BOLETÍN Nº 28 - 5 de marzo de 2003

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

R O N C A L

Ordenanzas fiscales y tipos de gravamen para 2003

El Ayuntamiento de Roncal, en sesión celebrada el día 17 de diciembre de 2002, adoptó por unanimidad los siguientes acuerdos:

1.º Aprobar inicialmente las Ordenanzas fiscales reguladoras de las tasas por otorgamiento de licencias y realización de actuaciones urbanísticas y por expedición y tramitación de documentos, con sus anexo de tarifas correspondientes.

2.º Aprobar inicialmente la modificación de los anexos de tarifas correspondientes a la Ordenanza reguladora de la utilización del Matadero Municipal de Roncal y fiscal reguladora de la tasa por sacrificio de reses en el mismo y a la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por aprovechamientos especiales del suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública y terrenos del común, así como del artículo 16 (tarifas) de la Ordenanza reguladora del servicio de alojamiento de personas o familias por motivos de carácter social.

3.º En aplicación de lo dispuesto en el artículo 154 de la Ley Foral 2/95 de 10 de marzo de haciendas Locales de Navarra, establecer el índice "1,05", sobre las cuotas de las tarifas del Impuesto de Actividades Económicas.

4.º Modificar el tipo de Gravamen para la Contribución Territorial que queda establecido como sigue:

_Sobre bienes de naturaleza urbana: 0,375%.

_Sobre bienes de naturaleza rústica: 0,625%.

5.º Someter a exposición pública por plazo de 30 días hábiles los expedientes relativos a las Ordenanzas a que se refiere los puntos 1 y 2 del presente acuerdo, a partir de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para que las personas interesadas puedan examinarlos y, en su caso, formular las reclamaciones, reparos u observaciones que estimen oportunas. Transcurrido el plazo precitado, si no se hubiesen presentado alegaciones, las Ordenanzas se entenderán definitivamente aprobadas, de conformidad con lo previsto en el artículo 235 de la Ley Foral de la Administración Local de Navarra.

6.º Señalar que contra los acuerdos contenidos en los restantes puntos del presente acuerdo podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra o, en su caso, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en los casos previstos en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción, en el plazo de dos meses contados a partir desde el día siguiente a esta publicación o, previamente y con carácter potestativo, algunos de los siguientes recursos:

A) Recurso de reposición ante el mismo órgano que lo hubiere dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo.

B) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo.

Roncal, veinte de diciembre de dos mil dos. El Alcalde, Agapito Boj Gárate.

Código del anuncio: A0300328