BOLETÍN Nº 141 - 12 de noviembre de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.1. Ordenación del territorio y urbanismo

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 22 de octubre de 2007, por el que se inicia la tramitación del expediente de modificación del "Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para la Implantación de un Area de Actividades Económicas de Carácter Comarcal en Tudela", promovido por el Ayuntamiento de Tudela y Nasuinsa.

I.-Antecedentes, justificación y objeto de la modificación.

Por Acuerdo de Gobierno de Navarra de fecha 30 de mayo de 2005, fue aprobado definitivamente el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal (PSIS) para la "Implantación de un Area de Actividades Económicas de Carácter Comarcal en Tudela", promovido por el Ayuntamiento de Tudela (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 73, de 20 de junio de 2005), y denominado a posteriori por esta entidad local como Polígono la Serna.

El documento de modificación del PSIS ahora presentado, señala que el Gobierno de Navarra -a través de la sociedad pública SPRIN- tiene la intención de destinar gran parte de las parcelas del Sector S-1 del PSIS a actividades económicas del ámbito agroalimentario. Ello hace que Nasuinsa considere necesaria la reposición de esta superficie en otra ubicación dentro del ámbito del PSIS.

Atendiendo a lo antepuesto, se tramita la presente modificación del PSIS, no sólo para restablecer dentro de su ámbito la disponibilidad de suelo para actividades económicas de otros ámbitos además del agroalimentario, sino para igualmente disminuir su dependencia energética y coordinar el PSIS vigente con otros desarrollos paralelos. (En la actualidad está en tramitación una modificación del PGOU de Tudela para la implantación de un Campo de Golf y una ciudad bioclimática al oeste del ámbito del PSIS).

II.-Descripción de la modificación.

El PSIS vigente contempla un ámbito de 567,8 Has. dividido en tres sectores, S-1, S-2 y S-3, con dos Sistemas Generales adscritos, SG-1 y SG-2, y una zona de suelo no urbanizable para reserva de infraestructuras, que coincide con una de las alternativas del corredor ferroviario de alta velocidad.

Las modificaciones ahora propuestas consisten fundamentalmente en el cambio de uso y ajuste de dimensiones de algunas parcelas en el Sector S-1, y modificaciones de mayor entidad en los sectores S-2 y S-3.

En el Sector 1 se propone el cambio de uso de varias parcelas -de polivalente a industrial y de actividad empresarial a polivalente e industrial-, el cambio de ubicación de una playa de aparcamientos y la reducción de las dimensiones y alineaciones de varias parcelas por la afección de líneas eléctricas aéreas.

En los Sectores S-2 y S-3 se plantea modificar sus ámbitos, aumentando el del Sector S-2 y disminuyendo el del Sector S-3, manteniendo los usos globales (S-2 uso global "industrial" y S-3 uso global "terciario-servicios") y las normativas urbanísticas particulares de los mismos.

La nueva delimitación del Sector S-2 ocupa una franja central Norte-Sur del ámbito del PSIS. Internamente, el tratamiento de viales, el formato de las parcelas -de superficie de tamaño considerable- y la calificación de usos son similares a los vigentes.

Como novedad, y al igual que el Sector S-3, este sector incluye la previsión de una franja al norte del mismo para infraestructura de producción energética. Asimismo se incorporan estructuras resultantes de una ordenación conjunta con la Ciudad Bioclimática-Campo de Golf en tramitación, como es una zona de uso dotacional que facilite la implementación de espacios y servicios de articulación de los tres usos (industrial-residencial-ocio/terciario), y se establece un contacto del corredor ecológico del Sector S-3 con la reposición de cañada.

La nueva delimitación del Sector S-3 ocupa igualmente una franja Norte-Sur, entre la nueva delimitación del Sector S-2 y el campo de golf previsto al oeste del polígono. En su extremo norte, en sustitución de la zona verde del PSIS vigente, se continúa con la banda de "área de producción energética" del Sector S-2, mientras que en el extremo oeste se define una "zona verde-corredor ecológico de banda" de 100 m de anchura.

Al igual que en el PSIS vigente, para el Sector S-3 no se establecen determinaciones urbanísticas pormenorizadas dejándose su desarrollo a través del correspondiente Plan Parcial.

Las nuevas zonas de producción energética delimitadas al norte de los sectores S-2 y S-3 y en dos pequeñas islas en la zona verde del sector S-1, se definen en el documento como previsión de áreas suficientes, a largo plazo, para ubicar instalaciones de obtención de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables como el sol y el viento (paneles fotovoltaicos, aerogeneradores, etc ...), tanto para el ámbito del PSIS como en previsión de futuros desarrollos urbanísticos.

Las infraestructuras exteriores al PSIS no varían, y las interiores se adaptan a la nueva disposición de viarios y parcelas. En cualquier caso, se incorporan nuevas consideraciones en infraestructuras de alumbrado y de saneamiento, por la aparición de nueva legislación en el primer caso, y en previsión de aparición de estaciones depuradoras asociadas a las actividades industriales en el segundo caso.

Asimismo, se contempla, de manera orientativa, una solución para el incremento de abastecimiento de agua al polígono, en el hipotético caso de que la prevista en el Proyecto de redes exteriores sea insuficiente. Esta opción, según la propuesta, se demuestra posible, pero no se prevé su ejecución en desarrollo de este PSIS, por lo que no se recogen las afecciones exteriores derivadas y se deja la definición de su trazado interior al polígono para el Proyecto de Urbanización.

Por otra parte, y a consecuencia de un informe de REDESA, relativo a las zonas en las que se prohíbe la edificación en razón de las servidumbres de la línea eléctrica aérea de 220 kV., que atraviesa el área de actividades económicas, se corrigen para el Sector S-1, tal como se ha señalado anteriormente, los límites de las parcelas afectadas por el corredor generado por tales servidumbres. Por dicho corredor discurriría también una nueva doble línea de 66 kV paralela a la anterior.

Los aprovechamientos tipo de los Sectores S-1 y S-3 no varían (0,2 m²/m² referidos al uso global de actividad empresarial y 0,175 m²/m² referidos al uso global terciario-servicios, respectivamente), mientras que el del Sector S-2 se reduce sensiblemente al pasar de 0,47 m²/m² a 0,37 m²/m² referidos al uso global industrial.

El calendario para el desarrollo del Plan Sectorial vigente se adelanta y para el mismo se contemplan varias etapas no vinculantes. En la actualidad se ha iniciado la ejecución de la urbanización de una primera fase del Sector S-1 y está prevista la redacción del proyecto de urbanización del Sector S-2 para un mes después de la aprobación definitiva de esta modificación del PSIS. La redacción del Plan Parcial que desarrolle el Sector S-3 se prevé para 2009.

COMPARATIVA DE SUPERFICIES ORDENADAS

PSIS VIGENTE MODIFICACION

Total ámbito 567,8 Has. 567,8 Has.

Sector S-1 2.202.192 m² 2.202.192 m²

Sector S-2 1.038.651 m² 2.187.178

Sector S-3 2.013.851 m² 867.725

III.-Consideraciones urbanísticas

Cesiones y reservas en suelo urbanizable.

El documento sólo desarrolla las cesiones y reservas de los sectores S-1 y S-2. Para el Sector S-3 establece que será en el Plan Parcial que lo desarrolle donde se justifique el cumplimento de estas cesiones y reservas, si bien, y tal como se ha señalado anteriormente, se concreta ya la ubicación, en su límite norte, de un "área de producción energética" y, en su límite oeste, de una zona verde recogiéndola como corredor ecológico de banda.

La ordenación propuesta cumple con las superficies destinadas a grandes zonas verdes y equipamiento polivalente impuestas por el artículo 53 de la LFOTU (10% y 4% del total del sector respectivamente). En el caso de la dotación de zonas verdes, la memoria del documento específica que, como en el PSIS vigente, aunque la ordenación prevista contempla una mayor superficie con destino a zonas verdes públicas, sólo computan como zonas verdes el 10% de cada sector. Si bien, dada la singular morfología de las parcelas POL-2 y DOT 3 del Sector S-2 que podría conllevar un difícil aprovechamiento edificatorio y una compleja ordenación interior, cabe recomendar la reubicación y el cambio de forma de las mismas.

La previsión de plazas de aparcamientos cumple con lo requerido en el Decreto Foral 85/1995, de 3 de abril, pero con una gran desproporción en su distribución entre suelo público y privado. En el Sector S-1 solo el 12,6 % de las plazas previstas se disponen en viario público, mientras que el sector S-2 se dispone del 27 %. Esta desproporción en la distribución de plazas de aparcamiento entre suelo público y privado debiera ser justificada en el documento.

En relación a los aparcamientos, hay que recomendar la reubicación de la playa prevista en el Sector S-1, desplazada conforme al PSIS vigente, que se sitúa alejada de las parcelas industriales, condición ésta que resta funcionalidad a la misma.

Otras consideraciones.

En el documento de modificación presentado, las edificabilidades de los usos dotacionales previstos en el sector S-2 no computan para el cálculo del aprovechamiento tipo. En coherencia, el Plan deberá especificar para los mismos la propiedad pública, así como adecuar la tabla de compatibilidad de usos (usos tolerados) a esta última condición.

Se debería incluir una tabla de compatibilidad de usos para el sector S-3, para los usos establecidos de "zona verde: corredor ecológico de banda" y de "infraestructura producción energética". En este sentido, dentro del uso de zona de "infraestructura producción energética" sería conveniente, para evitar malas interpretaciones a futuro, incluir como usos tolerados las instalaciones de producción de energía eléctrica con las condiciones que se recogen en el Decreto Foral 68/2003, de 7 de abril, por el que se dictan normas para la implantación y utilización de instalaciones de generación de energía eólica para autoconsumo o con fines experimentales.

Para el área normativa AN-1 el artículo 37 de la normativa del documento recoge un mecanismo de transferencia de aprovechamientos entre diferentes manzanas y usos. Se deberá concretar que las citadas transferencias nunca podrán conllevar modificaciones en los aprovechamientos tipo de los sectores del polígono.

Se deberá añadir al nuevo artículo titulado "Reutilización de aguas residuales" la necesidad de solicitar autorización del organismo competente en cauces.

IV.-Consideraciones medioambientales.

Con fecha 2 de octubre de 2007 el Servicio de Calidad Ambiental informa lo siguiente:

"En relación con la Modificación Puntual del PSIS de Area de Actividades Económicas de Tudela presentada por Nasuinsa, que supone variaciones en la ordenación y la posibilidad de localizar en el área del PSIS infraestructuras de producción de energía eólica y fotovoltaica, se informa que los cambios de ordenación no suponen ninguna alteración en la valoración del impacto ambiental del PSIS aprobado.

La posibilidad de ubicar instalaciones para el aprovechamiento de energía solar en el área que se había aprobado como zona verde del PSIS cambia sustancialmente el papel ambiental de esta franja de terreno que se ubicó en la zona más adecuada del área de actividades económica para crear una transición con el espacio de interés para las aves esteparias.

La propuesta de instalación de aerogeneradores para autoconsumo debe venir acompañada del informe del Servicio de Seguridad Industrial en el que se verifique la justificación de la instalación con destino al autoconsumo. En cualquier caso, para la instalación de aerogeneradores debe efectuarse previamente el estudio del ciclo anual completo de uso del espacio por la avifauna, de acuerdo con lo previsto en la Orden Foral 224/2005 del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda. En el Estudio de Afecciones Ambiéntales que en su caso se realice se tendrá en cuenta la emisión de ruidos y su incidencia en las parcelas del entorno inmediato".

En su virtud, de acuerdo con el informe de la Comisión de Ordenación del Territorio del día 4 de octubre de 2007, y de conformidad con la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y demás normas de aplicación, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio,

ACUERDA:

1.º Iniciar la tramitación del expediente de Modificación de "Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Area de Actividades Económicas de Tudela", promovido por el Ayuntamiento de Tudela y Nasuinsa.

2.º Señalar a la entidad promotora, que deberán incluirse en el Plan Sectorial las cuestiones planteadas en los apartados de "Consideraciones Urbanísticas" y "Medioambientales" de la parte expositiva de este Acuerdo.

3.º Someter el expediente, por el plazo de un mes, a los trámites simultáneos de información pública y de audiencia al Ayuntamiento cuyo término queda afectado por la modificación, conforme a lo previsto en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

A tales efectos, el expediente estará a disposición de los interesados en las dependencias del Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio (Avenida del Ejército, 2-Nivel 3, de Pamplona), pudiéndose presentar, por escrito, durante dicho plazo, cuantas alegaciones se consideren oportunas.

4.º Publicar el presente Acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y notificarlo al Servicio de Calidad Ambiental del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente y a los promotores, a los efectos oportunos.

Pamplona, 22 de octubre de 2007.-El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez

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