BOLETÍN Nº 112 - 7 de septiembre de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

TAFALLA

Aprobación precios públicos Escuela Infantil Municipal de 0 a 3 años

En la Sesión que con carácter de extraordinario celebró el Pleno del Ayuntamiento, con fecha 13 de junio de 2007, entre otros, se adoptó el siguiente Acuerdo:

Vista la Orden Foral 12/2007, de 15 de febrero, del Consejero de Educación, por la que se establecen las tarifas de las familias para el curso 2007-2008 de los Centros de atención a niños/as de 0 a 3 años de titularidad municipal, financiados mediante convenios con el Departamento de Educación, regulados por la Orden Foral 41/2005, de 28 de febrero, del Consejero de Educación.

Visto el informe emitido por el Interventor del Ayuntamiento de Tafalla sobre "precio público para el curso 2007/2008 de la Escuela Infantil de 0 a 3 años de Tafalla" de fecha 11 de mayo de 2007.

Visto el informe del Asesor Jurídico del Ayuntamiento de Tafalla sobre este tema de 14 de mayo de 2007.

Vista la propuesta de la norma fiscal número 8 reguladora de los precios públicos por la prestación del servicio de asistencia y estancia en la Escuela Infantil de 0 a 3 años municipal.

Se acuerda:

1. Aprobar la norma fiscal número 8 reguladora de los precios públicos por la prestación del servicio de asistencia y estancia en la Escuela Infantil de 0 a 3 años municipal para el curso 2007/2008.

2. Publicar este acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

3. Notificar el presente acuerdo a la Dirección de la Escuela Infantil, Asesoría Jurídica e Intervención a los efectos oportunos.

Contra este acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer los recursos siguientes:

a) El Recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de este acto y no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto expresamente el recurso, o se haya producido sus desestimación presunta.

b) El Recurso de alzada potestativo ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes siguiente a la fecha de notificación o publicación de acto o acuerdo si fuese expreso, o a la fecha en que se entienda denegada por silencio administrativo la correspondiente petición.

c) El Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados contencioso administrativos de Navarra (o la Sala correspondiente) en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de este acto, o al de la notificación de la resolución del recurso de reposición, si fuese expresa. Si no lo fuese, el plazo será de seis meses, contados a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación presunta, por haber transcurrido un mes sin notificar la Resolución del recurso.

Puede interponer cualquier otro recurso que considere pertinente.

Tafalla, 26 de julio de 2007
La Alcaldesa, Cristina Sota Pernaut.

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