2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
LARRAGA
Aprobación definitiva del presupuesto de 2022
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 272 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, se publica resumido el presupuesto para 2022, una vez que el mismo ha sido aprobado definitivamente, tras los trámites oportunos y habiendo transcurrido el plazo legalmente previsto desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 5, de 10 de enero de 2022, sin que se hayan producido reclamaciones.
INGRESOS:
| EUROS |
Capítulo 1 | Impuestos directos | 577.000,00 |
Capítulo 2 | Impuestos indirectos | 100.000,00 |
Capítulo 3 | Tasas, precios públicos y otros ingresos | 419.100,00 |
Capítulo 4 | Transferencias corrientes | 904.389,00 |
Capítulo 5 | Ingresos patrimoniales y aprovechamientos comunales | 265.050,00 |
Capítulo 6 | Enajenación de inversiones reales | 60.000,00 |
Capítulo 7 | Transferencias de capital y otros ingresos de capital | 2.354.821,20 |
Capítulo 8 | Activos financieros | 439.034,61 |
Capítulo 9 | Pasivos financieros | 0 |
Total ingresos | 5.119.394,81 |
GASTOS:
| EUROS |
Capítulo 1 | Gastos de personal | 504.590,00 |
Capítulo 2 | Gastos corrientes en bienes corrientes y servicios | 1.225.089,00 |
Capítulo 3 | Gastos financieros | 10,00 |
Capítulo 4 | Transferencias corrientes | 83.350,00 |
Capítulo 5 | Fondo de contingencias y otros imprevistos | 0 |
Capítulo 6 | Inversiones reales | 3.263.355,81 |
Capítulo 7 | Transferencias de capital | 43.000,00 |
Capítulo 8 | Activos financieros | 0 |
Capítulo 9 | Pasivos financieros | 0 |
Total gastos | 5.119.394,81 |
Contra la aprobación definitiva del presupuesto general único para el año 2022 y sus bases de ejecución, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra o, en su caso, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, en los casos previstos en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción, en el plazo de dos meses contados a partir desde el día siguiente a esta publicación o, previamente y con carácter potestativo, recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo.
Larraga, 1 de febrero de 2022.–El alcalde, Carlos Suescun Sotés.
Código del anuncio: L2201497