BOLETÍN Nº 96 - 20 de mayo de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 351/2019, de 19 de abril, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se autoriza el gasto para 2019 correspondiente a la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de sensibilización y promoción de la Economía Social (BDNS 437053) y se modifican sus bases reguladoras, aprobadas por Resolución 2297/2018, de 20 de agosto.

De acuerdo con lo establecido en los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, aprobados por Decreto Foral 263/2015, de 2 de diciembre, constituye la finalidad del mismo la planificación, ejecución y control de las políticas de empleo, consensuadas con los agentes sociales, mediante la gestión coordinada de los servicios y programas que se establezcan en relación con la promoción del empleo, la igualdad de oportunidades en el acceso al mercado de trabajo, la colocación, la intermediación, orientación y formación para el empleo y el análisis de las políticas y situación del empleo en Navarra, para lo que, entre otras funciones, financia, concede y gestiona diversas subvenciones relacionadas con la creación de empleo y la inserción laboral cuyas bases reguladoras han sido aprobadas con anterioridad al año 2019.

El artículo 30.1 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, establece que las convocatorias de subvenciones deberán llevar aparejada la autorización de gasto en los términos establecidos en la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra. Procede, por ello, autorizar el gasto para el año 2019, correspondiente a la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de sensibilización y promoción de la Economía Social.

Asimismo, procede modificar sus bases reguladoras al objeto de adecuar las mismas a lo establecido en la Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra para 2019.

De conformidad con lo expuesto, visto el informe propuesta, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el Decreto Foral 263/2015, de 2 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo/Nafar Lansare,

RESUELVO:

1.º Autorizar un gasto de 175.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 950001 96100 4809 241200, “Ayudas a la Economía social para proyectos de difusión”, del Presupuesto de gastos para el año 2019, BDNS 437053.

2.º Modificar la base reguladora 1.ª de la citada convocatoria de subvenciones, que queda redactada de la siguiente manera:

“1.ª Objeto.

El objeto de estas bases es regular las condiciones y requisitos para la concesión de subvenciones para entidades sin ánimo de lucro relacionadas con la economía social, para la realización de acciones de sensibilización y promoción de la economía social.”

3.º Modificar la base reguladora 3.ª, suprimiendo el punto 3 de la citada base.

4.º Modificar la letra h) de la base reguladora 8.ª, quedando redactada de la siguiente manera:

“h) Declaración responsable sobre obligaciones de transparencia:

Las entidades privadas a que hace referencia el artículo 3 c) de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, están sujetas a las obligaciones de transparencia cuando perciban, durante el periodo de un año, ayudas o subvenciones con cargo a los presupuestos generales de Navarra en una cuantía superior a 20.000 euros, o cuando las ayudas o subvenciones percibidas representen al menos el 20% del total de sus ingresos anuales, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 euros.

Las entidades beneficiarias de subvenciones que se encuentren sujetas a la obligación de transparencia al concurrir los supuestos previstos, deberán comunicar en el plazo de un mes contado desde la notificación de la resolución de concesión la información que se relaciona a continuación:

–Composición de los órganos de gobierno, administración y dirección de la entidad.

–Relación de los cargos que integran dichos órganos.

–Las retribuciones brutas y demás compensaciones económicas percibidas de la entidad en el año anterior por cada uno de los cargos, desglosadas por conceptos. En el caso de entidades de nueva creación la información será la que figure en sus presupuestos o plan económico-financiero.

–El régimen de dedicación a las funciones de gobierno, administración y dirección de la entidad.

–Una copia de las últimas cuentas anuales de la entidad beneficiaria.

La información señalada se presentará firmada por el o la representante legal de la entidad beneficiaria de forma telemática a través del Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra y se dirigirá a la unidad administrativa que gestiona la subvención.

En el caso de que la entidad no se encuentre sujeta a la obligación de transparencia al no darse los supuestos previstos deberá presentar una declaración en tal sentido.

En el caso de que la entidad sea beneficiaria de sucesivas subvenciones en el mismo ejercicio, no será preciso reiterar la información con ocasión de cada subvención, salvo que hayan cambiado los datos que se facilitaron inicialmente. Para ello, la entidad deberá identificar el momento y el órgano de la Administración de la Comunidad Foral ante el que la presentó.

El incumplimiento de esta obligación impedirá el abono de la subvención concedida, incluidos los anticipos y conllevará, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.1 c) de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Sin perjuicio de lo anterior, todos los beneficiarios estarán obligados a suministrar a la unidad gestora, previo requerimiento y en un plazo de diez días, toda la información necesaria para el cumplimiento por ésta de las obligaciones de transparencia previstas en el Título II de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.”

5.º Trasladar esta resolución al Servicio de Fomento del Empleo y Servicios a Empresas del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare y a la Intervención delegada.

6.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

7.º Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Derechos Sociales del Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 5 de abril de 2019.–La Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, Paz Fernández Mendaza.

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