BOLETÍN Nº 112 - 7 de septiembre de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

OROZ-BETELU

Compensación de cargos corporativos

El Pleno del Ayuntamiento de Oroz-Betelu, en Sesión celebrada con fecha 1 de agosto de 2007, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

Dada cuenta del contenido del artículo 15 de la Ley Foral 17/2004, de 3 de diciembre, por la que se establece la cuantía y fórmula de reparto del Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los tributos de Navarra para los ejercicios presupuestarios de 2005 a 2008, así como artículo 75 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local, y considerando conveniente modificar el régimen anterior de compensación acordado sobre percepciones por cargos corporativos, por unanimidad

Se acuerda:

1.º Fijar para los Corporativos (Alcaldesa y Concejales) una dieta por su asistencia efectiva a cada una de las sesiones ordinarias o extraordinarias del Ayuntamiento de 80 euros.

2.º Establecer un régimen de indemnizaciones para los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio del cargo, consistentes en el abono de los gastos de manutención, hospedaje, transporte, desplazamiento y comunicaciones, en su caso, previa justificación y presentación de las correspondientes facturas o albaranes, fijando los derivados por kilometraje en la cuantía establecida a dicho efecto para los funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Los gastos antes señalados se liquidarán mensualmente por cada uno de los Corporativos y se presentarán ante el Ayuntamiento para su aprobación en Pleno.

3.º El presente acuerdo tendrá efecto desde la fecha del 16 de junio de 2007 y modifica los acuerdos adoptados en Sesiones de 12 de marzo y 14 de diciembre de 2004.

4.º Las cuantías señaladas en los números anteriores serán objeto de actualización anual conforme a lo establecido en el artículo 3.2 de la Ley foral 17/2004, de 3 de diciembre, por la que se establece la cuantía y fórmula de reparto del Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los tributos de Navarra para los ejercicios presupuestarios de 2005 a 2008.

5.º Estas asignaciones se abonarán en concepto de gastos y quedarán excluidas del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, de conformidad con el artículo 14 de la Ley Foral 22/1998.

6.º Ordenar la publicación del presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Oroz-Betelu 22 de agosto de 2007._La Alcaldesa, Ainhoa Mendía Orradre.

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