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

18._La Administración Local en Navarra (I). Competencias de Navarra para su regulación. Los Municipios de Navarra: concepto, elementos, símbolos, organización y competencias. Relaciones interadministrativas.

19._La Administración Local en Navarra (II). Régimen de funcionamiento de las Entidades Locales de Navarra. Información y Participación Ciudadanas.

20._La Administración Local en Navarra (III). Intervención administrativa en la actividad privada Formas de gestión de los servicios públicos. Servicios económicos. Consorcios. Acción socioeconómica.

21._La potestad reglamentaria de las Entidades Locales: reglamentos y ordenanzas. Procedimiento de elaboración. El reglamento orgánico. Los bandos.

22._El procedimiento y régimen jurídico de las actuaciones en las Entidades Locales de Navarra. Impugnación y control de las actuaciones de las Entidades Locales. El Tribunal Administrativo de Navarra.

23._La Ley Foral de Haciendas Locales. Los recursos de las Haciendas Locales de Navarra y su régimen. Impuestos municipales. La participación de las Entidades Locales de Navarra en los tributos de la Hacienda Pública de Navarra.

24._Los presupuestos de las entidades locales de Navarra. Contenido y aprobación. Créditos presupuestarios y sus modificaciones. Ejecución y liquidación. El control y la fiscalización.

25._La Ley Foral de Contratos Públicos (I): Ambito y normas generales de aplicación. Los contratistas. Disposiciones comunes a los contratos de las Administraciones Públicas. Actuaciones previas a la adjudicación.

26._La Ley Foral de Contratos Públicos (II): Procedimientos y criterios de adjudicación. Sistemas para la mejora de la gestión de la contratación. Normas de publicidad y plazos. Adjudicación, perfección y formalización.

27._La Ley Foral de Contratos Públicos (III): Ejecución de los contratos. Retribución y revisión de precios. Extinción e invalidez de los contratos. Las reclamaciones y otras medidas de control. Las especialidades en materia de contratación de las entidades locales de Navarra.

28._Planeamiento Urbanístico Municipal (I). Concepto y configuración del Plan General Municipal. Objeto, contenido y tipología. Procedimiento de elaboración y aprobación. Efectos, vigencia y alteración del Plan General Municipal.

29._Planeamiento Urbanístico Municipal (II). El planeamiento de desarrollo. Contenido. Elaboración. Aplicación y efectos.

30._Régimen urbanístico del suelo. Principios generales del régimen urbanístico del suelo. El estatuto legal de la propiedad del suelo. Deberes urbanísticos generales de los propietarios de terrenos y construcciones en cualquier clase de suelo: uso, conservación y rehabilitación. La clasificación del suelo. El régimen del suelo urbano, urbanizable y no urbanizable: derechos y deberes de los propietarios.

31._Ejecución del planeamiento (I). Presupuestos de la ejecución urbanística. La ejecución urbanística. El proyecto técnico de gestión urbanística. El proyecto de urbanización. Obtención de terrenos destinados a sistemas generales, locales y dotaciones supramunicipales.

32._Ejecución del planeamiento (II). Los sistemas de actuación privados. Consideraciones generales. El sistema de compensación. Sistema de reparcelación voluntaria. Sistema de Agente Urbanizador.

33._Ejecución del planeamiento (III). Los sistemas de actuación pública. Sistema de cooperación. Sistema de ejecución forzosa. Sistema de expropiación forzosa.

34._La intervención pública en la edificación y usos del suelo: Licencias urbanísticas. Ordenes de ejecución. Declaración de ruina. Protección de la legalidad urbanística. Régimen sancionador.

35._La intervención pública en el mercado del suelo. Patrimonios públicos de suelo. Derecho de superficie. Derecho de tanteo y retracto.

Nota: Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente a la fecha de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente convocatoria, sin perjuicio de que el Tribunal pueda valorar adicionalmente la aportación de las modificaciones normativas que hubieran sido aprobadas con posterioridad a dicha fecha.

Pamplona, 6 de marzo de 2007
Secretario de la Junta de Gobierno Local, José Iribas Sánchez de Boado.

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