BOLETÍN Nº 34 - 19 de marzo de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCION 50/2007, de 7 de febrero, de la Directora General de Cultura, por la que se aprueban las bases reguladoras del "Premio a la creación literaria 2007"; se autoriza el gasto previsto para la concesión de dicho premio y su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

El Servicio de Acción Cultural, en informe de 25 de enero de 2007, solicita la aprobación de las bases del "Premio a la Creación Literaria 2007"; autorización de un gasto de 3.000 euros para la concesión de dicho premio; así como autorización para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En virtud de las facultades conferidas por el Decreto Foral 73/2005, de 16 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana,

RESUELVO:

1.º Aprobar las bases de la convocatoria del "Premio a la Creación Literaria 2007".

2.º Autorizar un gasto de 3.000 euros para la concesión dicho premio.

El citado gasto se realizará con cargo a la Partida A20002 A2510 4809 331100, denominada "Premios" del presupuesto de gastos de 2007.

3.º Publicar las bases en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

El Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana del Gobierno de Navarra, con objeto de promover la creación literaria, convoca un premio de 3.000 euros, de acuerdo con las siguientes

BASES

1._Objeto del premio

Este premio tiene por objeto ayudar a la creación y publicación de una obra literaria inédita en la modalidad de narrativa.

2._Imputación presupuestaria y cuantía

2.1. El premio se financiará con cargo a la partida A20002 A2510 4809 331100 denominada "Premios" en el presupuesto de gastos de la Dirección General de Cultura para el año 2007.

2.2. El importe del premio será de 3.000 euros.

3._Requisitos de los aspirantes

Los aspirantes deberán ser naturales o estar empadronados en Navarra con anterioridad al 1 de enero de 2007.

4._Presentación de solicitudes

4.1. Las solicitudes de ayuda se presentarán, conforme al modelo de solicitud recogido en el Anexo 1 de las presentes bases, en el Registro del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana (calle Navarrería, 39, 31001 Pamplona), o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.2. La solicitud deberá ir dirigida a la Dirección General de Cultura del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, indicando en la misma "Para el premio a la creación literaria 2007". Se admitirá un máximo de dos obras por participante.

4.3. El plazo de presentación de las solicitudes y documentación anexa finalizará a las catorce horas del día 25 de junio de 2007.

4.4. La solicitud irá acompañada de los siguientes documentos:

a) Documentación acreditativa de lo estipulado en la base 3.

b) Certificados acreditativos de estar el solicitante al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias (expedidos por los órganos competentes).

c) Cinco ejemplares de la obra con la que se concurre al premio, mecanografiados en folios a doble espacio.

4.5. Si la solicitud no viniera cumplimentada en todos sus términos se requerirá al solicitante la subsanación del defecto observado, concediendo para ello un plazo máximo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la notificación del requerimiento de subsanación.

5._Valoración y adjudicación

5.1. Una Comisión presidida por la Directora General de Cultura e integrada por el Jefe de la Sección de Actividades Culturales, el Jefe de la Sección del Libro y Publicaciones, un miembro del Consejo Navarro de Cultura, y un experto en el área literaria, nombrados por la Directora General de Cultura, estudiará las solicitudes presentadas y elevará su propuesta al Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, antes del 1 de octubre de 2007.

El plazo de resolución será de tres meses, contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

5.2. El premio será de carácter indivisible y la Comisión podrá proponer declararlo desierto.

5.3. La adjudicación del premio se efectuará por Orden Foral del Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, quien podrá declarar desierta la convocatoria, si no existiesen solicitudes o no se cumpliesen los requisitos.

5.4. El premiado deberá manifestar por escrito que autoriza, en exclusiva y por un período de un año, a la Dirección General de Cultura para que proceda a la publicación de la obra.

5.5. El premio será objeto de la retención correspondiente prevista en la normativa que regula el I.R.P.F.

6._Pago

El beneficiario recibirá la cantidad asignada al tiempo de la concesión, previo cumplimiento de lo establecido en la base 5.4.

7._Publicación

7.1. La Dirección General de Cultura se compromete a publicar la obra premiada en el plazo máximo de un año desde el momento de hacerse pública la concesión.

7.2. Los ejemplares de las obras no premiadas podrán ser retirados por el autor o persona por él delegada durante los dos meses posteriores a la resolución de la convocatoria, exceptuando un ejemplar, que forma parte del expediente administrativo.

8._Recursos

Contra la presente convocatoria y Bases reguladoras podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación.

ANEXO 1

Modelo de solicitud

Don/Doña .........................., D.N.I./N.I.F ................, con domicilio en ...................., calle ..................., código postal ........, teléfono ............., en nombre propio o en representación de (táchese lo que no proceda) don/doña ............., D.N.I./N.I.F .............., con domicilio en ..............., calle ............, código postal ........, teléfono ........., presenta solicitud para el premio a la creación literaria 2007, conforme a las bases aprobadas por Orden Foral ........./200....., de ...... de ...................... (BOLETIN OFICIAL de Navarra número ......, de ....... de .............. de 200......).

Y, de conformidad con lo previsto en dichas bases reguladoras:

1._Aporta, según se exige en las mismas, los documentos siguientes:

a) f Documentación acreditativa de lo estipulado en la base 3.

c) f Cinco ejemplares de la obra.

2._La presentación de la presente solicitud por parte del interesado conllevará la autorización al órgano gestor para recabar el certificado acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Pública de Navarra, expedido por el Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno de Navarra.

......................., .............. de ...................... de 2007.

(Firma)

GOBIERNO DE NAVARRA. DEPARTAMENTO DE CULTURA Y TURISMO-INSTITUCION PRINCIPE DE VIANA.

Pamplona, 7 de febrero de 2007
La Directora General de Cultura, Camino Paredes Giraldo.

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