BOLETÍN Nº 112 - 7 de septiembre de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

LEGARDA

Asignación de retribuciones a miembros de la Corporación Local

El ayuntamiento de Legarda, en sesión celebrada el pasado día 3 de agosto de 2007, adoptó el siguiente acuerdo:

Estudiado el expediente incoado para señalar retribuciones e indemnizaciones a los miembros de esta corporación, con los informes de intervención y secretaría.

Visto cuanto disponen los artículos 75 de la Ley de Bases de Régimen Local, 13 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Entes Locales y cuanto dispone la Ley Foral 17/2004, de 3 de diciembre.

Por la Corporación se acuerda:

1.º Fijar la siguiente asignación de asistencias a los Concejales: Por cada asistencia a sesión plenaria o comisión de cuentas, la cantidad de 157 euros por Concejal.

2.º Determinar que los miembros de la Corporación tendrán derecho a percibir indemnizaciones por gasto efectivo ocasionados en el ejercicio del cargo, siempre que sean debidamente justificados, en los términos y cuantías que se establezcan cada año en materia retributiva para el personal al servicio de las administraciones Públicas de Navarra.

3.º Que en cumplimiento de cuanto dispone el punto 5.º del artículo 75 de la Ley de Bases de Régimen Local se publique este acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y Tablón de Anuncios de la Corporación.

Lo que se hace público, en cumplimiento de cuanto determina el artículo 75,5 de la Ley de Bases de Régimen Local, a los efectos oportunos y para general conocimiento.

Legarda, 14 de agosto de 2007
El Alcalde-Presidente, Silvestre Belzunegui Otano.

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